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Document 32014D0906

    Decisión 2014/906/PESC del Consejo, de 15 de diciembre de 2014 , por la que se modifica la Decisión 2013/726/PESC de apoyo a la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2118 (2013) y del Consejo ejecutivo de la OPAQ EC-M-33/Dec 1, en el marco de la aplicación de la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva

    DO L 359 de 16.12.2014, p. 151–152 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/906/oj

    16.12.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 359/151


    DECISIÓN 2014/906/PESC DEL CONSEJO

    de 15 de diciembre de 2014

    por la que se modifica la Decisión 2013/726/PESC de apoyo a la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2118 (2013) y del Consejo ejecutivo de la OPAQ EC-M-33/Dec 1, en el marco de la aplicación de la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 9 de diciembre de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/726/PESC (1).

    (2)

    La Decisión 2013/726/PESC establece un período de ejecución de 12 meses para el proyecto a que se refiere su artículo 1, apartado 2, a partir de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere su artículo 3, apartado 3.

    (3)

    El 6 de noviembre de 2014, la Secretaría Técnica de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) solicitó autorización a la Unión para prorrogar el período de ejecución de la Decisión 2013/726/PESC hasta el 30 de septiembre de 2015, a fin de que el proyecto pudiera seguir ejecutándose con posterioridad a la fecha de expiración a que se refiere su artículo 5, apartado 2.

    (4)

    La modificación de la Decisión 2013/726/PESC solicitada afecta a su artículo 5, apartado 2, y al párrafo primero de la sección «Actividades» del anexo, en los cuales debe modificarse la duración de la ejecución del proyecto.

    (5)

    La continuación del proyecto a que se refiere el artículo 1, apartado 2, de la Decisión 2013/726/PESC según se indica expresamente en la solicitud presentada el 6 de noviembre de 2014 por la OPAQ, podría llevarse a cabo sin repercusión alguna en términos de recursos.

    (6)

    Por tanto, procede modificar la Decisión 2013/726/PESC a fin de ejecutar en su integridad el proyecto que en ella se establece, prorrogando su duración en consecuencia.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión 2013/726/PESC se modifica como sigue:

    1)

    En el artículo 5, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

    «2.   La presente Decisión expirará el 30 de septiembre de 2015»

    .

    2)

    En el anexo, sección «Actividades», el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente:

    «El apoyo a la OPAQ se llevará a cabo mediante la entrega de hasta cinco productos de imágenes de satélite del Centro de Satélites de la UE (CSUE) por semana durante el período total comprendido entre la firma del contrato y el 30 de septiembre de 2015.»

    .

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2014.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    F. MOGHERINI


    (1)  Decisión 2013/726/PESC del Consejo, de 9 de diciembre de 2013, de apoyo a la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2118 (2013) y del Consejo ejecutivo de la OPAQ EC-M-33/Dec 1, en el marco de la aplicación de la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 329 de 10.12.2013, p. 41).


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