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Document 31980L1267
Council Directive 80/1267/EEC of 16 December 1980 amending Directive 70/156/EEC on the approximation of the laws of the Member States relating to the type- approval of motor vehicles and their trailers
Directiva 80/1267/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1980, por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques
Directiva 80/1267/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1980, por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques
DO L 375 de 31.12.1980, p. 34–35
(DA, DE, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(EL, ES, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 01/07/1992; derog. impl. por 31992L0053
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 31970L0156 | complemento | anexo 2 | 31/12/1980 | |
Modifies | 31970L0156 | complemento | anexo 1 | 31/12/1980 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Corrected by | 31980L1267R(01) | ||||
Implicitly repealed by | 31992L0053 | 02/07/1992 |
Directiva 80/1267/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1980, por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques
Diario Oficial n° L 375 de 31/12/1980 p. 0034 - 0035
Edición especial en finés : Capítulo 13 Tomo 11 p. 0048
Edición especial griega: Capítulo 13 Tomo 10 p. 0105
Edición especial sueca: Capítulo 13 Tomo 11 p. 0048
Edición especial en español: Capítulo 13 Tomo 11 p. 0121
Edición especial en portugués: Capítulo 13 Tomo 11 p. 0121
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 1980 por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques ( 80/1267/CEE ) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , y , en particular , su artículo 100 , Vista la propuesta de la Comisión , Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) , Visto el dictamen del Comité económico y social (2) , Considerando que las disposiciones relativas al consumo de carburantes y a la potencia de los motores de los vehículos a motor difieren de un Estado miembro a otro ; que de ello se deriva la necesidad de adoptar , a partir de ahora , disposiciones comunes bien con carácter complementario o bien en sustitución de las actuales disposiciones en vigor en los Estados miembros . Considerando que resulta conveniente que el control del cumplimiento de dichas disposiciones se haga según el procedimiento de homologación CEE para cada tipo de vehículos , establecido en la Directiva 70/156/CEE del Consejo , de 6 de febrero de 1970 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques (3) , cuya última modificación la constituye la Directiva 78/547/CEE (4) ; que , por lo tanto , conviene completar dicha Directiva insertando , tanto en el Anexo I ( modelo de ficha de informaciones ) como en el Anexo II ( modelo de certificado de homologación CEE ) las indicaciones necesarias al respecto , sin perjuicio de otras modificaciones de dichas Directivas , y , en particular , de las contenidas en la propuesta de la Comisión , de 5 de enero de 1977 . HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA : Artículo 1 El Anexo I de la Directiva 70/156/CEE se modificará de la siguiente manera : 1 . El número 3.2.5 se sustituirá por el siguiente texto : « 3.2.5 . Potencia neta máxima : ... kW a ... revoluciones/minuto ( q' ) . » 2 . El número 3.2.6 se sustituirá por el siguiente texto : « 3.2.6 . Par neto máximo : ... Nm a ... revoluciones/minuto ( q' ) . » 3 . Se añadirán los siguientes números : « 3.5 . Consumo de carburante ( q'' ) 3.5.1 . Ciclo urbano : ... 1/100 km 3.5.2 . Velocidad constante a 90 km/h : ... 1/100 km 3.5.3 . Velocidad constante a 120 km/h : ... 1/100 km . » 4 . Se insertarán las siguientes notas entre las notas ( q ) y ( r ) : « ( q' ) Determinada según las disposiciones de la Directiva 80/1267/CEE , de 16 de diciembre de 1980 . ( q'' ) Determinada según las disposiciones de la Directiva 80/1267/CEE , de 16 de diciembre de 1980 . » Artículo 2 El Anexo II de la Directiva 70/156/CEE se modificará de la siguiente manera : 1 . El número 3.2.1 se sustituirá por el siguiente texto : « 3.2.1 . Potencia neta máxima y por neto máximo DP-PV . » 2 . Se añadirá el siguiente número : « 3.3 . Consumo de carburante DP-PV . » Artículo 3 1 . Los Estados miembros adoptarán , en un plazo de dieciocho meses a partir del día de su notificación , las medidas necesarias para cumplir la presente Directiva e informarán de ello inmediatamente a la Comisión . 2 . Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones básicas de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva . Artículo 4 Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas , el 16 de diciembre de 1980 . Por el Consejo El Presidente Colette FLESCH (1) DO n º C 118 de 16 . 5 . 1977 , p. 29 . (2) DO n º C 114 de 11 . 5 . 1977 , p. 1 . (3) DO n º L 42 de 23 . 2 . 1970 , p. 1 . (4) DO n º L 168 de 26 . 6 . 1978 , p. 39 . CORRIGENDA Corrigendum a la Directiva 80/1267/CEE del Consejo , de 16 de diciembre de 1980 , por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de los vehículos a motor y de sus remolques . ( Diario Oficial de las Comunidades Europeas n º L 375 de 31 de diciembre de 1980 ) El número 4 del artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente : « 4 . Se insertarán las siguientes notas entre las notas ( q ) y ( r ) : « ( q' ) Determinada según las disposiciones de la Directiva 80/1268/CEE , de 16 de diciembre de 1980 . ( q'' ) Determinada según las disposiciones de la Directiva 80/1269/CEE , de 16 de diciembre de 1980 . " »