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Document 62018CA0263

    Asunto C-263/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 19 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Den Haag — Países Bajos) — Nederlands Uitgeversverbond, Groep Algemene Uitgevers/Tom Kabinet Internet BV, Tom Kabinet Holding BV, Tom Kabinet Uitgeverij BV (Procedimiento prejudicial — Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información — Directiva 2001/29/CE — Artículo 3, apartado 1 — Derecho de comunicación al público — Puesta a disposición — Artículo 4 — Derecho de distribución — Agotamiento — Libros electrónicos — Mercado virtual de libros electrónicos «de segunda mano»)

    DO C 61 de 24.2.2020, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    24.2.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 61/5


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 19 de diciembre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Den Haag — Países Bajos) — Nederlands Uitgeversverbond, Groep Algemene Uitgevers/Tom Kabinet Internet BV, Tom Kabinet Holding BV, Tom Kabinet Uitgeverij BV

    (Asunto C-263/18) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información - Directiva 2001/29/CE - Artículo 3, apartado 1 - Derecho de comunicación al público - Puesta a disposición - Artículo 4 - Derecho de distribución - Agotamiento - Libros electrónicos - Mercado virtual de libros electrónicos «de segunda mano»)

    (2020/C 61/05)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Rechtbank Den Haag

    Partes en el procedimiento principal

    Demandantes: Nederlands Uitgeversverbond, Groep Algemene Uitgevers

    Demandadas: Tom Kabinet Internet BV, Tom Kabinet Holding BV, Tom Kabinet Uitgeverij BV

    Fallo

    El suministro al público mediante descarga de un libro electrónico para su uso permanente está comprendido dentro del concepto de «comunicación al público» y, más específicamente, del de «puesta a disposición del público de [las] obras [de los autores] de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija», en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información.


    (1)  DO C 276 de 6.8.2018.


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