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Документ 52000AC0594

Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 1999/311/CE, de 29 de abril de 1999, por la que se aprueba la tercera fase del programa de cooperación transeuropea en materia de educación superior (Tempus III) (2000-2006)»

DO C 204 de 18.7.2000г., стр. 68—69 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52000AC0594

Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 1999/311/CE, de 29 de abril de 1999, por la que se aprueba la tercera fase del programa de cooperación transeuropea en materia de educación superior (Tempus III) (2000-2006)»

Diario Oficial n° C 204 de 18/07/2000 p. 0068 - 0069


Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 1999/311/CE, de 29 de abril de 1999, por la que se aprueba la tercera fase del programa de cooperación transeuropea en materia de educación superior (Tempus III) (2000-2006)"

(2000/C 204/15)

El 5 de mayo de 2000, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la propuesta mencionada.

El Comité Económico y Social encargó a la Sección de Relaciones Exteriores los trabajos preparatorios del Comité sobre este asunto y designó a la Sra. Florio ponente general (artículos 20 y 50 del Reglamento Interno).

En su 373er Pleno de los días 24 y 25 de mayo de 2000 (sesión del 24 de mayo) el Comité Económico y Social ha aprobado por 81 votos a favor y 1 abstención el presente Dictamen.

1. Introducción

1.1. El programa Tempus

1.1.1. El programa Tempus para la movilidad transeuropea de los estudiantes universitarios se inició con la Decisión n° 233 de 7 de mayo de 1990. En ese momento, el programa incluía a los beneficiarios del programa Phare, que inauguraba una política más sistemática para apoyar los procesos de reforma económica y social de la Europa Central y Oriental.

1.1.2. En 1993 se inició una segunda fase del programa con la Decisión del Consejo 93/246/CEE, que abarcaba el periodo 1994-1998. Entre los beneficiarios de esta segunda fase se incluyó también a los países participantes en el programa Tacis, esto es, los nuevos Estados independientes de la antigua Unión Soviética y Mongolia (Tempus II).

1.1.3. Por tanto, la educación superior y la formación, así como su reforma y reestructuración, han sido prioritarias dentro de la cooperación internacional para acercar los países asociados a la Unión. La acción conjunta ha fomentado en los diversos países una planificación estratégica y de desarrollo institucional para reformar aspectos concretos de la enseñanza.

1.1.4. La aprobación de las diversas fases y la extensión del programa a otros países de Europa Central y Oriental y de la antigua Unión Soviética están en línea con los cambios socioeconómicos de los países asociados y con los equilibrios de las relaciones internacionales.

2. Tempus III

2.1. El 29 de abril de 1999 se aprobó, mediante la Decisión del Consejo n° 311/1999, una nueva fase del programa de cooperación transeuropea en el ámbito de la educación superior (Tempus III), cuyo inicio está previsto para el 1 de julio de 2000 y que tendrá una duración de seis años (2000-2006).

2.2. La Decisión aprobada por el Consejo establece en el artículo 2 los países beneficiarios que podrán recibir ayuda económica, a saber: los países no asociados de Europa Central y Oriental previstos en el Reglamento (CE) n° 3906/89 (programa Phare), así como los nuevos Estados independientes de la antigua Unión Soviética y Mongolia, previstos en el Reglamento Euratom, CE n° 1279/96 (programa Tacis).

3. La propuesta de Decisión

3.1. El mencionado artículo 2 incluye una nota a pie de página que especifica los países no asociados que en ese momento ("actualmente") podían beneficiarse del programa conforme al citado Reglamento, a saber: Albania, Bosnia y Hercegovina y la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

3.2. La evolución de las relaciones internacionales y las transformaciones acaecidas en algunos países y que cabe esperar en otros sugieren la posibilidad de extender la nueva fase del programa Tempus a otros países de la zona. Sobre todo, dados los últimos cambios democráticos, destaca la importancia de incluir a Croacia entre los Estados beneficiarios del programa.

3.3. Por tanto, la Comisión pretende corregir el documento precedente, para lo cual ha presentado una propuesta de Decisión del Consejo para modificar el contenido del artículo 2 de la Decisión (CE) n° 311/1999 suprimiendo la nota a pie de página que, en vista de la situación actual, es demasiado restrictiva, ya que impide incluir a Croacia.

4. Observaciones

4.1. El Comité, partiendo de la observación de que las universidades pueden desempeñar un papel clave en el proceso de renovación de la sociedad en su conjunto y en el reforzamiento de la cooperación entre los pueblos, considera importante incluir a Croacia entre los países beneficiarios del programa, ante las profundas reformas económicas y sociales que dicho país deberá afrontar en la vía de la aproximación a la Unión Europea.

La inclusión de Croacia en el programa Tempus III no sólo determina el reforzamiento, por un lado, de los lazos entre la Unión Europea y los países vecinos, sino que, por otro, puede ser un factor importante en la reconstrucción de la red de relaciones para una provechosa y necesaria colaboración en los Balcanes, interrumpida bruscamente por el reciente conflicto.

4.2. En relación con las perspectivas políticas de la Unión Europea, la extensión del programa Tempus es indispensable para ayudar a los países a alcanzar sus prioridades específicas, definidas conjuntamente por parte de la Comisión Europea y las autoridades nacionales; de este modo se contribuirá a los procesos de reforma económica y consolidación democrática en curso. El valor de dicha contribución resulta aún más evidente teniendo en cuenta que la nueva fase de Tempus tiende a crear lazos incluso con los sectores no académicos de la sociedad civil y el mundo económico.

4.3. Por otra parte, el programa Tempus (entre cuyos objetivos se incluye la reestructuración de los sistemas educativos superiores, no sólo desde el punto de vista de los contenidos, sino también en lo estructural y la gestión) puede ser especialmente útil a la hora de crear ejemplos de buenas prácticas en las estructuras de gestión pública relativas a la divulgación de conocimientos.

4.4. El Comité subraya una vez más la importancia de los resultados obtenidos en las anteriores fases de Tempus y desea que en la nueva programación se apruebe rápidamente la necesaria corrección del texto de la Decisión 1999/311/CE del Consejo, imprescindible para incluir a Croacia entre los países beneficiarios.

Bruselas, el 24 de mayo de 2000.

La Presidenta

del Comité Económico y Social

Beatrice Rangoni Machiavelli

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