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Document 62013TA0114

Asunto T-114/13: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2015 — Cerafogli/BCE («Recurso de casación — Personal del BCE — Presentación de denuncia por discriminación y acoso psicológico — Decisión del BCE de finalizar la investigación administrativa iniciada a raíz de la denuncia — Denegación de acceso a pruebas durante el procedimiento administrativo — Denegación de una solicitud mediante la que se pide que se ordene la presentación de las pruebas durante el procedimiento judicial — Derecho a la tutela judicial efectiva — Error de Derecho»)

DO C 389 de 23.11.2015, p. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

23.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 389/28


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2015 — Cerafogli/BCE

(Asunto T-114/13) (1)

((«Recurso de casación - Personal del BCE - Presentación de denuncia por discriminación y acoso psicológico - Decisión del BCE de finalizar la investigación administrativa iniciada a raíz de la denuncia - Denegación de acceso a pruebas durante el procedimiento administrativo - Denegación de una solicitud mediante la que se pide que se ordene la presentación de las pruebas durante el procedimiento judicial - Derecho a la tutela judicial efectiva - Error de Derecho»))

(2015/C 389/29)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Maria Concetta Cerafogli (Roma, Italia) (representante: L. Levi, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Banco Central Europeo (BCE) (representantes: F. Feyerbacher y B. Ehlers, agentes, asistidos por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Tercera) de 12 de diciembre de 2012, Cerafogli/BCE (F-43/10, RecFP, EU:F:2012:184), mediante el que se solicita la anulación de dicha sentencia.

Fallo

1)

Anular la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Tercera) de 12 de diciembre de 2012, Cerafogli/BCE (F-43/10).

2)

Devolver el asunto al Tribunal de la Función Pública.

3)

Reservar la decisión sobre las costas.


(1)  DO C 114, de 20.4.2013.


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