Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62018CN0059

    Asunto C-59/18: Recurso interpuesto el 30 de enero de 2018 — República Italiana / Consejo de la Unión Europea

    DO C 94 de 12.3.2018, p. 15–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    12.3.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 94/15


    Recurso interpuesto el 30 de enero de 2018 — República Italiana / Consejo de la Unión Europea

    (Asunto C-59/18)

    (2018/C 094/18)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Partes

    Demandante: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, S. Fiorentino y C. Colelli, avvocati dello Stato)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se anule la decisión adoptada al margen de la reunión de 20 de noviembre de 2017 — 14559/17 del Consejo de la Unión Europea en composición «asuntos generales», publicada por medio de un comunicado de prensa que contiene un informe de la misma [Outcome of the Council meeting (3579th Council meeting)], en la parte en que se establece que la nueva sede de la Agencia Europea de Medicamentos se sitúe en Ámsterdam y que, en consecuencia, se otorgue la sede a la ciudad de Milán.

    Motivos y principales alegaciones

    El Gobierno italiano impugnó ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la decisión, adoptada al margen de la reunión de 20 de noviembre de 2017 — 14559/17 del Consejo de la Unión Europea en composición «asuntos generales», publicada por medio de un comunicado de prensa que contiene un informe de la misma [Outcome of the Council meeting (3579th Council meeting)], en la parte en que se establece que la nueva sede de la Agencia Europea de Medicamentos se sitúe en Ámsterdam. En apoyo de su recurso, el Gobierno italiano formula un único motivo de recurso, basado en la desviación de poder por falta de instrucción y desnaturalización de los hechos, que se deduce del hecho de que la situación de hecho de la sede de Ámsterdam no se corresponde con la información facilitada al presentar la oferta.


    Top