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Document 32005R0604

    Reglamento (CE) n° 604/2005 de la Comisión, de 19 de abril de 2005, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 100 de 20.4.2005, p. 9–10 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2005/604/oj

    20.4.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 100/9


    REGLAMENTO (CE) N o 604/2005 DE LA COMISIÓN

    de 19 de abril de 2005

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 20 de abril de 2005.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 19 de abril de 2005.

    Por la Comisión

    J. M. SILVA RODRÍGUEZ

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 19 de abril de 2005, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    111,4

    204

    83,8

    212

    129,8

    624

    101,8

    999

    106,7

    0707 00 05

    052

    134,3

    204

    52,5

    999

    93,4

    0709 90 70

    052

    100,6

    204

    33,6

    999

    67,1

    0805 10 20

    052

    46,8

    204

    46,7

    212

    50,3

    220

    47,8

    400

    53,7

    624

    60,6

    999

    51,0

    0805 50 10

    052

    65,8

    220

    69,6

    388

    70,6

    400

    67,0

    528

    44,6

    624

    68,8

    999

    64,4

    0808 10 80

    388

    90,2

    400

    134,5

    404

    123,2

    508

    66,4

    512

    73,3

    524

    63,2

    528

    77,5

    720

    72,3

    804

    109,7

    999

    90,0

    0808 20 50

    388

    86,3

    512

    67,4

    528

    65,7

    720

    59,5

    999

    69,7


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 2081/2003 de la Comisión (DO L 313 de 28.11.2003, p. 11). El código «999» significa «otros orígenes».


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