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Establece los objetivos, el presupuesto, la gobernanza y las normas de financiación del primer programa integrado del mercado interior único. Reúne actividades que anteriormente se financiaban en seis programas distintos. Se ejecuta de 2021 a 2027.
Los objetivos generales del programa son:
Estos objetivos generales se alcanzan a través de los objetivos específicos siguientes:
El presupuesto de siete años para ejecutar el programa es de 4 208 041 000 EUR (a precios corrientes). Hasta el 5 % del presupuesto puede utilizarse para diversos fines técnicos y administrativos, como la preparación, el seguimiento, el control, la auditoría, la evaluación y la utilización de redes de tecnología de la información.
Los países que no pertenecen a la UE pueden participar en el programa si se cumplen determinadas condiciones; una de ellas es el derecho de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a realizar investigaciones, como inspecciones y controles in situ, para proteger las finanzas de la UE.
El artículo 8 y los anexos I (vegetales, animales, alimentos y piensos) y II (estadísticas europeas) establecen las actividades que pueden optar a financiación en el marco de los objetivos generales y específicos del Programa.
Las entidades jurídicas1 pueden optar a financiación si:
El artículo 10 establece las entidades que pueden recibir subvenciones sin convocatoria de propuestas. Van desde autoridades nacionales de vigilancia del mercado hasta el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera y la Oficina Europea de Uniones de Consumidores (Bureau Européen des Unions de Consommateurs).
Las normas de cofinanciación establecen que:
La Comisión:
La presente legislación deroga los Reglamentos (UE) n.o 99/2013, (UE) n.o 1287/2013, (UE) n.o 254/2014 y (UE) n.o 652/2014 a partir del .
Está en vigor desde el .
El mercado único es el eje central de la economía de la UE. Contribuye al crecimiento, la competitividad y el empleo, al tiempo que ofrece a los consumidores una mayor oferta y precios más bajos.
El Programa pretende que los ciudadanos, los consumidores, las empresas y las autoridades públicas de toda la UE puedan aprovechar al máximo las oportunidades que se ofrecen.
Para obtener más información, véanse:
Reglamento (UE) 2021/690 del Parlamento Europeo y del Consejo de por el que se establece un programa para el mercado interior, la competitividad de las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, el ámbito de los vegetales, animales, alimentos y piensos, y las estadísticas europeas (Programa para el Mercado Único), y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 99/2013, (UE) n.o 1287/2013, (UE) n.o 254/2014 y (UE) n.o 652/2014 (DO L 153 de , pp. 1-47).
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