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Document 62011TA0062
Case T-62/11: Judgment of the General Court of 16 December 2015 — Air France-KLM v Commission (Competition — Agreements, decisions and concerted practices — European airfreight market — Agreements and concerted practices in respect of several elements of the pricing of airfreight services (imposition of fuel and security surcharges, refusal to pay commission on surcharges) — Article 101 TFEU, Article 53 of the EEA Agreement and Article 8 of the Agreement between the European Community and Switzerland on Air Transport — Obligation to state reasons)
Asunto T-62/11: Sentencia del Tribunal General de 16 de diciembre de 2015 — Air France-KLM/Comisión («Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo del transporte aéreo de mercancías — Acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de transporte aéreo de mercancías (establecimiento de recargos por combustible y recargos por seguridad y negativa a pagar una comisión sobre los recargos) — Artículo 101 TFUE, artículo 53 del Acuerdo EEE y artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo — Obligación de motivación»)
Asunto T-62/11: Sentencia del Tribunal General de 16 de diciembre de 2015 — Air France-KLM/Comisión («Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo del transporte aéreo de mercancías — Acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de transporte aéreo de mercancías (establecimiento de recargos por combustible y recargos por seguridad y negativa a pagar una comisión sobre los recargos) — Artículo 101 TFUE, artículo 53 del Acuerdo EEE y artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo — Obligación de motivación»)
DO C 48 de 8.2.2016, p. 39–39
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 48/39 |
Sentencia del Tribunal General de 16 de diciembre de 2015 — Air France-KLM/Comisión
(Asunto T-62/11) (1)
((«Competencia - Prácticas colusorias - Mercado europeo del transporte aéreo de mercancías - Acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de transporte aéreo de mercancías (establecimiento de recargos por combustible y recargos por seguridad y negativa a pagar una comisión sobre los recargos) - Artículo 101 TFUE, artículo 53 del Acuerdo EEE y artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo - Obligación de motivación»))
(2016/C 048/43)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Air France-KLM (París, Francia) (representantes: A. Wachsmann y S. Thibault-Liger, abogadas)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente, C. Giolito, S. Noë y N. von Lingen, agentes, asistidos por B. Lebrun, abogado, y, posteriormente, C. Giolito y A. Dawes, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: F. Florindo Gijón, M. Simm y M. Balta, agentes)
Objeto
Pretensión, con carácter principal, de que se anule la Decisión C(2010) 7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías), en la medida en que se refiere a la demandante, o, con carácter subsidiario, de que se anule el artículo 5, letras b) y d), de dicha Decisión, en la medida en que impone una multa a la demandante, o se reduzca el importe de esta multa.
Fallo
1) |
Anular la Decisión C(2010) 7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías), en la medida en que se refiere a Air France-KLM. |
2) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido Air France-KLM. |
3) |
El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas. |