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Document 32014D0129

    Decisión 2014/129/PESC del Consejo, de 10 de marzo de 2014 , que promueve la red europea de grupos de reflexión independientes sobre la no proliferación, en apoyo de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva

    DO L 71 de 12/03/2014, p. 3–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2017: This act has been changed. Current consolidated version: 04/07/2017

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/129(1)/oj

    12.3.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 71/3


    DECISIÓN 2014/129/PESC DEL CONSEJO

    de 10 de marzo de 2014

    que promueve la red europea de grupos de reflexión independientes sobre la no proliferación, en apoyo de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 26, apartado 2, y su artículo 31, apartado 1,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 12 de diciembre de 2003, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (denominada en lo sucesivo «Estrategia de no proliferación de ADM de la UE»), cuyo capítulo III contiene la lista de medidas que deben adoptarse tanto en la Unión como en los terceros países para luchar contra esa proliferación.

    (2)

    La Unión aplica activamente la Estrategia de no proliferación de ADM de la UE, así como las medidas que figuran en su capítulo III, en particular el establecimiento de las estructuras necesarias dentro de la Unión.

    (3)

    El 8 de diciembre de 2008, el Consejo adoptó sus conclusiones y el documento titulado «Nuevas líneas de actuación de la Unión Europea en la lucha contra la proliferación de armas de destrucción masiva y sus vectores» (denominado en lo sucesivo «Nuevas líneas de actuación»), en el que se declara que la proliferación de ADM sigue constituyendo uno de los mayores retos para la seguridad, y que la política de no proliferación es parte esencial de la política exterior y de seguridad común (PESC).

    (4)

    En el citado documento «Nuevas líneas de actuación», el Consejo insta a las composiciones competentes y órganos del Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los Estados miembros a adoptar medidas consecutivas concretas a dicho documento.

    (5)

    El Consejo subraya asimismo en este documento que la actuación de la Unión para prevenir la proliferación podría beneficiarse del apoyo de una red no estatal contra la proliferación, que reuniría a instituciones de política exterior y a centros de investigación especializados en ámbitos estratégicos de la Unión, basándose simultáneamente en redes útiles ya existentes. Esta red podría ampliarse a las instituciones de terceros países con los que la Unión mantiene diálogos específicos relacionados con la no proliferación.

    (6)

    Los días 15 y 16 de diciembre de 2005, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y armas ligeras y de sus municiones (denominada en lo sucesivo «Estrategia APAL de la UE»), que establece las orientaciones de la acción de la Unión en el campo de las armas pequeñas y armas ligeras (APAL). La Estrategia APAL de la UE considera que la acumulación y el comercio ilícitos de APAL y de su munición constituye una seria amenaza para la paz y la seguridad internacionales.

    (7)

    La Estrategia APAL de la UE fija entre sus objetivos la necesidad de promover un multilateralismo eficaz, de forma que puedan forjarse mecanismos internacionales, regionales o a escala de la Unión y sus Estados miembros para contrarrestar el suministro y la proliferación desestabilizadora de APAL y de su munición.

    (8)

    El 26 de julio de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/430/PESC (1), que establece una red europea de grupos de reflexión independientes sobre la no proliferación, y con arreglo al cual el Consorcio de no proliferación de la UE (en lo sucesivo «Consorcio») debe efectuar la aplicación técnica de dicha Decisión.

    (9)

    La elección del Consorcio como único beneficiario de una subvención se justifica en este caso por la intención de la Unión, apoyada por sus Estados miembros, de proseguir una fructífera cooperación con una red europea de grupos de reflexión que contribuya a la creación de una cultura europea común de no proliferación y desarme y ayude a la Unión a desarrollar y dar forma a sus políticas en estos ámbitos y a aumentar su visibilidad. En este caso se requiere una financiación del 100 % debido a la propia naturaleza del Consorcio, que debe su existencia a la Unión y depende totalmente de la ayuda de la Unión. El Consorcio no tiene recursos financieros independientes ni autoridad jurídica para obtener otros fondos. Por otra parte, el Consorcio ha establecido, más allá de los cuatro grupos de reflexión rectores, una red que agrupa a más de sesenta grupos de reflexión y centros de investigación que reúnen casi la totalidad del conocimiento no gubernamental de la Unión.

    (10)

    Hasta el día de hoy, el Consorcio ha organizado dos seminarios de expertos de la Unión en Bruselas en mayo de 2011 y en junio de 2013 y dos importantes conferencias internacionales sobre no proliferación; en Bruselas en febrero de 2012 y en septiembre y octubre de 2013. Se han publicado en la sede electrónica del Consorcio 31 documentos de orientación especializados. Esta sede electrónica se creó en la primavera de 2011 y desde entonces se ha ido actualizando regularmente, incluso con la publicación de un boletín electrónico bimensual: nonproliferation.eu. Desde sus inicios, más de sesenta grupos de reflexión independientes se han sumado al Consorcio.

    (11)

    Mediante la Decisión 2010/799/PESC del Consejo (2) y la Decisión 2012/422/PESC del Consejo (3) también se ha encomendado al Consorcio la organización de dos seminarios para fomentar la confianza y el apoyo a un proceso destinado a establecer una zona sin armas de destrucción masiva y sus vectores en Oriente Próximo, celebrado en Bruselas en julio de 2011 y en noviembre de 2012, respectivamente. Mediante la Decisión 2013/43/PESC del Consejo (4) y la organización de dos próximos seminarios para facilitar que fructifiquen las negociaciones de un TCA en la Conferencia de las naciones Unidas de marzo de 2013.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    1.   A efectos de contribuir a mejorar la aplicación de la Estrategia de no proliferación de ADM de la UE, que se basa en los principios del multilateralismo eficaz, la prevención y la cooperación con terceros países, se amplía tres años la prosecución de la promoción y la ayuda a las actividades de la red europea de grupos de reflexión independientes sobre la no proliferación, con el fin de alcanzar los objetivos siguientes:

    a)

    alentar el diálogo político y de seguridad así como un debate a largo plazo, en torno a las medidas de lucha contra la proliferación de ADM y sus vectores, con la sociedad civil y, más particularmente, con expertos, investigadores y académicos;

    b)

    ofrecer a los participantes en las instancias preparatorias pertinentes del Consejo la oportunidad de consultar en la red los temas relacionados con la no proliferación, y permitir a los representantes de los Estados miembros participar en las reuniones de la red;

    c)

    ser una etapa útil de las acciones de no proliferación de la Unión y de la comunidad internacional, sobre todo facilitando informes o recomendaciones a los representantes de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (Alta Representante);

    d)

    contribuir a mejorar la concienciación de los terceros países en cuanto a los retos que plantea la proliferación y a la necesidad de trabajar en cooperación con la Unión y en el marco de los foros multilaterales, sobre todo las Naciones Unidas, con el fin de prevenir, disuadir, detener y, de ser posible, suprimir los programas de proliferación que sean causa de inquietud en todo el mundo;

    e)

    contribuir a impulsar el conocimiento y la capacidad institucionales en materia de no proliferación y desarme en grupos de reflexión y gobiernos de la Unión y de terceros países.

    2.   Teniendo en cuenta la Estrategia APAL de la UE, el ámbito de actividad de la red europea de grupos de reflexión independientes sobre no proliferación no se limitará a tratar los temas relacionados con la amenaza que supone la proliferación de las ADM y sus vectores, sino que abarcará también los relativos al armamento convencional, incluidas las APAL. La inclusión de las armas convencionales en el ámbito de actividad de la red ofrecerá un instrumento excepcional para el diálogo y las recomendaciones respecto de las actuaciones de la Unión en este campo, en el marco de la aplicación de la Estrategia APAL de la UE y de la política de la Unión en materia de armas convencionales.

    3.   En este contexto, los proyectos que apoyará la Unión incluirán las siguientes actividades específicas:

    a)

    aportar los medios para organizar tres reuniones consultivas anuales y hasta siete seminarios especializados para expertos y profesionales sobre toda una serie de cuestiones relativas a la no proliferación y el desarme de armas convencionales y no convencionales, con vistas a presentar informes o recomendaciones al representante de la Alta Representante;

    b)

    establecer un servicio de ayuda al usuario dentro del Consorcio, para prestar conocimientos especializados sobre temas relacionados con la serie de cuestiones relativas a la no proliferación y el desarme de armas convencionales y no convencionales, con respuesta en un plazo de dos semanas;

    c)

    aportar los medios para la celebración de tres grandes conferencias con terceros países y la sociedad civil sobre no proliferación y desarme para promover a escala internacional la Estrategia de la UE de no proliferación de ADM y la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones, y el papel que en este ámbito desempeñan las instituciones de la Unión y los grupos de reflexión que existen en ella, con miras a aumentar la visibilidad de las políticas de la Unión en este ámbito y presentar informes o recomendaciones al representante de la Alta Representante;

    d)

    aportar los medios para la gestión y la creación de una plataforma en Internet destinada a facilitar los contactos y promover el diálogo sobre investigación en la red de grupos de reflexión que analicen los temas relativos a las ADM y a las armas convencionales, incluidas las APAL, así como la formación de una nueva generación de expertos en materia de no proliferación y desarme;

    e)

    aportar los medios para concienciar y desarrollar la experiencia y la capacidad institucionales en materia de no proliferación en grupos de reflexión y gobiernos de la Unión y de terceros países;

    f)

    abordar los temas propuestos por los Estados miembros y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) en todas las actividades de investigación del Consorcio.

    En el anexo se describen detalladamente los proyectos.

    Artículo 2

    1.   La Alta Representante será responsable de la aplicación de la presente Decisión.

    2.   La aplicación técnica de los proyectos relativos a las actividades contempladas en el artículo 1, apartado 3, será efectuada por el Consorcio, basado en la Fundación para la Investigación Estratégica (FRS), el Instituto de Fráncfort de Investigaciones para la Paz (HSFK/PRIF), el Instituto Internacional de Estudios Estratégicos (IISS) y el Instituto Internacional de Estocolmo de Investigaciones para la Paz (SIPRI). El Consorcio llevará a cabo su misión bajo la responsabilidad de la Alta Representante. A estos efectos, la Alta Representante celebrará los acuerdos necesarios con el Consorcio.

    3.   Los Estados miembros y el SEAE propondrán prioridades y temas de especial interés para ser evaluados en los programas de investigación del Consorcio, que abordarán en documentos de trabajo y seminarios, de acuerdo con las políticas de la Unión.

    Artículo 3

    1.   El importe de referencia financiera para la ejecución de los proyectos relativos a las actividades contempladas en el artículo 1, apartado 3, será de 3 600 000 EUR.

    2.   Los gastos financiados por el importe citado en el apartado 1 se gestionarán según los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión.

    3.   La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos a que se refiere el apartado 1. Para ello celebrará un acuerdo de financiación con el Consorcio. El acuerdo estipulará que el Consorcio deberá garantizar la visibilidad de la contribución de la Unión, proporcional a su importancia.

    4.   La Comisión se esforzará por celebrar el acuerdo de financiación a que se refiere el apartado 3 tan pronto como sea posible, tras la entrada en vigor de la presente Decisión. Informará al Consejo de cualesquiera dificultades que encuentre en ese proceso, así como de la fecha de celebración del acuerdo.

    Artículo 4

    1.   La Alta Representante informará al Consejo acerca de la aplicación de la presente Decisión, basándose en informes periódicos preparados por el Consorcio. Estos informes fundamentarán la evaluación que realizará el Consejo.

    2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros de los proyectos que menciona el artículo 1, apartado 3.

    Artículo 5

    1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    2.   La presente Decisión expirará a los 36 meses de la celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3.

    Sin embargo, expirará 6 meses después de su entrada en vigor si para ese momento no se hubiere celebrado el citado acuerdo de financiación.

    Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2014.

    Por el Consejo

    El Presidente

    G. VROUTSIS


    (1)  Decisión 2010/430/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, que establece una red europea de grupos de reflexión independientes sobre la no proliferación, en apoyo de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 202 de 4.8.2010, p. 5).

    (2)  Decisión 2010/799/PESC del Consejo, de 13 de diciembre de 2010, que respalda un proceso de creación de un clima de confianza que lleve a la instauración de una zona sin armas de destrucción masiva y sus vectores en Oriente Próximo, en apoyo de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 341 de 23.12.2010, p. 27).

    (3)  Decisión 2012/422/PESC del Consejo, de 23 de julio de 2012, que respalda un proceso que lleve a la instauración de una zona sin armas nucleares y demás armas de destrucción masiva en Oriente Próximo (DO L 196 de 24.7.2012, p. 67).

    (4)  Decisión 2013/43/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2013, sobre el mantenimiento de las actividades de la Unión en apoyo de las negociaciones del Tratado sobre el Comercio de Armas, en el marco de la Estrategia Europea de Seguridad (DO L 20 de 23.1.2013, p. 53).


    ANEXO

    RED EUROPEA DE GRUPOS DE REFLEXIÓN INDEPENDIENTES SOBRE LA NO PROLIFERACIÓN, EN APOYO DE LA APLICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE LA UE CONTRA LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA (ESTRATEGIA DE LA UE DE NO PROLIFERACIÓN DE ADM)

    1.   Objetivos

    El objetivo de la presente Decisión es confirmar y seguir aplicando la recomendación del Consejo de 8 de diciembre de 2008 en el documento titulado «Nuevas líneas de actuación de la Unión Europea en la lucha contra la proliferación de armas de destrucción masiva y sus vectores». A tenor de este documento, la actividad de la Unión para contrarrestar la proliferación podría beneficiarse del apoyo prestado por una red no estatal contra la proliferación, que reuniría a instituciones exteriores y a centros de investigación especializados en los ámbitos estratégicos de la Unión, basándose al mismo tiempo en redes útiles ya existentes. Esta red podría ampliarse a las instituciones de terceros países con los que la Unión mantiene diálogos específicos relacionados con la no proliferación.

    La red de grupos de reflexión independientes contra la proliferación continuaría alentando el diálogo político y de seguridad así como el debate a largo plazo en torno a las medidas de lucha contra la proliferación de ADM y sus vectores y las cuestiones interrelacionadas del desarme con la sociedad civil y más especialmente con los expertos, los investigadores y los académicos.

    El trabajo de la red abarcará los asuntos relativos a las armas convencionales, incluidas las APAL, con inclusión de las medidas destinadas a garantizar la aplicación continuada de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones. La red ayudará a desarrollar nuevas facetas de la actividad de la Unión para incluir las dimensiones preventiva y reactiva de los asuntos de seguridad relacionados con las armas convencionales, incluido el comercio ilícito y la acumulación excesiva de APAL y de su munición, como prevé la estrategia pertinente de la UE. En el marco del proceso del Tratado sobre el Comercio de Armas se reconoció que la prevención del comercio ilegal y no regulado de armas convencionales, incluidas las APAL es una prioridad de la Unión.

    La red podría contribuir a elevar la concienciación de los terceros países en cuanto a los retos relacionados con la proliferación de ADM y de armas convencionales, incluido el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de APAL y de su munición, así como a la necesidad de trabajar en cooperación con la Unión y en el marco de los foros multilaterales, especialmente la ONU, con el fin de prevenir, disuadir, detener y, en la medida de lo posible, poner fin a la proliferación de programas que causan inquietud en todo el mundo, al tráfico ilícito y a la acumulación excesiva de APAL y su munición.

    La Unión desearía apoyar a esta red de la forma siguiente:

    organizando regularmente seminarios de la Unión y, si es necesario, reuniones específicas para diplomáticos y expertos académicos sobre acontecimientos y cuestiones de importancia en el ámbito de las ADM y las APAL con vistas a presentar informes o recomendaciones al representante de la Alta Representante,

    organizando grandes conferencias anuales y, si es necesario, reuniones preparatorias con vistas a presentar informes o recomendaciones al representante de la Alta Representante,

    manteniendo, gestionando y mejorando una plataforma de Internet y redes sociales relacionadas para facilitar los contactos e impulsar el diálogo en materia de investigación entre las redes de grupos de reflexión sobre no proliferación,

    facilitando la competencia y la transferencia de conocimientos sobre las políticas de la UE en materia de no proliferación y desarme en toda la Unión y en terceros países.

    2.   Organización de la red

    La red está abierta a todos los grupos de reflexión y centros de investigación pertinentes de la Unión los Estados asociados, y respeta plenamente la diversidad de opiniones en la Unión.

    La red seguirá facilitando los contactos entre expertos ajenos a las administraciones públicas, representantes de los Estados miembros e instituciones de la Unión. La red debe estar dispuesta a colaborar con actores no gubernamentales de los terceros países, con arreglo a las Estrategias ADM y APAL de la UE, que se basan en los conceptos del multilateralismo y la cooperación internacional. El mandato de la red abarca la no proliferación de ADM, sus vectores, el desarme y los temas relacionados con las armas convencionales, incluidas las APAL.

    Los participantes en las instancias preparatorias pertinentes del Consejo (CODUN/CONOP/COARM, etc.) podrán consultar la red para los temas relacionados con la no proliferación y las armas convencionales, incluidas las APAL, y sus representantes podrán asistir a las reuniones de la red. Estas reuniones podrán organizarse de forma contigua a las reuniones de los grupos, si ello fuese posible.

    La gestión del proyecto seguirá en manos del Consorcio, formado por la FRS, el HSFK/PRIF, el IISS y el SIPRI, en estrecha cooperación con el representante de la Alta Representante.

    Previa consulta con el representante de la Alta Representante y los Estados miembros, el Consorcio invitará a especialistas en políticas de no proliferación y desarme de ADM y armas convencionales a participar en seminarios de expertos y conferencias anuales y a compartir sus publicaciones y actividades en el sitio web.

    3.   Descripción de los proyectos

    3.1.   Proyecto 1: Organización de tres reuniones consultivas anuales y hasta siete seminarios especializados para diplomáticos expertos académicos con un informe o recomendaciones

    3.1.1.   Finalidad del proyecto

    El objetivo de las reuniones consultivas anuales y los seminarios específicos es fomentar un diálogo sobre la seguridad entre expertos, funcionarios y académicos de la Unión, sobre los retos actuales en los ámbitos de la no proliferación y el desarme de ADM, sus vectores y armas convencionales, incluidas las APAL. Los seminarios avanzarán además la cooperación en la red europea de grupos independientes de reflexión sobre no proliferación que están basados en los Estados miembros de la Unión.

    3.1.2.   Resultados del proyecto

    Intercambio de información y análisis de las tendencias actuales de la proliferación entre profesionales políticos y expertos académicos procedentes de Estados miembros de la Unión, así como personal especializado del SEAE e instituciones de la Unión.

    Debate sobre los medios y las modalidades más convenientes de aplicar las políticas de la Unión contra la proliferación.

    Impulsar una red de grupos de reflexión europeos independientes sobre la no proliferación.

    Proporcionar a la Unión indicaciones constructivas sobre sus estrategias contra la proliferación de ADM y APAL por parte de grupos de reflexión independientes de la Unión, y sugerencias de profesionales a grupos de reflexión sobre las cuestiones más importantes desde el punto de vista político para las futuras investigaciones.

    Determinar las cuestiones relevantes en el ámbito de la no proliferación y el desarme para los informes orientados a políticas específicas.

    Elaborar informes orientados a políticas específicas junto con una serie de recomendaciones orientadas a la acción para los representantes de la Alta Representante. Estos informes se remitirán a las instituciones pertinentes de la Unión y a los Estados miembros.

    3.1.3.   Descripción del proyecto

    El proyecto establece la organización de tres reuniones consultivas anuales y hasta siete seminarios especializados para expertos así como la elaboración de los correspondientes informes o recomendaciones.

    El calendario de estos actos se preparará en estrecha cooperación con los grupos de trabajo de la PESC en los ámbitos de no proliferación y desarme (Grupos del Consejo «No Proliferación» y «Desarme Global y Control de Armamento»), de armas espaciales [Grupo «Desarme Global y Control de Armamento» (Espacio)], de transferencias de APAL y armas convencionales (COARM y COARM ATT). Los seminarios abordarán los retos a corto y medio plazo para la Unión en los ámbitos de no proliferación y desarme en las categorías de armas siguientes: ADM y sus vectores, armas convencionales, incluidas las APAL, y nuevos tipos de armas y sistemas de distribución. Representarán una ocasión especial para que los encargados de la toma de decisiones de la Unión se centren en los retos y las tendencias de mayor alcance en el ámbito de estas armas, y en otras cuestiones que van más allá de su labor diaria.

    Las reuniones consultivas anuales tendrán una duración de un día y medio y contarán con la participación de hasta cien personas procedentes de los grupos de reflexión de la Unión, los Estados miembros y las instituciones de la Unión, especializadas en cuestiones de no proliferación y armas convencionales, incluidas las APAL. Estos seminarios servirán principalmente a efectos consultivos entre los grupos de reflexión sobre no proliferación de la Unión, la Unión y sus Estados miembros.

    Los seminarios específicos tendrán una duración de hasta dos días y contarán con la participación de hasta 45 personas, que se determinarán caso por caso. Estos seminarios servirán principalmente a efectos consultivos entre los grupos de reflexión de la Unión sobre no proliferación, la Unión y sus Estados miembros, caso por caso, para abordar las principales acciones y opciones políticas de la Unión, y representarán una oportunidad para que los grupos de reflexión de la Unión, sus Estados miembros y las instituciones de la Unión alcancen audiencias específicas dentro y fuera de la Unión.

    Las reuniones consultivas anuales se celebrarán en Bruselas, aunque podrán organizarse hasta tres seminarios de expertos fuera de la Unión.

    3.2.   Proyecto 2: Organización de una conferencia anual importante con un informe o recomendaciones

    3.2.1.   Finalidad del proyecto

    En las principales conferencias anuales contra la proliferación y el desarme, que contarán con la participación de expertos de organismos públicos y de grupos de reflexión independientes y otros especialistas del mundo académico de la Unión y de países asociados y terceros, se debatirán y determinarán medidas adicionales de lucha contra la proliferación de ADM y sus vectores y objetivos de desarme interrelacionados, y se tratarán además los retos asociados a las armas convencionales, con inclusión del tráfico ilícito y de la acumulación excesiva de armas pequeñas y ligeras y su munición. Como aspecto emblemático del proyecto, la conferencia anual reforzará la atención internacional en la Estrategia de la UE de no proliferación de ADM y los esfuerzos destinados a su aplicación por parte de las instituciones de la Unión y la correspondiente labor de los grupos de reflexión y los expertos académicos de los Estados miembros.

    Las conferencias anuales servirán asimismo para impulsar el papel y la cohesión de los grupos de reflexión de la UE especializados en cuestiones relacionadas con la no proliferación, y contribuirá a reforzar la capacidad de estos y de otras instituciones, incluso en zonas del mundo con grandes carencias de conocimientos en cuestiones de no proliferación.

    Las conferencias anuales y todas las reuniones preparatorias abordarán cuestiones relacionadas con la no proliferación de gran relevancia para la labor del SEAE. Basándose en esos debates y en otros trabajos previstos por el Consorcio, se redactarán informes políticos junto con una serie de recomendaciones orientadas a la acción, que se presentarán a los representantes de la Alta Representante. El informe se remitirá a las instituciones pertinentes de la Unión y a los Estados miembros, y podrá consultarse en línea.

    3.2.2.   Resultados del proyecto

    Establecimiento de una gran conferencia de iniciativa europea sobre la no proliferación y el desarme, que será el punto clave para el fomento de un debate estratégico en torno a las medidas de lucha contra la proliferación de ADM y sus vectores y objetivos de desarme interrelacionados y a la forma de tratar los retos relacionados con las armas convencionales, inclusive el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de APAL y su munición.

    Aumentar la visibilidad de las políticas de la Unión en el ámbito de ADM y no proliferación de APAL y acción en los ámbitos químico, biológico, radiológico y nuclear (QBRN) y elevar la concienciación entre los funcionarios del Gobierno, los académicos y la sociedad civil de terceros países.

    Fomentar el papel y la cohesión de las redes europeas de grupos de reflexión independientes de la UE en este ámbito, y crear conocimientos en materia de no proliferación en los países en los que sean insuficientes, incluidos los terceros países.

    Presentar informes políticos o recomendaciones de acción que permitan mejorar la aplicación de las Estrategias ADM y APAL de la UE, que será una etapa útil para las actividades de la Unión y de la comunidad internacional en lo que a la lucha contra la proliferación y las armas convencionales se refiere.

    Elevar el grado de concienciación y el conocimiento que las instituciones de la Unión, los Estados miembros, la sociedad civil y los terceros países tienen de la amenaza que suponen las ADM y sus vectores, lo que les permitirá anticiparse mejor a los acontecimientos.

    3.2.3.   Descripción del proyecto

    El proyecto establece la organización de conferencias anuales, con reuniones preparatorias en caso necesario, y la preparación de los correspondientes informes o recomendaciones:

    una conferencia anual de un día y medio de duración, celebrada en Bruselas, con participación de hasta trescientos expertos de grupos de reflexión, académicos y gobiernos de la Unión y de Estados asociados y terceros países, especializados en asuntos de no proliferación, desarme, control de armas y armas convencionales, incluidas las APAL;

    atención al desarrollo de la «próxima generación» de especialistas, también de otros países no europeos y de Norteamérica, que serán invitados a un día adicional antes o después de la conferencia consagrado a una formación especializada y a la presentación de las instituciones pertinentes de la Unión;

    informes políticos o recomendaciones de medidas para impulsar la aplicación de las Estrategias sobre ADM y APAL de la UE.

    3.3.   Proyecto 3: Establecimiento y gestión de un servicio de ayuda al usuario

    3.3.1.   Finalidad del proyecto

    El establecimiento y la gestión de un servicio de ayuda al usuario dentro del Consorcio, para prestar conocimientos especializados sobre temas relacionados con toda la serie de cuestiones relativas a la no proliferación y el desarme de armas convencionales y no convencionales, que informe y facilite la preparación de la actuación política del SEAE en relación con cuestiones específicas y urgentes.

    3.3.2.   Resultados del proyecto

    Gestionar solicitudes de investigación especializada, con respuesta en un plazo de dos semanas, sobre cuestiones específicas solicitadas por el SEAE.

    Fomentar un diálogo especializado sobre cuestiones específicas entre los grupos de reflexión del Consorcio y el SEAE.

    Permitir que el SEAE se base en los conocimientos y los recursos del Consorcio dedicados a la investigación para solicitudes a corto plazo y ocasionales.

    3.3.3.   Descripción del proyecto

    El proyecto aportará hasta veinte documentos de expertos (de 5 a 10 páginas,) en un plazo de dos semanas, sobre cuestiones actuales de no proliferación y desarme solicitadas por el SEAE, sobre la base de un estudio de la documentación académica existente (no de la investigación original).

    3.4.   Proyecto 4: Gestión y desarrollo de una plataforma de Internet

    3.4.1.   Finalidad del proyecto

    El mantenimiento y desarrollo de un sitio de Internet facilitará los contactos entre reuniones de la red e impulsará el diálogo entre los grupos de reflexión contra la proliferación. Las instituciones de la Unión y los Estados miembros podrán contar asimismo con un sitio de Internet específico, en donde los participantes de la red puedan intercambiar libremente información, compartir sus ideas y publicar sus estudios sobre no proliferación de ADM y sus vectores y sobre temas relativos a las armas convencionales, incluidas las APAL. El sitio Internet seguirá incluyendo un boletín electrónico de noticias. El proyecto facilitará el seguimiento en línea de los acontecimientos y será una ventana abierta a la investigación europea. Contribuirá a la difusión eficiente de los resultados de la investigación entre grupos de reflexión y círculos gubernamentales. Ello conllevará una mejor anticipación y conocimiento de las amenazas relacionadas con la proliferación de ADM y sus medios de suministro y de armas convencionales, con inclusión del comercio ilícito y la excesiva acumulación de APAL y sus municiones.

    3.4.2.   Resultados del proyecto

    Gestionará una plataforma en la que los grupos de reflexión contra la proliferación puedan de manera continua compartir sus puntos de vista y análisis independientes sobre proliferación de ADM y temas relativos a las armas convencionales, incluidas las APAL.

    Ampliará, gestionará y actualizará la red actual de grupos de reflexión independientes.

    Fomentará un mayor conocimiento de las estrategias de la Unión contra la proliferación de ADM y APAL entre la sociedad civil, y será la interfaz entre la Unión y la red de grupos de reflexión.

    Permitirá la descarga libre permanente de la documentación de las reuniones de las redes y de los grupos de reflexión independientes que deseen compartir gratuitamente los resultados de sus investigaciones.

    Elevará la concienciación y los conocimientos de las instituciones de la Unión, los Estados miembros, la sociedad civil y los terceros países en cuanto a las amenazas relacionadas con las armas convencionales, las ADM y sus vectores, lo que les permitirá adelantarse mejor a los acontecimientos.

    3.4.3.   Descripción del proyecto

    Podría impulsarse la utilización, siempre que sea viable y adecuado, de una tecnología de tipo «servicio de red social» con objeto de permitir un intercambio activo de comunicación y de información en línea entre los participantes en la red, en un entorno conocido.

    El Consorcio a cargo del proyecto será responsable de alojar y diseñar el portal de Internet y de su mantenimiento técnico.

    Las políticas de la Unión relativas a la proliferación de ADM y a asuntos relativos a las armas convencionales, entre ellas las APAL, contarán con el seguimiento y apoyo de la documentación apropiada de manera regular.

    Las publicaciones del Consorcio contarán con la promoción y apoyo de datos históricos específicos.

    Las conferencias organizadas por el Consorcio se promoverán y darán a conocer en el sitio Internet (antecedentes, orden del día, presentaciones, grabaciones en vídeo de las sesiones en abierto, cuando proceda).

    Se publicará bimensualmente un boletín electrónico de noticias para dar a conocer las noticias institucionales sobre no proliferación dentro de la Unión y seguir el trabajo académico de los centros de investigación en red.

    Se publicarán mensualmente los informes especiales sobre temas específicos relacionados con la proliferación de ADM y asuntos relacionados con las armas convencionales, incluyendo las APAL.

    3.5.   Proyecto 5: Publicaciones

    3.5.1.   Finalidad del proyecto

    Elaborar hasta un total de veinte documentos sobre temas relacionados con la no proliferación de ADM, sus vectores, APAL y desarme.

    Proporcionar información y análisis que puedan nutrir el diálogo político y de seguridad sobre medidas de lucha contra la proliferación de ADM y sus vectores, sobre todo a cargo de expertos, investigadores y académicos.

    Proporcionar un entorno que puedan utilizar lo participantes de los órganos preparatorios pertinentes del Consejo para informar de sus debates sobre las políticas y prácticas de la UE sobre no proliferación.

    Proporcionar ideas, información y análisis que puedan contribuir a llevar a cabo actividades de no proliferación a escala de la Unión.

    3.5.2.   Resultados del proyecto

    Reforzar el diálogo político y de seguridad sobre medidas de lucha contra la proliferación de ADM y sus vectores, sobre todo a cargo de expertos, investigadores y académicos.

    Aumentar la concienciación, conocimiento y compresión de sociedades civiles y gobiernos respecto a temas relacionados con las políticas de la UE sobre no proliferación y desarme.

    Presentar opciones políticas u operativas a la Alta Representante, a la Instituciones de la Unión y a los Estados miembros.

    Proporcionar ideas, información y análisis que puedan contribuir a llevar a cabo actividades de no proliferación a escala de la Unión.

    3.5.3.   Descripción del proyecto

    El proyecto establece la preparación y publicación de un total máximo de veinte documentos de orientación. El Consorcio preparará o se encargará de los documentos de orientación y no expondrá necesariamente las opiniones de las instituciones de la Unión o de los Estados miembros.

    Los documentos de orientación versarán sobre temas incluidos dentro del mandato del Consorcio. Cada documento presentará opciones políticas u operativas.

    Los documentos de orientación harán uso de un formato y estilo accesible y cómodo para el público destinatario final.

    Los documentos de orientación se publicarán en la página internet del Consorcio.

    3.6.   Proyecto 6: Formación

    3.6.1.   Finalidad del proyecto

    Capacitar a la nueva generación de estudiosos y profesionales en actividades y programas de no proliferación.

    Reforzar el conocimiento en profundidad de las políticas de la UE de no proliferación y desarme en toda la Unión y en terceros países.

    Formar redes de jóvenes profesionales y académicos a escala regional allí donde la Unión tenga grandes intereses en la no proliferación.

    Renovar y ampliar los conocimientos sobre temas relacionados con ADM y APAL dentro de la Unión y en países socios.

    Poner a disposición de las instituciones de la Unión, de los Estados miembros y de la red de la UE sobre no proliferación ideas y análisis renovados sobre no proliferación.

    3.6.2.   Resultados del proyecto

    Sentar las bases para la creación de un instrumento educativo en línea con un plan de estudio disponible sobre temas relacionados con la no proliferación y el desarme que pueda estar en funcionamiento 24 meses después del inicio del contrato.

    Capacitar a la nueva generación de estudiosos y profesionales en actividades y programas de no proliferación.

    Aumentar el conocimiento en profundidad de las políticas de la UE sobre no proliferación y desarme en toda la Unión y en terceros países.

    Crear redes de jóvenes profesionales y académicos y facilitar la cooperación practica.

    Aumentar los conocimientos sobre temas relacionados con la no proliferación y desarme de ADM y APAL dentro de la Unión y en terceros países.

    Aportar nuevos elementos sobre no proliferación a las instituciones, Estados miembros, países socios y redes de la Unión sobre no proliferación.

    3.6.3.   Descripción del proyecto

    El proyecto establece la formación en prácticas organizada por el Consorcio para un máximo de 48 estudiantes titulados o jóvenes diplomáticos, cada una de ellas de un periodo de tres meses. La formación incluirá conferencias, sesiones de debate, lecturas estructuradas e integración en el proyecto y se impartirá en al menos dos de los institutos del Consorcio. El plan de estudios combinará módulos breves para ser todo lo flexible que se precise. Todos los estudiantes estarán invitados a las conferencias y seminarios organizados por el Consorcio.

    El objeto final del proyecto será sentar las bases de la creación de un instrumento educativo en línea con un plan de estudios disponible sobre temas de no proliferación y desarme. El instrumento educativo en línea abarcará todo el espectro de los temas relacionados con las armas convencionales y no convencionales y se adaptará a los diferentes públicos receptores (jóvenes diplomáticos, periodistas, estudiantes titulados y de postgrado, de dentro o fuera de Europa). En función de la delicadeza de los contenidos, podrán exigirse las autorizaciones de seguridad pertinentes. El instrumento educativo en línea facilitará también su integración en programas de postgrado y tendrá una duración tipo de 15 lecciones generales. Equivaldrá a un curso universitario de un semestre a efectos de créditos y tendrá en cuenta también las necesidades de otros públicos.

    4.   Duración

    La duración total de la aplicación del proyecto se estima en 36 meses.

    5.   Beneficiarios

    5.1.   Beneficiarios directos

    La Estrategia Europea de Seguridad y la Estrategia contra la proliferación de ADM de la UE han determinado que la proliferación de ADM, tanto entre Estados como entre elementos no estatales, podría constituir la mayor amenaza para la seguridad de la Unión. De igual modo, la Estrategia contra la proliferación de APAL de la UE reconoce que el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de APAL y de su munición suponen una seria amenaza para la paz y la seguridad internacionales. Los proyectos propuestos corresponden a la finalidad de la PESC y contribuirán a lograr los objetivos estratégicos que establece la Estrategia Europea de Seguridad.

    5.2.   Beneficiarios indirectos

    Los beneficiarios indirectos de los proyectos serán los siguientes:

    a)

    los grupos de reflexión independientes y académicos especializados en temas de no proliferación y de armas convencionales, incluidas las APAL, de la Unión y de terceros países;

    b)

    las instituciones de la Unión, incluidas instituciones académicas, estudiantes o todos los demás beneficiarios del instrumento educativo en línea;

    c)

    los Estados miembros;

    d)

    terceros países.

    6.   Terceras partes participantes

    Los proyectos se financiarán enteramente mediante la presente Decisión. Los expertos de la red podrán considerarse como terceras partes participantes. Trabajarán conforme a sus normas habituales.

    7.   Aspectos de procedimientos, coordinación y Comité Director

    El Comité Director de este proyecto estará formado por un representante de la Alta Representante y uno de la entidad de ejecución a que se refiere el punto 8 del presente anexo. El Comité Director revisará la aplicación de la presente Decisión periódicamente, como mínimo semestralmente, utilizando también los medios de comunicación electrónicos.

    8.   Entidad de ejecución

    La aplicación técnica de la presente Decisión se encomendará al Consorcio, que llevará a cabo su misión bajo la supervisión de la Alta Representante. En el desempeño de sus funciones, el Consorcio cooperará con la Alta Representante y, en su caso, con los Estados miembros, otros Estados Parte y las organizaciones internacionales.


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