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Document 62010CA0527

Asunto C-527/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de julio de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Legfelsőbb Bíróság — Hungría) — ERSTE Bank Hungary Nyrt/Magyar Állam, B.C.L. Trading GmbH, ERSTE Befektetési Zrt [ «Cooperación judicial en materia civil — Procedimientos de insolvencia — Reglamento (CE) n ° 1346/2000 — Artículo 5, apartado 1 — Ámbito de aplicación temporal — Acción real ejercitada en un Estado que no es miembro de la Unión Europea — Procedimiento de insolvencia abierto contra el deudor en otro Estado miembro — Primer Estado pasa a ser miembro de la Unión Europea — Aplicabilidad» ]

DO C 287 de 22.9.2012, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.9.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 287/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de julio de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Legfelsőbb Bíróság — Hungría) — ERSTE Bank Hungary Nyrt/Magyar Állam, B.C.L. Trading GmbH, ERSTE Befektetési Zrt

(Asunto C-527/10) (1)

(Cooperación judicial en materia civil - Procedimientos de insolvencia - Reglamento (CE) no 1346/2000 - Artículo 5, apartado 1 - Ámbito de aplicación temporal - Acción real ejercitada en un Estado que no es miembro de la Unión Europea - Procedimiento de insolvencia abierto contra el deudor en otro Estado miembro - Primer Estado pasa a ser miembro de la Unión Europea - Aplicabilidad)

2012/C 287/06

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Legfelsőbb Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandante: ERSTE Bank Hungary Nyrt

Demandadas: Magyar Állam, B.C.L. Trading GmbH, ERSTE Befektetési Zrt

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Legfelsőbb Bíróság — Interpretación del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia (DO L 160, p. 1) — Acción real incoada en un Estado miembro en cuyo territorio se encuentra el objeto del derecho real de que se trata contra una demandada que tiene su domicilio social estatutario en otro Estado miembro y contra la que se ha iniciado un procedimiento de insolvencia en este segundo Estado antes de la adhesión del primer Estado a la Unión Europea — Ámbito de aplicación temporal del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1346/2000.

Fallo

El artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, debe interpretarse en el sentido de que, en circunstancias como las del litigio principal, esta disposición también resulta aplicable a los procedimientos de insolvencia abiertos antes de la adhesión de la República de Hungría a la Unión Europea si, a 1 de mayo de 2004, los bienes del deudor sobre los que recaía el derecho real controvertido se hallaban en el territorio de dicho Estado, extremo que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente.


(1)  DO C 30, de 29.1.2011.


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