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Document 52014DC0015
COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT, THE COUNCIL, THE EUROPEAN ECONOMIC AND SOCIAL COMMITTEE AND THE COMMITTEE OF THE REGIONS A policy framework for climate and energy in the period from 2020 to 2030
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Un marco estratégico en materia de clima y energía para el periodo 2020-2030
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Un marco estratégico en materia de clima y energía para el periodo 2020-2030
/* COM/2014/015 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Un marco estratégico en materia de clima y energía para el periodo 2020-2030 /* COM/2014/015 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL
COMITÉ DE LAS REGIONES Un marco estratégico en materia de clima
y energía para el periodo 2020-2030 1. Introducción Se ha avanzado mucho desde que la UE
aprobó su primer paquete de medidas sobre clima y energía en 2008. En estos
momentos, la UE va camino de cumplir los objetivos fijados para 2020 en materia
de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y energías
renovables y se han logrado importantes mejoras en la intensidad del uso de la
energía gracias a un aumento de la eficiencia de los edificios, productos,
procesos industriales y vehículos. Estos logros son tanto más importantes
cuanto que la economía europea ha experimentado un crecimiento de en torno al
45 % en términos reales desde 1990. Los objetivos 20/20/20 relativos a las
emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y ahorro
energético han desempeñado un papel clave para impulsar estos avances y fomentar
el empleo de más de 4,2 millones de personas en diversas ecoindustrias[1], con un crecimiento
continuo durante la crisis. Recuadro 1: Logros más importantes del actual marco estratégico en materia energética y climática La Unión se ha fijado para 2020 tres objetivos: reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (20 %), cuota de energías renovables (20 %) y mejoras en la eficiencia energética (20 %). Las políticas energética y climática actuales están logrando avances sustanciales hacia la consecución de estos objetivos 20/20/20: · Con respecto a 1990, en 2012 las emisiones de gases de efecto invernadero se redujeron un 18 % y se prevé una nueva reducción a niveles un 24 % y un 32 % inferiores a los de 1990 en 2020 y 2030, respectivamente, sobre la base de las políticas actuales. · La cuota de las energías renovables se incrementó al 13 % en 2012, en proporción del consumo final de energía, y se espera que siga aumentando hasta el 21 % en 2020 y el 24 % en 2030. · La UE había instalado aproximadamente el 44 % de la electricidad procedente de fuentes renovables (exceptuando la energía hidroeléctrica) a finales de 2012. · La intensidad energética de la economía de la UE disminuyó un 24 % entre 1995 y 2011, mientras que las mejoras introducidas por la industria fueron de alrededor de un 30 %. · La intensidad de carbono de la economía de la UE se redujo un 28 % entre 1995 y 2010. Muchos han sido también los cambios que
se han producido desde 2008. El más evidente es el impacto de la crisis
económica y financiera, que ha afectado a la capacidad de los Estados miembros
para invertir. Los precios de los combustibles fósiles siguen siendo elevados,
lo que afecta negativamente a la balanza comercial de la Unión y los costes de
la energía. En 2012, la factura de la UE en concepto de importaciones de gas y
petróleo ascendió a más de 400 000 millones EUR, aproximadamente el
3,1 % del PIB de la Unión. Se ha producido un cambio sustancial en el
centro de gravedad de la demanda mundial de energía, que se ha desplazado hacia
las economías emergentes, especialmente China y la India. Al mismo tiempo, los
hogares y los usuarios industriales están cada vez más preocupados por el
aumento de los precios de la energía y los diferenciales de precios con muchos
de los socios comerciales de la Unión y, más en particular, con los Estados
Unidos. Aunque el mercado interior de la energía se ha desarrollado, han
surgido nuevos riesgos de fragmentación. El régimen de comercio de derechos de
emisión de la UE (RCDE) no está impulsando de manera suficientemente adecuada
las inversiones en tecnologías con baja emisión de carbono, lo que aumenta las
probabilidades de que se adopten nuevas políticas nacionales que socaven el
contexto de igualdad de oportunidades que el RCDE pretendía crear. Si bien las
tecnologías de las energías renovables han madurado y los costes se han
reducido considerablemente, el rápido desarrollo de las fuentes de energía
renovables presenta en la actualidad nuevos desafíos para el sistema
energético. Muchos productos que utilizan energía son ahora más eficientes y
los consumidores se están beneficiando de verdaderos ahorros de energía y
económicos. Al mismo tiempo, se han recogido nuevas
evidencias de la probable incidencia de la actividad humana sobre el cambio
climático y de la necesidad de que se reduzcan de forma sustancial y sostenida
las emisiones de gases de efecto invernadero para limitar la posibilidad de que
se produzcan nuevos cambios en el clima de la Tierra[2]. Ahora es el momento, por tanto, de
reflexionar sobre lo que está sucediendo y el marco que necesitamos para 2030.
En consonancia con las respuestas de las partes interesadas al Libro Verde[3], es necesario continuar
avanzando en pos de una economía hipocarbónica que garantice una energía
competitiva a un precio asequible para todos los consumidores, cree nuevas
oportunidades para el crecimiento y el empleo, ofrezca una mayor seguridad de
abastecimiento energético y reduzca la dependencia de la Unión con respecto a
las importaciones en su conjunto. Hemos de asumir el ambicioso compromiso de
seguir reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero de acuerdo con
la trayectoria eficiente desde el punto de vista de los costes descrita en las
hojas de ruta para 2050[4],
y hacerlo a tiempo para las próximas negociaciones relativas a un acuerdo
internacional sobre el clima. Tenemos que ofrecer seguridad normativa tan
pronto como sea posible para los inversores en tecnologías hipocarbónicas,
fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación y mejorar e industrializar
las cadenas de suministro para las nuevas tecnologías. Todo ello ha de hacerse
de tal modo que tenga en cuenta las realidades políticas y económicas
existentes y se sustente en nuestra experiencia del actual Marco estratégico. En este contexto, el Marco estratégico
para 2030 debe basarse en la plena aplicación de los objetivos 20/20/20 y en
los siguientes aspectos: ·
Un compromiso ambicioso de reducir las
emisiones de gases de efecto invernadero en consonancia con las hojas de ruta
para 2050. La asunción de este compromiso debe seguir un enfoque eficaz desde
el punto de vista de los costes que sea asequible y competitivo, garantice la
seguridad de abastecimiento y la sostenibilidad, y tenga en cuenta las actuales
circunstancias económicas y políticas. ·
Simplificación del marco estratégico europeo,
mejorando al mismo tiempo la complementariedad y la coherencia entre los
objetivos y los instrumentos. ·
Dentro de este Marco de la UE, dotar a los
Estados miembros de flexibilidad para definir una transición hipocarbónica que
se adecúe a sus circunstancias específicas, combinación de fuentes de energía
preferida, y necesidades en términos de seguridad energética, y permitirles que
mantengan los costes en un nivel mínimo. ·
Reforzar la cooperación regional entre los
Estados miembros para ayudarles a afrontar retos comunes en materia de energía
y clima de un modo más rentable y promoviendo al mismo tiempo la integración
del mercado y evitando el falseamiento del mercado. ·
Apoyarse en el impulso dado al desarrollo de
las fuentes de energía renovables con una política basada en un enfoque más
rentable que refuerce la dimensión europea y logre una mayor integración del
mercado interior de la energía y una competencia no falseada. ·
Un conocimiento profundo de los factores que
determinan los costes de la energía para que la política se base en hechos y
evidencias, de manera que sepamos a ciencia cierta qué influencia se puede
lograr a través de políticas nacionales y de la Unión y qué queda fuera de su
alcance. Garantizar que la competitividad de las empresas y la asequibilidad de
la energía para los consumidores sean fundamentales a la hora de determinar los
objetivos del marco y los instrumentos necesarios para su aplicación. ·
Mejorar la seguridad energética, al tiempo que
se establece un sistema energético competitivo e hipocarbónico, mediante la
actuación común, unos mercados integrados, la diversificación de las
importaciones, el desarrollo sostenible de las fuentes de energía autóctonas,
la inversión en las infraestructuras necesarias, el ahorro energético de los
usuarios finales y el apoyo a la investigación y la innovación. ·
Mejorar la seguridad de los inversores
ofreciendo señales claras de cómo cambiará el Marco estratégico a partir de
2020 y garantizar que antes de dicha fecha no tendrán lugar cambios
sustanciales en los objetivos e instrumentos vigentes. ·
Repartir equitativamente los esfuerzos entre
los Estados miembros plasmando sus circunstancias y capacidades específicas. La presente Comunicación desarrolla un
marco para las futuras políticas de la UE en materia de energía y clima y pone
en marcha un proceso con vistas a alcanzar una visión compartida sobre cómo
hacer avanzar estas políticas en el futuro. 2. Elementos clave del
Marco El Libro Verde de la Comisión solicitaba
opiniones sobre el alcance y la estructura más adecuados de los objetivos en
materia de clima y energía para 2030. Entre los interesados se constató un
amplio consenso en el sentido de que es deseable establecer un nuevo objetivo
para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), aunque
hubo disparidad de opiniones acerca del nivel de ambición[5]. También hubo
diversidad de puntos de vista sobre si era necesario fijar nuevos objetivos en
materia de energías renovables y eficiencia energética para conseguir más
avances de cara a 2030. El análisis efectuado en la evaluación de
impacto, publicada junto con el presente Marco, ha evaluado distintos objetivos
de reducción de los GEI (35 %, 40 % y 45 %) y confirmado que las
conclusiones de la Hoja de Ruta de la Energía para 2050[6], es decir, que los
costes de una transición hipocarbónica no difieren sustancialmente de los
gastos en que se hubiera incurrido en cualquier caso debido a la necesidad de
renovar un sistema energético envejecido, unos precios de los combustibles
fósiles en aumento y la asunción de las políticas energéticas y climáticas
existentes. No obstante, se espera que los costes del sistema energético
aumenten de aquí a 2030 hasta un nivel que ronde el 14 % del PIB, frente a
alrededor del 12,8 % en 2010. Se producirá, sin embargo, un trasvase
significativo desde el gasto en combustibles hacia el realizado en equipos
innovadores con alto valor añadido, que fomentará las inversiones en productos
y servicios innovadores, generará crecimiento y empleo y mejorará la balanza
comercial de la Unión. Un marco económico favorable y una política industrial
específica, como se señala en la Comunicación en
favor del renacimiento industrial europeo[7], debe ayudar a la industria y las empresas a aprovechar estas
oportunidades. La experiencia adquirida con el actual
marco de 2020 indica que, si bien los objetivos europeos y nacionales puede
impulsar una acción decidida por parte de los Estados miembros y el crecimiento
en las industrias emergentes, no siempre han garantizado la integración del
mercado, la rentabilidad y una competencia sin falseamientos. La evaluación de
impacto indica que fijar un gran objetivo de reducción de las emisiones de GEI
es la estrategia menos onerosa para lograr una economía hipocarbónica que, por
sí misma, debe conducir a un aumento de la cuota de energías renovables y al
ahorro energético en la Unión. A la luz de los resultados y la
experiencia de las políticas actuales, la Comisión propone un nuevo objetivo de
reducción de las emisiones internas de GEI del 40 % con respecto a 1990, a
repartir entre los sectores abarcados y no abarcados por el RCDE[8], que
constituirá la piedra angular de la política de la UE en materia de clima y
energía para 2030. El objetivo para los sectores no abarcados por el RCDE se
distribuiría entre los Estados miembros (véase más adelante). Iría acompañado
de un objetivo general coherente a nivel europeo para las energías renovables
de, como mínimo, el 27 %, dando flexibilidad a los Estados miembros para
fijar objetivos nacionales. La cuestión de cuál es la mejor manera de lograr un
grado óptimo de ahorro energético en 2030 se analizará en detalle en una
revisión de la Directiva sobre eficiencia energética que se llevará a cabo en
2014. La mayor flexibilidad para los Estados
miembros irá acompañada de un sólido marco de gobernanza europea para alcanzar
los objetivos de la UE en el ámbito de las energías renovables y el ahorro
energético de una forma coherente con la consecución de los objetivos
nacionales y europeos de gases de efecto invernadero y con los principios más
generales de la política europea en materia de energía, incluido el
funcionamiento y una mayor integración del mercado interior de la energía y el
establecimiento de un sistema energético competitivo, seguro y sostenible. 2.1 Objetivo de emisiones de
gases de efecto invernadero La Comisión propone fijar un objetivo de
reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para las emisiones
internas de la UE del 40 % en 2030 con respecto a las emisiones de 1990.
Es importante señalar que las políticas y medidas aplicadas y previstas por los
Estados miembros en relación con sus actuales obligaciones de reducción de
dichas emisiones seguirán surtiendo efecto después de 2020. En caso de
aplicarse en su integridad y de que sean plenamente eficaces, se espera que
estas medidas permitan una reducción del 32 % respecto a las emisiones de
1990. Ello requerirá un esfuerzo permanente, pero al mismo tiempo pone de
manifiesto que el objetivo propuesto para 2030 es factible. No obstante, será
importante llevar a cabo una evaluación continua con el fin de tener en cuenta
la dimensión internacional y velar por que la Unión continúe siguiendo la senda
menos costosa hacia una economía hipocarbónica. El objetivo de la UE debe ser compartido
entre el RCDE y lo que los Estados miembros han de alcanzar conjuntamente en
los sectores al margen del comercio de derechos de emisión. El sector del RCDE
tendría que alcanzar una reducción del 43 % de gases de efecto invernadero
en 2030 y el sector no sujeto al RCDE, del 30 %, ambos con respecto a
2005. Con el fin de lograr la necesaria reducción de las emisiones en los
sectores abarcados en el RCDE, el factor anual por el que disminuye el tope
relativo al máximo de emisiones permitidas en el RCDE tendrá que incrementarse
del actual 1,74 % al 2,2 % después de 2020. El esfuerzo colectivo para el sector no
abarcado por el RCDE también debe repartirse entre los distintos Estados
miembros de forma adecuada y puntual. Actualmente, la asignación se realiza en
función de la riqueza relativa medida en términos de PIB per cápita, que se
traduce en una amplia gama de obligaciones que van desde una reducción del
20 % a un aumento del 20 % de las emisiones. Los elementos de
análisis que sustentan la evaluación de impacto de la Comisión disponen la
asignación rentable del esfuerzo entre los Estados miembros y confirman que las
inversiones y los costes serían relativamente superiores en los Estados
miembros con rentas más bajas, al tiempo que se minimizan los costes para la
Unión en su conjunto. Ello refleja su intensidad relativamente superior de
emisiones carbono, su menor eficiencia energética, y su menor capacidad de
inversión. Por ejemplo, el análisis indica que, en el período 2021-2030, los
países con un PIB inferior al 90 % de la media de la UE tendrán que
realizar inversiones de una cuantía estimada en unos 3 000 millones EUR
anuales por encima del incremento medio en la UE en dicho período. La Comisión considera, por lo tanto, que
al aplicar un marco para 2030, el objetivo de reducción de los GEI de cada
Estado miembro debe seguir teniendo en cuenta estos factores de distribución,
al tiempo que garantiza la integridad del mercado interior, por ejemplo, en
relación con la eficiencia energética y los productos que utilizan energía.
Dada la importancia de las inversiones futuras, también será necesario
encontrar soluciones que contribuyan a una mejor financiación (véase más
adelante). La Comisión no ve ninguna razón para proponer
un «objetivo condicional» más elevado de cara a las negociaciones
internacionales. En caso de que el resultado de las negociaciones justifique un
objetivo más ambicioso de la Unión, este esfuerzo adicional podría equilibrarse
permitiendo el acceso a créditos internacionales. 2.2 Un objetivo para las
energías renovables a nivel de la UE Las energías renovables deben seguir
desempeñando un papel fundamental en la transición hacia un sistema energético
más competitivo, seguro y sostenible. Esta transición no será posible sin unas
cuotas de energías renovables significativamente más elevadas. Habida cuenta de
que las energías renovables se generan en la UE, también pueden reducir el
déficit comercial de la UE en materias primas energéticas, el riesgo de que se
produzcan interrupciones del abastecimiento y la volatilidad de los precios de
los combustibles fósiles. Asimismo tienen potencial para impulsar el
crecimiento en tecnologías innovadoras, la creación de puestos de trabajo en
sectores emergentes y reducir la contaminación atmosférica. El rápido despliegue de las energías
renovables ya supone un reto para el sistema eléctrico en particular, que debe
adaptarse a una generación cada vez más descentralizada y variable (solar y
eólica). Por otra parte, la mayor parte del desarrollo de las renovables en la
UE viene impulsado por programas nacionales de apoyo que, por una parte, pueden
tener en cuenta las especificidades nacionales y regionales, pero, al mismo
tiempo, pueden obstaculizar la integración del mercado y reducir la
rentabilidad. Este rápido despliegue también afecta a la competitividad de
otras fuentes de energía que seguirán siendo fundamentales para el sistema
energético de la UE y reduce los incentivos a la inversión en capacidad de
generación, que será necesaria de cara a la transición hacia un sistema
energético más competitivo, seguro y sostenible (por ejemplo, como reserva de
seguridad frente a la variable «energía renovable»). En el futuro, los beneficios de las
energías renovables deben explotarse todo lo posible de manera orientada al
mercado. El funcionamiento del RCDE y la contribución de las fuentes de energía
renovables a las reducciones de GEI están estrechamente relacionados y son
complementarios. Un objetivo de reducción de los gases de efecto invernadero
del 40 % debe fomentar por sí mismo el incremento de la cuota de las
energías renovables en la UE hasta, como mínimo, el 27 %. Aunque de
obligado cumplimiento para la UE, no lo sería para los Estados miembros con
carácter individual sino que se alcanzaría mediante compromisos claros
decididos por los propios Estados miembros, que deberían guiarse por la
necesidad de lograr de forma colectiva el objetivo de la UE y basarse en lo que
cada Estado miembro debe lograr en relación con sus objetivos actuales para
2020. Estos nuevos compromisos para 2030 se revisarán formando parte del
proceso de gobernanza descrito en la sección 3 y, en caso necesario, se
complementarían con nuevas iniciativas e instrumentos de la UE para garantizar
el cumplimiento del objetivo de la UE. Este objetivo a nivel de la UE permitirá
impulsar las inversiones en energías renovables, es decir, que, por ejemplo, la
cuota de la energía eléctrica procedente de fuentes renovables se incrementaría
desde el 21 % actual a, como mínimo, el 45 % en 2030. A diferencia de
lo que sucede en el marco actual, el objetivo de la UE no se traduciría en
objetivos nacionales a través de la legislación de la UE, con lo que los
Estados miembros gozarían de mayor flexibilidad para cumplir sus objetivos de
reducción de gases de efecto invernadero de la forma más rentable de
conformidad con sus circunstancias, combinaciones energéticas y capacidades
específicas para generar energía renovable. La Comisión no considera apropiado
establecer nuevos objetivos de energía renovable o intensidad de gases de
efecto invernadero de los combustibles utilizados en el sector del transporte o
cualquier otro subsector después de 2020. La evaluación de cómo minimizar las
emisiones debidas al cambio indirecto del uso de la tierra puso de manifiesto
que los biocombustibles de primera generación desempeñan un papel limitado en
la reducción de las emisiones de carbono del sector del transporte. La Comisión
ya ha indicado que, por ejemplo, los biocombustibles basados en cultivos
alimentarios no deben recibir ayuda pública después de 2020[9]. Para estar a la altura
de los retos que plantea el sector del transporte en el horizonte de 2030 y
años posteriores es necesaria toda una gama de combustibles renovables
alternativos y una combinación de medidas estratégicas específicas sobre la
base del Libro Blanco en materia de transportes. La formulación estratégica
debe centrarse en mejorar la eficacia del sistema de transporte, profundizar en
el desarrollo y la implantación de vehículos eléctricos y de biocarburantes de
segunda y tercera generación y otros carburantes alternativos viables, formando
parte de un planteamiento de carácter más general e integrado. Ello está en
consonancia con la estrategia en materia de combustibles alternativos[10] y debe
tenerse en cuenta en futuras revisiones de la legislación pertinente para el
periodo posterior a 2020. Una mayor flexibilidad para los Estados
miembros debe ir acompañada de un mayor énfasis en la necesidad de completar el
mercado interior de la energía. Se han de racionalizar los distintos sistemas
nacionales de apoyo para que sean más coherentes con el mercado interior, más
rentables y ofrezcan mayor seguridad jurídica a los inversores. El objetivo
fijado para las energías renovables a escala europea se alcanzaría mediante un
nuevo marco de gobernanza basado en planes nacionales para una energía
competitiva, segura y sostenible, elaborados por los Estados miembros tal como
se indica más adelante. Algunos Estados miembros ya han establecido objetivos
ambiciosos en materia de fuentes de energía renovables para 2030 y años
posteriores que conllevarán progresos sustanciales en pos del objetivo de la
UE. Cada Estado miembro debe dejar claro su compromiso con las energías
renovables, indicando cómo se alcanzaría este objetivo, teniendo en cuenta la
necesidad de cumplir con la normativa de competencia y ayudas estatales, a fin
de evitar el falseamiento del mercado y garantizar una relación coste-eficacia
aceptable, tal como se describe en el punto 2.5. Al mismo tiempo, la UE y los Estados
miembros tendrán que seguir desarrollando sus marcos políticos con objeto de
facilitar la transformación de las infraestructuras energéticas con mayores
interconexiones transfronterizas, potencial de almacenamiento y redes
inteligentes para gestionar la demanda con el fin de garantizar la seguridad
del abastecimiento energético en un sistema con una elevada cuota de energías
renovables, cuya producción es variable. Este planteamiento significa que la
Directiva sobre las fuentes de energía renovables deberá revisarse a fondo para
el período posterior a 2020 con el fin de dotar a la UE de los medios
necesarios para garantizar que se cumpla el objetivo de la UE para 2030.
También será necesario adoptar una política de biomasa más adecuada para
optimizar su uso eficiente con objeto de conseguir ahorros significativos y
verificables de gases de efecto invernadero y permitir una competencia leal
entre los diversos usos de los recursos de biomasa en el sector de la construcción,
las industrias del papel y la pulpa, y la producción de productos bioquímicos y
energéticos. Ello también debe abarcar el uso sostenible del suelo, la gestión
sostenible de los bosques en consonancia con la estrategia de la UE en favor de
los bosques y el sector forestal[11],
y abordar los efectos indirectos sobre el uso de la tierra, como en el caso de
los biocarburantes. 2.3 Eficiencia energética La mejora de la eficiencia energética
aporta una contribución esencial a la consecución de todos los objetivos
principales de las políticas de la UE en materia de clima y energía: mayor
competitividad, seguridad de abastecimiento, sostenibilidad y transición a una
economía hipocarbónica. Existe un amplio consenso político sobre su
importancia. El objetivo de eficiencia energética de la UE no es vinculante y
se está avanzando gracias a medidas específicas a escala nacional y de la UE,
incluso para aplicaciones domésticas e industriales, vehículos, y el parque
inmobiliario existente. La Directiva sobre eficiencia energética adopta un
enfoque más holístico en relación con el ahorro energético en la UE. Aunque el
plazo para su transposición no vence hasta junio de 2014 (y no todos los
Estados miembros la han incorporado ya), el Consejo y el Parlamento Europeo han
solicitado una evaluación que se ha de presentar antes de mediados de 2014. En
ella se analizarán los progresos realizados hacia la consecución del objetivo
previsto para 2020. En la actualidad, se prevé que el objetivo del 20 % no
será alcanzado. Una vez se haya llevado a cabo la revisión, la Comisión tendrá
en cuenta si es necesario proponer enmiendas a la Directiva sobre eficiencia
energética. Si bien esta revisión será necesaria para
determinar la ambición exacta de la futura política de ahorro energético y las
medidas necesarias para lograrla, se apoyará en los elementos de análisis que
sustentan la presente Comunicación y las metas y objetivos de reducción de
gases de efecto invernadero y energías renovables. El ahorro energético debe
complementar el despliegue de energías renovables por parte de los Estados
miembros como componente de sus planes para conseguir la reducción de las
emisiones de gases de efecto invernadero, que deben también identificar medidas
nacionales para mejorar la eficiencia energética. El análisis de la Comisión
muestra que un objetivo de reducción del 40 % requeriría un mayor nivel de
ahorro de energía de alrededor del 25 % en 2030. En algunos sectores, como la industria y
los vehículos de pasajeros, deberán continuar las mejoras constatadas en los
últimos años, mientras que en sectores tales como los de vivienda, otros modos
de transporte, y material eléctrico será preciso acelerar de forma
significativa los esfuerzos actuales para aprovechar el notable potencial sin
explotar. Ello requerirá grandes inversiones en el sector de la construcción
(que se traducirán en una reducción de los gastos de explotación), unas
condiciones básicas e información que anime a los consumidores a adquirir
bienes y servicios innovadores y unos instrumentos financieros adecuados para
garantizar que todos los consumidores de energía se beneficien de los cambios
resultantes. La UE necesita seguir complementando las
medidas nacionales con ambiciosas normas de eficiencia energética a escala de
la UE para los aparatos, equipos y edificios, así como con normas sobre
emisiones de CO2 para los vehículos. Gracias a las economías de
escala del mercado interior, estas normas pueden beneficiar a los fabricantes
de la UE y ayudarles a mantener su liderazgo tecnológico. La revisión estudiará también si el mejor
indicador de referencia para definir el objetivo para 2030 consiste en mejoras
de la intensidad energética de la economía y los sectores económicos, en el
ahorro de energía en términos absolutos o una solución híbrida. 2.4 Reforma del régimen de
comercio de derechos de emisión En 2012, la Comisión publicó un informe
sobre el funcionamiento del mercado del carbono, junto con varias opciones para
abordar el excedente acumulado de derechos de emisión. Este superávit ha
surgido como consecuencia de la caída de la actividad económica durante la
crisis, las facilidades de acceso a créditos internacionales y, en menor
medida, la interacción con otras políticas en materia de clima y energía.
Además, en 2012 la Comisión presentó también una propuesta para facultarla a
aplazar la subasta de 900 millones de derechos de emisión hasta 2019/2020. El
Parlamento Europeo y el Consejo se mostraron de acuerdo con esta propuesta en
diciembre de 2013. Aunque se trata de un paso adelante
significativo, el superávit estructural se mantendrá hasta bien entrado el
período de comercio posterior a 2020 (fase 4) en ausencia de nuevas medidas de
reforma del RCDE, lo que se espera siga erosionando su función como catalizador
tecnológicamente neutro, rentable y a escala de la UE de inversiones
hipocarbónicas. En sus respuestas al Libro Verde de la Comisión, entre las
partes interesadas se registró un amplio consenso en el sentido de que el RCDE
debe seguir siendo el instrumento fundamental para concretar la transición a
una economía hipocarbónica. A fin de que el RCDE pueda ser eficaz a la hora de
fomentar las inversiones hipocarbónicas con el menor coste para la sociedad, es
preciso adoptar una pronta decisión para restablecerlo, dotándolo de mayor
robustez. La Comisión estima que la mejor manera de lograr este objetivo es
establecer una reserva para la estabilidad de mercado al inicio de la fase 4 de
comercio en 2021. En paralelo a la presente Comunicación se presenta una
propuesta legislativa[12].
La reserva para la estabilidad del mercado establecería una adaptación
automática de la oferta de los derechos de emisión subastados a la baja o al
alza sobre la base de un conjunto de normas predefinidas, mejoraría la
capacidad de resiliencia frente a las perturbaciones de los mercados y
reforzaría la estabilidad del mercado. No habría ningún elemento discrecional
de gestión de la oferta. La reserva constituiría también una herramienta
flexible para aumentar la oferta de derechos de emisión en caso de incrementos
temporales y repentinos de la demanda, mitigando así el impacto en la industria
y en los sectores con riesgo de fuga de carbono. Como la reserva para la estabilidad no
empezará a funcionar hasta 2021, se necesitan disposiciones específicas para
hacer frente a un posible pico de oferta que podría producirse en 2020 como
consecuencia de la devolución de derechos de emisión congelados al término del
tercer período de comercio, así como de otros efectos relacionados con la
transición entre períodos de comercio. 2.5 Garantizar la
competencia en mercados integrados La plena realización del mercado interior
de la energía, tanto para la electricidad como para el gas, sigue siendo una
prioridad inmediata para la Comisión. Un mercado interior de la energía
integrado y competitivo aporta el entorno y las señales en materia de costes
que se necesitan para la consecución de los objetivos de política energética de
manera eficaz en relación con su coste. La Comisión ha aprobado recientemente una
serie de orientaciones sobre la intervención pública en los mercados de la
electricidad, con el fin de reducir al mínimo los efectos de falseamiento[13]. Las
Directrices sobre ayudas de Estado en el ámbito de la energía y el medio
ambiente también tienen que evolucionar para promover planteamientos más
orientados al mercado que reflejen la evolución de la estructura de costes de
las tecnologías de la energía y la creciente competitividad de los costes en el
mercado interior. En este contexto, en el período 2020-2030 deben reducirse
progresivamente hasta su desaparición las subvenciones para las tecnologías de
la energía maduras, incluidas las destinadas a las energías renovables. Aún se
autorizarían las subvenciones concedidas a las tecnologías nuevas e inmaduras
con potencial significativo para contribuir de manera rentable a los volúmenes
de energías renovables. La Comisión está llevando a cabo actualmente una
consulta sobre la revisión de las Directrices sobre ayudas estatales en el
ámbito de la energía y el medio ambiente de aquí a 2020[14]. El mercado interior de la energía ha
contribuido a mantener bajo control los precios mayoristas (particularmente los
de la electricidad) durante los últimos cinco años, en comparación con el
aumento de los costes subyacentes de los combustibles fósiles. El incremento de
los volúmenes de electricidad generada a partir de las energías eólica y solar
también ha ejercido una presión a la baja sobre los precios al por mayor, en
particular en regiones con elevadas cuotas de estas fuentes de energía
renovables, si bien también ha contribuido a incrementar los precios del
mercado minorista al repercutir a los consumidores los costes de los regímenes
de apoyo. Además, el segmento minorista sigue caracterizándose por elevados
niveles de concentración del mercado y regulación de precios en la mayoría de
los Estados miembros, lo que limita en la realidad la competencia y la
posibilidad de elección de los consumidores. La distribución de gas y
electricidad es también un monopolio natural y las concesiones deben
adjudicarse de forma no discriminatoria y competitiva. Lograr que haya una gran competencia en
el mercado interior de la energía será crucial para avanzar hacia los objetivos
de la política energética de la Unión en el horizonte de 2030. Proporcionará
las herramientas clave de cara a contener los precios de la energía para los
hogares y las empresas. Un mercado de la energía plenamente integrado y
competitivo podría dar lugar a un ahorro de entre 40 000 y 70 000
millones EUR hasta 2030, en comparación con la situación actual. Para que los
consumidores puedan beneficiarse plenamente de la desregulación de los mercados
de la energía, los mercados minoristas del gas y la electricidad deben ser más
dinámicos y competitivos. Los consumidores deben poder controlar los datos de
consumo y gozar de plena libertad para seleccionar a los proveedores de
servicios energéticos o producir su propia energía sostenible. La Comisión
seguirá realizando un seguimiento de la concentración en los mercados minorista
y mayorista del gas y la electricidad y garantizando el control eficaz en
materia de prácticas restrictivas de la competencia y concentraciones. Recuadro 2: Evolución de los precios minoristas medios ponderados de la electricidad en la UE para los hogares y los consumidores industriales en el período 2008-2012. Durante el período comprendido entre 2008 y 2012, los precios del gas y la electricidad (incluidos los impuestos y gravámenes) para los consumidores industriales aumentaron un 3,3 % y un 15 %, respectivamente, mientras que los de los hogares lo hicieron en un 13,6 % y un 18 %. Fuente: Eurostat. Incluye los impuestos en el caso de los hogares; no incluye el IVA ni otros impuestos recuperables en el caso de la industria; no se incluyen otras exenciones para la industria (dato no disponible) Los impuestos y gravámenes representan alrededor del 30 % de los costes finales de la electricidad para los hogares (frente al 26 % en 2008) y aproximadamente el 18 % para los consumidores industriales. Los costes de la electricidad para los consumidores industriales aumentaron un 127 % a lo largo del período, expresado en una media ponderada en la UE. (Si bien no se dispone de datos nacionales coherentes, varios Estados miembros establecen exenciones significativas de impuestos y gravámenes). Los costes subyacentes de la energía se mantuvieron relativamente estables, en torno a la mitad de la factura eléctrica total de los hogares y los usuarios industriales, mientras que los costes subyacentes de red constituyen la parte restante de la factura eléctrica. Existe una gran divergencia entre los Estados miembros en cada uno de los distintos componentes de los costes de la electricidad, lo que representan un reto para el mercado interior de la energía. Por ejemplo, en 2012 la contribución de los impuestos y gravámenes a los precios de la electricidad para los hogares se situaba en un intervalo de entre el 5 % y el 56 %. 2.6 Energía competitiva y
asequible para todos los consumidores La energía es importante para la competitividad
de las economías de los Estados miembros pues afecta a los costes de producción
de las industrias y servicios y al poder adquisitivo de los hogares. En los
últimos años, se ha incrementado la diferencia de los precios de la energía
entre la UE y muchos de sus principales socios económicos. La disponibilidad de
gas de esquisto en los Estados Unidos ha reducido sustancialmente los precios
del gas natural, así como de la electricidad generada a partir del gas natural.
No están aumentando los diferenciales de precios con países como China y Corea,
pero sigue existiendo una situación de desventaja comparativa. Tales
disparidades en los precios de la energía pueden reducir los niveles de
producción e inversión y cambiar las pautas comerciales a escala mundial, a
menos que se vean compensadas por la mejora de la eficiencia energética. Este riesgo es especialmente elevado en
el caso de las industrias con un gran componente de costes energéticos y que
están expuestas a la competencia internacional. Al mismo tiempo, el sector
manufacturero de la UE presenta unos costes operativos de la energía bajos en
relación tanto con la producción como con el valor añadido. Ello se debe
principalmente a la escasa intensidad energética de la producción industrial y
a que se centra en productos con mayor valor añadido. Las industrias
manufactureras han respondido a los aumentos del precio de la energía con
constantes mejoras de la intensidad energética y, de ese modo, han mantenido
una posición relativamente favorable. Desde 2005, sin embargo, se ha producido
una reestructuración hacia sectores con menores costes energéticos. En relación
con la posición relativa de EE.UU. y de la UE, mientras que Estados Unidos ha
mejorado su balanza comercial de la energía, aún no ha tenido lugar un gran
vuelco en la balanza comercial de bienes UE-EE.UU., ni se han producido cambios
significativos en la estructura global de las industrias manufactureras. Ello
no debe interpretarse en el sentido de que los efectos podrían no dejarse
sentir debido a un aumento creciente de la diferencia en los precios de la
energía, en particular debido a que se puede ralentizar la mejora de la
eficiencia energética. Los análisis de los precios y los costes
de la energía (que se publican junto con la presente Comunicación)[15] muestran que el
impacto en la competitividad relativa de la UE ha sido escaso, lo que podría
atribuirse directamente a unos precios más elevados de la energía y al precio
del carbono en el marco del RCDE, debido a la mejora de la eficacia energética.
No obstante, esto varía de un sector a otro y efectos indirectos, como los
aumentos de los costes de la electricidad, han incidido en los usuarios
intensivos de electricidad como los fabricantes de aluminio. También han tenido
éxito las políticas actuales destinadas a evitar la fuga de carbono, tales como
la asignación de derechos de emisión gratuitos en el RCDE. Todas las hipótesis
futuras parecen indicar que habrá una presión al alza de los costes de la
energía en la UE, especialmente por la necesidad de sustituir unas
infraestructuras obsoletas, la tendencia al alza de los precios de los
combustibles fósiles, la aplicación de las políticas existentes en materia de
energía y clima y las posibles incidencias de un precio del carbono más
elevado. Es prudente, por tanto, mantener el
actual marco estratégico en aquellos sectores industriales más expuestos al
riesgo de fuga de carbono hasta el final de la negociación en la fase 3. Por
consiguiente, la Comisión tiene la intención de presentar un proyecto de
decisión sobre la revisión de la lista de fuga de carbono al comité
reglamentario pertinente, lo que mantendría los criterios actuales y los
supuestos existentes. Mientras otras economías importantes no realicen
esfuerzos comparables, también será necesario adoptar políticas similares
(incluido un sistema mejorado de asignación gratuita de derechos de emisión con
una mejor focalización) después de 2020, a fin de garantizar la competitividad
de las industrias europeas con uso intensivo de energía. La Comisión seguirá
supervisando la aplicación de las actuales normas de fuga de carbono y demás
medidas pertinentes destinadas a aplicar el presente Marco con objeto de tomar
en consideración la situación económica general y los avances logrados en las
negociaciones internacionales sobre el clima. 2.7 Fomentar la seguridad
del abastecimiento energético Por seguridad del abastecimiento
energético se entiende garantizar el suministro permanente y adecuado de
energía procedente de todas las fuentes a todos los usuarios. En el caso de los
combustibles fósiles, la Agencia Internacional de la Energía prevé un
incremento de la dependencia de la UE de las importaciones de petróleo desde
aproximadamente el 80 % actual hasta más del 90 % en 2035. Del mismo
modo, se espera que la dependencia de las importaciones de gas aumente del
60 % a más del 80 %. La demanda creciente de energía a escala mundial
y la insuficiente competencia en los mercados energéticos de la UE ha sostenido
unos precios elevados de las materias primas. En 2012, la factura europea de
las importaciones de petróleo y gas ascendió a más de 400 000 millones
EUR, lo que representa un 3,1 % del PIB de la UE, frente a alrededor de
180 000 millones EUR por término medio en el período 1990-2011. Ello
aumenta la vulnerabilidad de la UE frente a las perturbaciones en el suministro
y los precios de la energía. Las políticas destinadas a mejorar la
seguridad de abastecimiento de la Unión deben seguir una orientación en tres
etapas. En primer lugar, la caída de la producción de petróleo y gas en la UE
hace que sea necesario seguir explotando fuentes de energía autóctonas
sostenibles. Las contribuciones pueden proceder de fuentes de energía
renovables, reservas nacionales de combustibles fósiles convencionales y no
convencionales (principalmente gas natural) y de la energía nuclear, con
arreglo a las preferencias de los Estados miembros a propósito de su
combinación energética y dentro del marco de un mercado integrado en el que no
se falsee la competencia. Cuando se exploten fuentes autóctonas, se deberá
respetar el marco de la legislación de la UE en vigor y los compromisos
internacionales tales como el adoptado por el G-20 para la eliminación
progresiva de las subvenciones a los combustibles fósiles. La Comisión ha establecido
un marco que acompaña a la presente Comunicación, para la explotación segura y
estable desde el punto de vista medioambiental del gas de esquisto[16]. En segundo lugar, los Estados miembros
deben actuar colectivamente para diversificar sus países de abastecimiento y
sus rutas de importación de combustibles fósiles. Asimismo, se ha de potenciar
la competencia en los mercados de la energía a través de una mayor
liberalización, la plena realización del mercado interior de la energía,
incluido el desarrollo de las infraestructuras de transporte, sin olvidar los
interconectores transfronterizos, que pueden ser más eficaces a la hora de
garantizar la seguridad del suministro que el apoyo a la capacidad de
generación doméstica. Los proyectos de interés común acordados de conformidad
con el Reglamento de infraestructuras energéticas deben traducirse en que la
mayoría de los Estados miembros alcancen el nivel de interconectores del
10 % acordado en 2002 como porcentaje de la capacidad de producción
instalada. En tercer lugar, se requieren mayores
esfuerzos para mejorar de forma rentable la intensidad energética de la
economía y generar ahorro energético con la mejora del rendimiento energético
de edificios, productos y procesos. La revisión de las políticas de ahorro
energético que se ha de realizar en 2014 arrojará luz sobre las futuras
acciones y objetivos en este ámbito. 3. Gobernanza europea para
el Marco de 2030 3.1 Planes nacionales para
una energía competitiva, segura y sostenible Si bien los Estados miembros necesitan
flexibilidad para elegir las políticas que mejor se adapten a su combinación
energética y preferencias nacionales, debe ser compatible con la mayor
integración de los mercados, el aumento de la competencia y la consecución de
los objetivos climáticos y energéticos de la Unión. La Comisión considera necesario
simplificar y racionalizar los actuales procesos independientes para la
presentación de informes sobre las energías renovables, la eficiencia
energética y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para el
período posterior a 2020, y dotarse de un proceso de gobernanza consolidado con
los Estados miembros. Los objetivos se alcanzarán mediante una combinación de
medidas nacionales y de la Unión descritas en los planes nacionales de los
Estados miembros para una energía competitiva, segura y sostenible, que: –
garanticen que se cumplen los objetivos
estratégicos de la UE con respecto al clima y la energía; –
aporten mayor coherencia a los planteamientos
de los Estados miembros; –
promuevan una mayor integración del mercado y
la competencia; –
aporten certidumbre a los inversores para el
período posterior a 2020. Estos planes deben establecer una fórmula
clara para alcanzar los objetivos nacionales en lo que respecta a las emisiones
de gases de efecto invernadero en el sector no abarcado por el RCDE, las
energías renovables, el ahorro de energía, la seguridad energética, la
investigación y la innovación y otras opciones importantes, como la energía
nuclear, el gas de esquisto, y la captura y el almacenamiento de carbono. El
objetivo explícito debe consistir en generar más certidumbre para los
inversores y un mayor grado de transparencia; reforzar la coherencia, la
coordinación y la supervisión de la UE, incluida la evaluación de dichos planes
con relación a los objetivos de la UE en materia de energía y clima; y avanzar
en la consecución de los objetivos del mercado interior de la energía y las
directrices sobre ayudas de Estado. Tendría que haber una estructura de
gobernanza clara con un proceso iterativo dirigido por la Comisión para evaluar
los planes de los Estados miembros en lo que respecta a estas cuestiones
comunes, y hacer recomendaciones, según proceda. Para llevar a cabo este proceso se pueden
contemplar tres etapas. Etapa 1:
La Comisión desarrollaría orientaciones detalladas sobre el funcionamiento del
nuevo proceso de gobernanza y, en particular, el contenido de los planes
nacionales. Convendrá definir el ámbito y los
objetivos de los planes y las condiciones básicas en las que deben operar. El
contenido debe abarcar aspectos importantes para que exista un sistema de la
energía competitivo, seguro y sostenible y demostrar su contribución al logro
de los objetivos de la UE en materia de clima y energía. En particular, los
planes describirían de qué forma un Estado miembro tiene la intención de lograr
las reducciones necesarias de las emisiones de gases de efecto invernadero, e
indicarían la cantidad de energía procedente de fuentes renovables y el ahorro
de energía que el Estado miembro pretende alcanzar en 2030, teniendo en cuenta
la legislación vigente de la Unión y sus políticas. Además, los planes deben
describir las políticas que afectan a la combinación energética nacional, como
la nueva capacidad de generación de energía nuclear, la implantación de la
captura y el almacenamiento de carbono, la transición a combustibles
hipocarbónicos, el desarrollo de fuentes de energía autóctonas, los planes de
infraestructura tales como nuevos interconectores, la fiscalidad nacional y los
planes de apoyo que tengan un efecto directo o indirecto, el despliegue de las
redes inteligentes, etc. Etapa 2:
Preparación de los planes de los Estados miembros a través de un proceso
iterativo. Celebrar consultas con los países vecinos
debe ser un elemento clave en la elaboración de los planes. Se debe fomentar la
adopción de enfoques regionales (basados en grupos regionales de electricidad,
por ejemplo), ya que contribuirán a una mayor integración del mercado a partir
de decisiones conjuntas sobre el desarrollo de las energías renovables, el
equilibrio de los mercados, la idoneidad de la generación y la construcción de
interconectores. La cooperación entre los Estados miembros mejorará también la
rentabilidad de las inversiones y reforzará la estabilidad de las redes. Etapa 3:
Evaluación de los planes y compromisos de los Estados miembros. En una tercera etapa, la Comisión
realizaría una revisión de los planes nacionales para evaluar si las medidas y
compromisos de los distintos Estados miembros son suficientes para alcanzar las
metas y objetivos climáticos y energéticos de la Unión. Si el plan se considera
insuficiente, se llevaría a cabo un proceso iterativo más intenso con los
Estados miembros afectados con el objetivo de reforzar su contenido. En general, la Comisión considera que los
planes nacionales deben ser operativos bastante antes de 2020, a fin de
orientar las acciones de los Estados miembros a su debido tiempo para el
período 2020-2030 y fomentar la inversión. Asimismo, se debe prever la actualización
de los planes nacionales al menos una vez durante el período que finaliza en
2030, con el fin de tener en cuenta la evolución de las circunstancias, aunque
tomando en consideración las legítimas expectativas de los inversores. Aunque habrá vínculos y
complementariedades evidentes entre este proceso de gobernanza y las políticas
nacionales notificadas en el marco del Semestre Europeo, la Comisión considera
que los dos procesos, aunque complementarios, deben gestionarse por separado,
habida cuenta del carácter diferente y específico de los campos de la energía y
el clima y la distinta periodicidad de los dos procesos. Es posible que la
estructura de gobernanza quede fijada en la legislación en una fecha posterior
si el planteamiento cooperativo previsto no es eficaz. La Comisión desarrollará
sus propuestas en relación con la estructura de gobernanza teniendo en cuenta
los puntos de vista del Parlamento Europeo, los Estados miembros y las partes
interesadas. 3.2 Indicadores y objetivos
para una energía competitiva, segura y sostenible Aunque unas cuotas más elevadas de
energías renovables y un sistema de la energía más eficiente contribuirán tanto
a la competitividad como a la seguridad de abastecimiento de energía (además
del impacto positivo en los gases de efecto invernadero y las emisiones
contaminantes), no bastan en sí mismos para garantizar que se avance lo
suficiente hacia la consecución de todos los aspectos de estos objetivos en el
horizonte de 2030. Se precisa realizar un seguimiento sistemático empleando
indicadores clave para evaluar los avances logrados a lo largo del tiempo e
informar cualquier futura intervención política. Entre estos indicadores se
incluirían: ·
los diferenciales de los precios de la energía
entre la UE y sus principales socios comerciales, basándose en el informe sobre
los precios y costes de la energía; ·
también debe ser objeto de seguimiento la
diversificación de las importaciones de energía y la cuota de fuentes de
energía autóctonas utilizadas en el consumo de energía durante el período que
termina en 2030; ·
el despliegue de redes inteligentes e
interconexiones entre los Estados miembros, con especial urgencia entre
aquellos que más lejos se encuentran de cumplir el objetivo ya pactado, que
consiste en garantizar un nivel de interconexiones eléctricas igual o superior
al 10 % de su capacidad de producción instalada; ·
el acoplamiento de los mercados de la energía
en el interior de la UE, basado en la liberalización de los mercados del gas y
la electricidad ya consagrada en la legislación de la UE; ·
la competencia y la concentración en los
mercados de la energía a nivel nacional y en las regiones que ya disponen de
acoplamiento a nivel mayorista; ·
la innovación tecnológica (gasto en I+D,
patentes de la UE, situación competitiva en tecnologías en comparación con
terceros países). La Comisión presentará informes
periódicos y, cuando proceda, medidas complementarias, a propósito de estos
indicadores. 4. Principales políticas
complementarias 4.1 Transporte El Libro Blanco sobre el transporte[17] estableció un objetivo
de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en el sector del
transporte de un 60 % de aquí a 2050 con respecto a 1990, y un 20 %,
aproximadamente, de aquí a 2030, respecto a las emisiones de 2008. Las emisiones
de gases de efecto invernadero aumentaron un 33 % durante el período
comprendido entre 1990 y 2007, pero desde entonces han descendido como
consecuencia de los elevados precios del petróleo, el aumento de la eficiencia
de los vehículos de pasajeros y un crecimiento más lento de la movilidad. Es
previsible que esta tendencia se mantenga hasta 2020, pero habrá que hacer
esfuerzos adicionales con posterioridad para alcanzar los objetivos del Libro
Blanco. Una reducción adicional de las emisiones
provocadas por el transporte requerirá una transformación gradual de todo el
sistema que tienda a una mejor integración entre los modos de transporte, un
mayor aprovechamiento de alternativas al transporte por carretera, la mejora de
la gestión de los flujos de tráfico a través de sistemas de transporte
inteligentes, y la innovación extensiva en los campos de las nuevas tecnologías
de propulsión y de navegación y combustibles alternativos y su despliegue. Ello
tendrá que ir acompañado de un diseño de infraestructuras moderno y coherente y
una fijación de los precios de utilización de la infraestructura más
inteligente. Los Estados miembros también deben estudiar de qué modo puede
utilizarse la fiscalidad de los combustibles y vehículos para respaldar la
reducción de los gases de efecto invernadero en el sector del transporte, en
consonancia con la propuesta de la Comisión sobre la imposición de los
productos energéticos[18]. A nivel internacional, la UE debe
participar activamente en la Organización de Aviación Civil Internacional con
el fin de crear, de aquí a 2016, un mecanismo global orientado al mercado en el
sector de la aviación que funcionará a partir de 2020. En cuanto a las
emisiones del transporte marítimo, la Comisión va a poner en práctica su
estrategia consistente en integrar este sector en las políticas de la UE de
reducción de gases de efecto invernadero[19],
y trabajar con la Organización Marítima Internacional en un enfoque global, a
fin de lograr la necesaria reducción de las emisiones con las medidas más
adecuadas. 4.2 Agricultura y uso del
suelo Los sectores de la agricultura, la
modificación del uso del suelo y la silvicultura contribuyen a la consecución
de múltiples objetivos tales como la producción de alimentos y piensos,
materias primas y energía, la mejora de la calidad del medio ambiente y la
mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo. Todos estos sectores emiten a la atmósfera gases de efecto
invernadero y también los absorben. Por ejemplo, la explotación ganadera y la utilización de
abonos produce emisiones, mientras que la gestión de los pastos o las medidas
agroforestales pueden absorber CO2 de la atmósfera. En la actualidad, la
emisión y la absorción se abordan en vertientes distintas de la política
climática de la UE. Las emisiones que no son de CO2 procedentes de
la agricultura se abordan en la Decisión sobre el
esfuerzo compartido, mientras que las emisiones de CO2
y absorciones relativas al uso de la tierra y la silvicultura quedan excluidas
del objetivo de reducción interior de la UE, pues se abordan de acuerdo con los
compromisos internacionales. Con el fin de garantizar que todos los sectores
contribuyan de una manera rentable a los esfuerzos para mitigar el impacto, los
sectores de la agricultura, la modificación del uso del suelo y la silvicultura
deben incluirse en el objetivo de reducción de las emisiones de GEI de aquí a
2030. Se llevarán a cabo análisis adicionales con objeto de evaluar el
potencial de mitigación y el enfoque estratégico más adecuado que podría utilizar,
por ejemplo, una futura decisión sobre el esfuerzo compartido por la que se rijan las emisiones de GEI de sectores no
incluidos en el RCDE o un pilar explícito distinto, o una combinación de ambos.
Las medidas estratégicas de acompañamiento también deben basarse en las
experiencias de «ecologización» en el marco de la política agrícola común y
garantizar la coherencia con otras políticas de la Unión. 4.3 Captura y almacenamiento
de carbono (CAC) Las emisiones de gases de efecto
invernadero procedentes de las industrias de la UE con mayor consumo de energía
y de carbono han de reducirse sustancialmente para que puedan ser compatibles
con el objetivo a largo plazo de la UE de reducción de los GEI. Dado que se
están alcanzando los límites teóricos de eficiencia y las emisiones vinculadas
a los procesos son inevitables en algunos sectores, la CAC puede ser la única
opción de que se disponga para la reducción de las emisiones directas de los
procesos industriales que es necesaria a gran escala a más largo plazo. Por
consiguiente, es esencial que, a lo largo de la próxima década, se
intensifiquen las iniciativas de I+D y de demostración comercial de la CAC, de
modo que puedan desarrollarse de aquí a 2030. Será necesario contar con un
marco de apoyo de la UE mediante un uso permanente y reforzado de los ingresos
procedentes de las subastas. En el sector de la electricidad, la CAC
puede ser una tecnología clave para la generación a partir de combustibles
fósiles que puede ofrecer capacidad de carga básica y de equilibrio en un
sistema eléctrico con cuotas crecientes de energías renovables variables. Los
Estados miembros con reservas de combustibles fósiles o elevadas cuotas de
combustibles fósiles en su combinación energética deben apoyar la CAC mediante
una fase de precomercialización con el fin de reducir costes y permitir el
desarrollo comercial antes de mediados de la próxima década. Ello debe incluir
el desarrollo de una adecuada infraestructura de almacenamiento y transporte de
CO2 que podría gozar de financiación
de la UE, como el Mecanismo «Conectar Europa» y cualquier posible programa que
le suceda. 4.4 Innovación y
financiación En el contexto del Marco para 2020, el Plan estratégico europeo de tecnología energética (Plan EETE) ha incrementado las
inversiones de I+D en toda la Unión de 3 200 millones a 5 400
millones EUR al año y está avanzando hacia una hoja de ruta única e integrada
que oriente las inversiones futuras. Para el periodo 2014-2020, la Unión está aumentando las inversiones en investigación y desarrollo
relacionadas con la energía y el clima y, en el marco de Horizonte 2020, el
nuevo programa de investigación e innovación de la Unión, cerca de 6 000
millones EUR se consagrarán a la eficiencia energética y a tecnologías seguras,
limpias e hipocarbónicas, así como a las ciudades y comunidades inteligentes.
Asimismo, se dispondrá de fondos adicionales para instrumentos financieros,
asociaciones público-privadas y proyectos de PYME. No obstante,
la UE tendrá que intensificar sus esfuerzos en materia de política de
investigación e innovación con el fin de apoyar el marco relativo al clima y la
energía para después de 2020. Especial hincapié debe hacerse en acelerar las
reducciones de costes y la asunción por parte del mercado de las tecnologías
hipocarbónicas (renovables, eficiencia energética, y procesos industriales
hipocarbónicos en toda una gama de sectores). Ello debe centrarse en el
incremento de inversiones en proyectos de demostración a gran escala, el
fomento de la demanda de tecnologías innovadoras y el establecimiento de marcos
normativos adecuados en todo el mercado único. La evidencia demuestra que, a
medida que maduren las nuevas tecnologías de la energía, se espera reducir los
costes entre un 30 % y un 80 %. Estas
actividades podrían abarcar el uso de los ingresos generados a través del RCDE
para financiar proyectos de demostración hipocarbónicos que abarquen, por
ejemplo, las energías renovables y la eficiencia energética, y aporten una
mayor inversión privada a través del Banco Europeo de Inversiones. Las hojas de
ruta hipocarbónicas elaboradas por los sectores industriales han puesto de
relieve la necesidad evidente del desarrollo y la demostración a gran escala de
procesos industriales hipocarbónicos innovadores, así como de nuevos productos
hipocarbónicos de elevado valor añadido. En consonancia con las políticas de
innovación e industrial de la Unión, se explorará, por tanto, la posibilidad de
contar con un sistema NER300 ampliado como medio de encauzar los ingresos
procedentes del comercio de emisiones hacia la demostración de tecnologías
hipocarbónicas innovadoras en los sectores industriales y de la generación
eléctrica. Una parte de los ingresos procedentes de las subastas podría
utilizarse también para incentivar la adopción de medidas adicionales de
reducción de los GEI, por ejemplo potenciando la convergencia y la coherencia
de los sistemas nacionales de fomento de las energías renovables, o para
ampliar las interconexiones y el despliegue de las redes inteligentes,
centrándose en aquellos Estados miembros con menor capacidad de inversión. Es evidente que, en el marco de los
programas de la Unión recientemente acordados, los Estados miembros disponen de
oportunidades considerables para fomentar las energías renovables y mejorar los
niveles mínimos de eficiencia energética. Durante el periodo 2014-2020 se
dispone de financiación de la UE, en el contexto de los Fondos Estructurales y
de Inversión Europeos, en los que se han reservado un mínimo de 23 000
millones EUR para el objetivo temático de «transición a una economía
hipocarbónica», lo que representa un aumento significativo de la ayuda de la UE
para el desarrollo masivo de las energías renovables, la eficiencia energética,
el transporte urbano con bajas emisiones de carbono y soluciones de las redes
inteligentes en la UE. Deberá prestarse mucha más atención a la estructuración
y el despliegue de nuevos instrumentos financieros (o la recapitalización de
los ya existentes), que favorecerán la confianza de los inversores, de modo que
las finanzas públicas puedan utilizarse para movilizar capital privado de
manera más eficaz. No obstante, se ha de empezar a
reflexionar sobre los instrumentos que serán necesarios para el período
posterior a 2020 a fin de abordar las cuestiones relacionadas con el clima y la
energía, incluidas las diferentes implicaciones de costes para los Estados
miembros descritas en la sección 2.1. Será también importante desarrollar
técnicas de ingeniería financiera y facilitar el acceso a la financiación de
las PYME. Estos instrumentos también deberían posibilitar que las autoridades
regionales y locales invirtiesen y explotasen las posibilidades con bajas
emisiones de carbono, como es el caso actualmente con la iniciativa «Ciudades
inteligentes», que apoyará a las ciudades y regiones en la adopción de medidas
ambiciosas y pioneras para alcanzar una reducción del 40 % de las
emisiones de gases de efecto invernadero en 2020 mediante un uso y una
producción sostenibles de la energía[20]. 5. Contexto internacional El nuevo Marco para 2030 deberá tener en
cuenta la actual situación internacional y la evolución prevista. El paisaje
energético está sometido actualmente a grandes transformaciones. Es evidente
que, en el período que culminará en 2030, la demanda de energía aumentará a
nivel mundial, en particular, en Asia, con un fuerte incremento previsto de las
importaciones de hidrocarburos en países como China y la India. Se espera que la creciente demanda de energía se satisfaga en
parte gracias a los avances tecnológicos (explotación de yacimientos en aguas
profundas, técnicas de recuperación mejoradas, recursos no convencionales) y la
consiguiente diversificación geográfica de la producción y las rutas
comerciales (especialmente para el gas natural licuado). Los flujos comerciales y los precios de la energía se ven
profundamente afectados por esta situación, que tendrá consecuencias para la UE
debido a su gran dependencia de las importaciones. Al mismo tiempo, la
globalización de los flujos de la energía y el aumento de la diversidad de los
agentes internacionales está generando una dinámica propicia para desarrollar
un nuevo enfoque de la gobernanza mundial de la energía basada en normas. Los esfuerzos realizados por los socios
internacionales de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto
invernadero son desiguales. El enfoque ascendente del proceso de compromisos de Copenhague-Cancún constituyó un avance significativo, aunque insuficiente, hacia un
régimen más integrador, que fue testigo de cómo China, la India, Brasil,
EE.UU., la UE y más de 100 países, que representan más del 80 % de las
emisiones mundiales, se comprometían colectivamente a desarrollar políticas
climáticas específicas. En general, sin embargo, la acción por el clima ha sido
fragmentaria y se ha adaptado a condiciones económicas específicas. Treinta y
ocho países desarrollados, incluida la UE, los Estados miembros e Islandia, han
asumido compromisos de emisión jurídicamente vinculantes para un segundo
período en el marco del Protocolo de Kioto, que suponen una reducción media de
al menos el 18 % en relación con los niveles de 1990. Aunque hay un país
más que en el primer período de compromiso, Japón, Nueva Zelanda y la
Federación de Rusia no han asumido nuevas obligaciones. Recuadro 3: Avances internacionales en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. En 2012, las emisiones mundiales de dióxido de carbono aumentaron un 1,1 %, aunque a un ritmo inferior al incremento medio anual del 2,9 % registrado durante el último decenio. Los mayores emisores de CO2 son ahora China (29 % de las emisiones mundiales), Estados Unidos (16 %), la UE (11 %), la India (6 %), la Federación de Rusia (5 %) y Japón (3,8 %). Desde 1990, las emisiones de CO2 de China han aumentado considerablemente en torno a un 290 % y un 70 % respecto a 2005. Actualmente sus emisiones son similares a las de la UE, es decir, unas 7 toneladas per cápita. En 2012, las emisiones de CO2 de los EE.UU. disminuyeron un 4 % y se han reducido en más del 12 % desde 2005. Las emisiones per cápita son, sin embargo, mucho más elevadas, pues se situaron en 16,4 toneladas en 2012. El significativo descenso de las emisiones se debe en gran medida a la explotación de gas de esquisto nacional que ha desplazado al carbón en el sector de la generación de electricidad. Las emisiones de la India crecieron un 6,8 % en 2012, un 53 % de 2005 a 2012 y un 200 % con respecto a 1990, a pesar de que, con menos de 2 toneladas, las emisiones per cápita siguen estando muy por debajo de las de la UE. Las emisiones de Japón se mantuvieron sin cambios durante el período de 2005 a 2012, pero han aumentado desde 1990 y siguen una tendencia al alza. Recientemente Japón ha rebajado significativamente sus planes para reducir los gases de efecto invernadero de aquí a 2020 en el contexto de la revisión de su política energética a raíz del accidente nuclear de Fukushima. Otro tanto han hecho Australia y Canadá. En la actualidad, China es, junto con la
UE, el mayor inversor en energías renovables y ha puesto en marcha una serie de
regímenes de comercio de derechos de emisión a nivel regional que abarca las
regiones económicas más importantes, con vistas a desarrollar un sistema
nacional, prestando especial atención a la contaminación atmosférica local y la
seguridad energética. EE.UU. ha visto cómo se reducían sus emisiones de gases
de efecto invernadero de acuerdo con el objetivo de reducción de un 17 %
de aquí a 2020 en comparación con 2005, como consecuencia no solo de la
transición del carbón al gas, sino también de unas normas más estrictas de
emisiones de CO2 para los vehículos, el mayor desarrollo de las energías
renovables y un activo sector privado que invierte intensivamente en nuevas
tecnologías e innovación. Brasil ha hecho progresos en el proceso de contención
de la deforestación masiva. Aunque la UE es actualmente líder mundial en
tecnologías hipocarbónicas, otras grandes economías en rápido crecimiento han
mostrado un interés estratégico por competir en estos nuevos mercados. Unas aspiraciones renovadas en materia de clima y energía harán
posible que Europa mantenga su ventaja competitiva como pionera en estos
mercados mundiales en rápido crecimiento. En términos generales, sigue existiendo
un gran desfase de ambiciones entre las iniciativas destinadas a mitigar los
impactos y las medidas necesarias para limitar el aumento de la temperatura
global a menos de 2°C[21].
Por esta razón, en 2011 las Partes en el CMNUCC pusieron en marcha un proceso
destinado a celebrar en diciembre de 2015 un nuevo acuerdo internacional en
París, que sería aplicable a todas las Partes y abarcaría el período posterior
a 2020. Las Partes deben estar dispuestas a presentar
sus contribuciones a más tardar en el primer trimestre de 2015 para que se
disponga de tiempo suficiente para el debate y la evaluación del objetivo
consensuado de limitar el aumento de la temperatura a escala mundial por debajo
de 2°C. La Unión debe estar dispuesta a
desempeñar su papel y adoptar nuevas medidas ambiciosas para reducir sus
emisiones de gases de efecto invernadero y fomentar las energías renovables y
la eficiencia energética. Ello revierte en nuestro propio interés, pero debemos
invitar a nuestros socios internacionales a participar en el desafío global de
la lucha contra el cambio climático. Una mayor implicación internacional
también ayudaría a mantener la competitividad a largo plazo de la base
industrial de la Unión. 6. Próximos pasos En opinión de la Comisión, entre los
elementos clave de un nuevo marco sobre el clima y la energía para 2030 se debe
incluir un objetivo de reducción de los gases de efecto invernadero a nivel de
la UE que se reparta equitativamente entre los Estados miembros en forma de
objetivos nacionales vinculantes, una reforma del sistema de comercio de
derechos de emisión, un objetivo a nivel de la UE para la cuota de energías
renovables y un nuevo proceso de gobernanza europeo para las políticas de
energía y clima basado en los planes de los Estados miembros para una energía
competitiva, segura y sostenible. La eficiencia energética seguirá desempeñando
un papel importante en la consecución de los objetivos de la Unión en materia
de clima y energía y será objeto de un estudio que concluirá a lo largo de
2014. La Comisión invita al Consejo y el
Parlamento Europeo a que, antes de que finalice 2014, convengan que la Unión
Europea debe comprometerse a reducir las emisiones de gases de efecto
invernadero en un 40 % a más tardar a principios de 2015 en el marco de
las negociaciones que concluirán en París en diciembre de 2015. La Unión también
debe estar dispuesta a contribuir positivamente a la cumbre organizada por el
Secretario General de las Naciones Unidas en septiembre de 2014. La Comisión invita también al Consejo y
al Parlamento Europeo a que refrenden un objetivo a nivel de la UE de, como
mínimo, el 27 % como cuota de la energía procedente de fuentes renovables
que se ha de consumir en la UE antes de 2030 y que debe alcanzarse mediante
compromisos claros de los propios Estados miembros, con el apoyo de mecanismos
e indicadores de aplicación reforzados a escala de la UE. La Comisión invita también al Consejo y
al Parlamento Europeo a que refrenden el planteamiento de la Comisión sobre las
políticas futuras en materia de clima y energía y su propuesta de establecer un
sistema de gobernanza eficaz para la consecución de los objetivos climáticos y
energéticos. [1] Datos de Eurostat sobre el sector de bienes y
servicios medioambientales. [2] Climate Change 2013 The Physical Science Basis;
Working Group I of the IPPC; Summary for Policy Makers. Cambio climático 2013. Bases de la ciencia física; grupo de
trabajo I del IPPC; resumen para responsables políticos, octubre de 2013. [3] COM(2013) 169: Libro Verde. Un marco para las políticas de clima y energía en 2030. [4] COM(2011) 885: Hoja de
Ruta de la Energía para 2050; COM(2011) 112: Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050. [5] http://ec.europa.eu/energy/consultations/20130702_green_paper_2030_en.htm.
[6] COM(2011) 885. [7] COM(2014) 14. [8] El sector abarcado por el RCDE engloba a 11 000
instalaciones fijas de generación y producción de energía eléctrica y que son
grandes usuarios de energía. [9] COM(2012) 595. [10] COM(2013) 17. [11] COM(2013) 659. [12] COM(2014) 20. [13] C(2013) 7243. [14] http://ec.europa.eu/competition/consultations/2013_state_aid_environment/index_en.html. [15] COM(2014) 21; SWD(2014) 19; SWD(2014) 20. [16] Agencia Internacional de la Energía, C(2014) 267. [17] COM(2011) 144. [18] COM(2011) 169. [19] COM(2013) 479. [20] http://setis.ec.europa.eu/set-plan-implementation/technology-roadmaps/european-initiative-smart-cities. [21] PNUMA: Informe de 2013 sobre la disparidad de las
emisiones.