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Dictamen

Un dictamen es uno de los cinco tipos de actos jurídicos que pueden adoptar las instituciones de la Unión Europea (UE) y que se enumeran en el artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Los otros cuatro tipos de actos jurídicos mencionados en el artículo son los reglamentos, las directivas, las decisiones y las recomendaciones. Los tres primeros son vinculantes, pero los dictámenes y las recomendaciones no son vinculantes.

Entre los ejemplos de dictámenes emitidos por las instituciones de la UE, tal como se describen en el artículo 288 del TFUE, se encuentran los siguientes.

  • La Comisión Europea. En el contexto de un país que solicita la adhesión a la UE, el Consejo de la Unión Europea invita a la Comisión a emitir su dictamen sobre esta solicitud.
  • El Consejo. En relación con el Reglamento (UE) n.o 473/2013 sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la UE de la zona del euro, el Consejo emite dictámenes sobre los programas de asociación económica de los Estados miembros.

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