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Document JOL_1986_100_R_0026_017

    Decisión del Consejo, de 8 de abril de 1986, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de Canadá, relativo a la petición de compensación del perjuicio sufrido por la Comunidad Económica Europea debido a la prórroga por Canadá, desde el 1 de diciembre de 1985 al 30 de noviembre de 1988, de los contingentes a la importación en Canadá de calzado de señora y de niña
    Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de Canadá relativo a la petición de compensación del perjuicio sufrido por la Comunidad Económica Europea debido a la prórroga por Canadá, desde el 1 de diciembre de 1985 al 30 de noviembre de 1988, de los contingentes a la importación en Canadá de calzado de señora y de niña

    DO L 100 de 16.4.1986, p. 26–29 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    31986D0123

    86/123/CEE: Decisión del Consejo de 8 de abril de 1986 relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de Canadá, relativo a la petición de compensación del perjuicio sufrido por la Comunidad Económica Europea debido a la prórroga por Canadá, desde el 1 de diciembre de 1985 al 30 de noviembre de 1988, de los contingentes a la importación en Canadá de calzado de señora y de niña

    Diario Oficial n° L 100 de 16/04/1986 p. 0026


    *****

    DECISIÓN DEL CONSEJO

    de 8 de abril de 1986

    relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de Canadá, relativo a la petición de compensación del perjuicio sufrido por la Comunidad Económica Europea debido a la prórroga por Canadá, desde el 1 de diciembre de 1985 al 30 de noviembre de 1988, de los contingentes a la importación en Canadá de calzado de señora y de niña

    (86/123/CEE)

    EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando que se han celebrado consultas entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de Canadá con arreglo al artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio con vistas a satisfacer la petición de compensación del perjuicio sufrido por la Comunidad debido a la prórroga por tres años, por parte de Canadá, de las medidas de salvaguardia adoptadas con la relación a las importaciones de calzado de señora y de niña;

    Considerando que dichas consultas han dado lugar a un Acuerdo en forma de Canje de Notas;

    Considerando que interesa a la Comunidad aprobar el Acuerdo,

    DECIDE:

    Artículo 1

    Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica y el Gobierno de Canadá relativo a la petición de compensación del prejuicio sufrido por la Comunidad Económica Europea debido a la prórroga por Canadá, desde el 1 de diciembre de 1985 al 30 de noviembre de 1988, de los contingentes a la importación en Canadá de calzado de señora y de niña.

    El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

    Artículo 2

    El Presidente del Consejo queda autorizado para designar a la persona facultada para firmar el Acuerdo con el fin de obligar a la Comunidad.

    Hecho en Luxemburgo, el 8 de abril de 1986.

    Por el Consejo

    El Presidente

    G.M.V. van AARDENNE

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