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Document 62017TN0183

    Asunto T-183/17: Recurso interpuesto el 21 de marzo de 2017 — Menta y Limón Decoración/EUIPO — Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma (Representación de un hombre en traje regional)

    DO C 151 de 15.5.2017, p. 42–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.5.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 151/42


    Recurso interpuesto el 21 de marzo de 2017 — Menta y Limón Decoración/EUIPO — Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma (Representación de un hombre en traje regional)

    (Asunto T-183/17)

    (2017/C 151/54)

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

    Partes

    Demandante: Menta y Limón Decoración, SL (Argame, España) (representante: E. Estella Garbayo, abogado)

    Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma (Santa Cruz de La Palma, España)

    Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

    Titular de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

    Marca controvertida: Marca de la Unión Europea figurativa (Representación de un hombre en traje regional) — Marca de la Unión Europea no 10 822 013

    Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

    Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 09/01/2017 en el asunto R 510/2015-4

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    anule la resolución impugnada.

    confirme la resolución de fecha 28 de enero de 2015 dictada en primera instancia por la División de Anulación de la EUIPO por la que se acordó la denegación total de la marca comunitaria no 10 822 013 solicitada por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.

    condene en costas del presente procedimiento, así como del procedimiento de recurso y de nulidad a la parte demandada.

    Motivo invocado

    Infracción del artículo 53, apartado 2, letra d), del Reglamento no 207/2009.


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