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Document 62015TN0376
Case T-376/15: Action brought on 28 April 2016 — KK v EASME
Asunto T-376/15: Recurso interpuesto el 28 de abril de 2016 — KK/EASME
Asunto T-376/15: Recurso interpuesto el 28 de abril de 2016 — KK/EASME
DO C 243 de 4.7.2016, p. 33–33
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
4.7.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 243/33 |
Recurso interpuesto el 28 de abril de 2016 — KK/EASME
(Asunto T-376/15)
(2016/C 243/35)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: KK (París, Francia) (representante: J.-P. Spitzer, abogado)
Demandada: Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas (EASME)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la Decisión de 15 de junio de 2015 por la que la EASME rechazó la propuesta de la demandante. |
— |
Condene a la EASME a pagar a la demandante el importe de 50 000 euros como indemnización de la pérdida de la oportunidad, más otros 90 800 euros en concepto de indemnización del perjuicio material sufrido. |
— |
Condene a la EASME a cargar con la totalidad de las costas. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos para justificar sus pretensiones de anulación.
1. |
Primer motivo, basado en que el servidor del portal de Internet a través del cual la demandante debía haber presentado su propuesta, en respuesta a la convocatoria de propuestas y actividades relacionadas dentro del programa marco para la investigación y la innovación (2014-2020) — Horizonte 2020, estuvo inaccesible por razones técnicas. |
2. |
Segundo motivo, basado en que la demandante, contrariamente a lo que sostuvo la EASME, no incurrió en conducta fraudulenta alguna al firmar la declaración jurada que acompaña al expediente presentado relativo a la propuesta. |
3. |
Tercer motivo, basado en que, al rechazar la propuesta presentada por la demandante, se infringieron las bases del concurso. |
La parte demandante invoca asimismo dos motivos en apoyo de sus pretensiones indemnizatorias.
1. |
Primer motivo, basado en el perjuicio material sufrido por la demandante a consecuencia de la pérdida de la oportunidad. |
2. |
Segundo motivo, basado en el perjuicio material sufrido por la demandante a consecuencia del tiempo que tuvo que emplear para responder a la licitación. |