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Document 92003E003326

PREGUNTA ESCRITA E-3326/03 de Christopher Huhne (ELDR) a la Comisión. Emolumentos de los miembros de la Comisión.

DO C 78E de 27.3.2004, pp. 521–522 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

European Parliament's website

27.3.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 78/521


(2004/C 78 E/0542)

PREGUNTA ESCRITA E-3326/03

de Christopher Huhne (ELDR) a la Comisión

(12 de noviembre de 2003)

Asunto:   Emolumentos de los miembros de la Comisión

Con relación a la respuesta de la Comisión a la pregunta escrita E-2235/99 (1), ¿facilitará la Comisión, actualizadas, todas las cifras solicitadas anteriormente, proporcionando los datos más recientes que estén a su disposición?

Respuesta del Sr. Kinnock en nombre de la Comisión

(15 de enero de 2004)

Según anteriores respuestas parlamentarias:

El sueldo base que perciben los comisarios, los vicepresidentes y el Presidente de la Comisión con carácter mensual (doce veces al año) es, respectivamente, de 17 341 euros (es decir, el 112,5 % del sueldo base de un funcionario del grado A1/6), 19 268 euros (el 125 % del sueldo base de un funcionario del grado A1/6) y 21 272 euros (el 138 % del sueldo base de un funcionario del grado A1/6). Estas sumas están sujetas, naturalmente, a los impuestos y las deducciones aplicables a los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Los complementos familiares mensuales a los que, en su caso, tienen derecho los comisarios, los vicepresidentes y el Presidente de la Comisión son: una asignación familiar del 5 % del sueldo base (si tienen un cónyuge a su cargo), una asignación por hijos a cargo de 237,38 euros por cada hijo y asignaciones por escolaridad que varían según la edad de los hijos y el nivel de enseñanza (el 36 %, el 50 % o el 100 % de 212,14 euros según cursen estudios primarios, secundarios o universitarios).

Se concede una indemnización por residencia del 15 % del sueldo base a los comisarios que no tienen la nacionalidad belga, en las mismas condiciones aplicables a los funcionarios expatriados.

Existe una asignación mensual para gastos de representación, que actualmente asciende a 607,71 euros para los comisarios, 911,38 euros para los vicepresidentes y 1 418,07 euros para el Presidente. Los gastos de carácter representativo se reembolsan previa presentación de las correspondientes facturas y justificantes, y están limitados al máximo mensual establecido. El límite máximo anual para el reembolso es de 11 489 euros para la mayoría de los miembros de la Comisión. En el caso de los vicepresidentes y de los miembros con competencias de relaciones exteriores, el tope anual asciende a 17 234 euros; para el Presidente, a 28 723 euros.

En el momento de su entrada en servicio, cada miembro de la Comisión tiene derecho, excepto si es ciudadano belga, a una indemnización para gastos de instalación equivalente a dos meses de sueldo bruto (es decir, actualmente, a 34 682 euros en el caso de un comisario), al reembolso de los gastos de viaje para sí mismo y los miembros de su familia a su cargo y al reembolso de los costes de la mudanza de sus pertenencias (incluido el seguro).

Las disposiciones vigentes prevén procedimientos similares para los Presidentes y miembros del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas.


(1)  DO C 280 E de 3.10.2000, p. 19.


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