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Document 32007R0566

Reglamento (CE) n o  566/2007 de la Comisión, de 24 de mayo de 2007 , por el que se retira a la República de Chile de la lista de países beneficiarios que figura en el anexo I del Reglamento (CE) n o  980/2005, relativo a la aplicación de un sistema de preferencias arancelarias generalizadas

DO L 133 de 25.5.2007, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2007/566/oj

25.5.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 133/12


REGLAMENTO (CE) N o 566/2007 DE LA COMISIÓN

de 24 de mayo de 2007

por el que se retira a la República de Chile de la lista de países beneficiarios que figura en el anexo I del Reglamento (CE) no 980/2005, relativo a la aplicación de un sistema de preferencias arancelarias generalizadas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 980/2005 del Consejo, de 27 de junio de 2005, relativo a la aplicación de un sistema de preferencias arancelarias generalizadas (1), y, en particular, su artículo 26,

Considerando lo siguiente:

(1)

La República de Chile está incluida en la lista de países beneficiarios del sistema comunitario de preferencias arancelarias generalizadas que figura en el anexo I del Reglamento (CE) no 980/2005.

(2)

La incorporación al Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, de todas las preferencias arancelarias concedidas a Chile dentro del sistema comunitario de preferencias arancelarias generalizadas ha sida completada con la consolidación efectuada por la Decisión no 2/2006 del Consejo de Asociación UE-Chile, de 16 de octubre de 2006, por la que se modifica el anexo I del Acuerdo (2).

(3)

El artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) no 980/2005 prevé la retirada de un país de la lista de países beneficiarios que figura en su anexo I, cuando esté acogido a un acuerdo comercial preferencial con la Comunidad que abarque al menos todas las preferencias establecidas para él en dicho sistema.

(4)

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) no 980/2005 en consecuencia.

(5)

Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de preferencias generalizadas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se retira a la República de Chile de la lista de países beneficiarios del sistema comunitario de preferencias arancelarias generalizadas que figura en el anexo I del Reglamento (CE) no 980/2005.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de mayo de 2007.

Por la Comisión

Peter MANDELSON

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 169 de 30.6.2005, p. 1.

(2)  DO L 322 de 22.11.2006, p. 5. Decisión 2006/792/CE.


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