|
DICTAMEN
|
|
Comité Económico y Social Europeo
|
|
Informe sobre la política de competencia
|
|
_____________
|
|
Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Informe sobre la política de competencia 2021
[COM(2022) 337 final]
|
|
|
|
INT/995
|
|
|
|
Ponente: Philip VON BROCKDORFF
|
|
|
|
Consulta
|
Comisión Europea, 27/10/2022
|
|
Base jurídica
|
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
|
|
|
|
|
Sección competente
|
Sección de Mercado Único, Producción y Consumo
|
|
Aprobado en la Sección
|
10/11/2022
|
|
Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)
|
51/0/3
|
|
Aprobación en el pleno
|
14/12/2022
|
|
Pleno n.º
|
574
|
|
Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)
|
206/0/2
|
1.Conclusiones y recomendaciones
1.1El Comité Económico y Social Europeo (CESE) pide que se mantenga el diálogo con la Comisión sobre las nuevas medidas necesarias para reforzar el funcionamiento del mercado único.
1.2El CESE insta a la DG Competencia a que realice un seguimiento continuo de los regímenes aprobados por la propia Comisión y puestos en marcha por los Estados miembros en respuesta a la crisis de la COVID-19 y a la guerra de Ucrania, a fin de evitar que los fondos se desvíen a empresas que no son económicamente viables.
1.3Dicho esto, el CESE pide a la Comisión que haga uso de la máxima flexibilidad permitida por las normas sobre ayudas estatales para que los Estados miembros puedan adoptar regímenes que proporcionen una ayuda eficaz a las empresas afectadas por la guerra de Ucrania.
1.4El CESE acoge favorablemente las nuevas Directrices de la Comisión sobre ayudas estatales en los ámbitos del clima, la protección del medio ambiente y la energía, y las considera un paso en la dirección correcta.
1.5El CESE apoya las investigaciones sobre prácticas no competitivas de los gigantes tecnológicos, en consonancia con la posición adoptada por el CESE sobre la Ley de Mercados Digitales.
1.6El CESE pide una mayor cooperación entre las autoridades nacionales en el seno de la Red Europea de Competencia con el fin de seguir aplicando el Derecho de competencia de la UE contra las empresas que lleven a cabo prácticas empresariales transfronterizas que limiten la competencia y sean perjudiciales para los clientes.
1.7El CESE pide una competencia en igualdad de condiciones en el sector de la aviación. Sin embargo, advierte contra el desarrollo de un mercado de la aviación que con el tiempo podría acabar dominado por un número reducido de compañías aéreas.
1.8El CESE apoya la propuesta de Reglamento de la Comisión sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado y se conceden a empresas de terceros países que operan en la UE, pero pide a la Comisión que centre también su atención en las subvenciones que distorsionan el mercado y otras prácticas contrarias a la competencia tanto en empresas estatales como privadas de fuera de la UE.
1.9El CESE advierte contra posibles acuerdos contrarios a la competencia o abusos de posición dominante en el sector de hipermercados y tiendas de alimentación, que perjudican a los consumidores a través de precios más elevados y a los productores a través de precios de los suministros más bajos.
1.10El CESE acoge favorablemente la propuesta de la Comisión sobre el nuevo Instrumento de Emergencia del Mercado Único, que complementa otras medidas legislativas de la UE para la gestión de crisis.
1.11El CESE pide que se adopten nuevas medidas para reforzar la competencia y el mercado único en un momento en que las economías siguen enfrentándose a los retos causados por los elevados precios de la energía, las limitaciones de la oferta y la incertidumbre económica.
1.12El CESE está firmemente convencido de que la agenda de la UE para una economía ecológica y digital basada en los fundamentos de una economía social de mercado no debe cambiar debido a la guerra de Ucrania.
1.13Por último, el CESE recomienda que se utilicen las ayudas estatales, en la medida en que lo permite la legislación de la UE, para contrarrestar las consecuencias socioeconómicas de la guerra de Ucrania, prestando especial atención a la igualdad de género y a una perspectiva de género más amplia, en particular en el caso de los refugiados que se encuentran en los Estados miembros colindantes con Ucrania.
2.Contexto general
2.1El informe de 2021 sobre la política de competencia presenta los principales avances políticos y las iniciativas legislativas emprendidas el año pasado, así como una selección de medidas de ejecución. En 2021, la Comisión llevó a cabo su revisión de los Reglamentos, directrices y comunicaciones clave en materia de competencia, tal como se establece en su Comunicación «Una política de competencia adaptada a los nuevos retos»
, que enmarca el papel de la política de competencia en la senda de Europa hacia la recuperación, las transiciones ecológica y digital y un mercado único resiliente.
2.2La Comisión también adoptó una propuesta de nuevo Reglamento para abordar las distorsiones causadas por las subvenciones extranjeras concedidas por terceros países a empresas activas en el mercado único
, a raíz de las propuestas de 2020 sobre la Ley de Mercados Digitales y la Ley de Servicios Digitales, ambas destinadas a abordar una amplia gama de retos digitales
. En particular, la Ley de Mercados Digitales estableció obligaciones que actúan como guardianes de acceso para las empresas y los consumidores en el mercado único.
2.3Se actualizaron las normas y orientaciones sobre defensa de la competencia y concentraciones para hacer frente a los retos. Esto incluyó una revisión de las normas sobre la oferta vertical y la cooperación horizontal, dirigida estas últimas en particular a facilitar a las empresas la cooperación para mejorar la eficiencia económica. Además, la Comisión publicó los resultados de su evaluación de la Comunicación relativa a la definición de mercado, que ofrece orientaciones sobre cómo se aplican las normas sobre competencia en los mercados de productos y geográficos.
2.4La Comisión también actualizó las normas sobre ayudas estatales y las orientaciones para ayudar a abordar las circunstancias cambiantes y apoyar las transiciones ecológica y digital. Resulta especialmente pertinente la necesidad de aumentar la resiliencia del mercado único ante la incertidumbre económica. La Comisión lo hace al realizar un seguimiento de la evolución del mercado. El Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal fue especialmente oportuno y pertinente para prestar apoyo a empresas de toda la UE. La evolución de la situación provocada por la agresión de Rusia contra Ucrania requiere nuevos ajustes políticos por parte de la Comisión. Mientras tanto, la Comisión introdujo medidas de apoyo a la inversión hasta finales de 2022 y a la solvencia hasta el 31 de diciembre de 2023, lo que permitió a los Estados miembros movilizar fondos privados y ponerlos a disposición de las pymes.
2.5Igualmente importante fue la revisión de las Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y descarbonización de las actividades económicas. Fue necesario ampliar el ámbito de aplicación de estas Directrices para abarcar nuevas actividades económicas, como la movilidad limpia y la descarbonización de la industria. Por lo tanto, las Directrices revisadas respaldan el Pacto Verde Europeo.
2.6Además, la Comisión revisó el Reglamento de exención por categorías de acuerdos verticales y las Directrices verticales. El objetivo es actualizar las normas anteriores que no se consideraron adecuadas para el fin perseguido, habida cuenta de cambios en el mercado como el crecimiento de las ventas por internet.
2.7Se amplió también el ámbito de aplicación de la exención general por categorías para facilitar los programas financiados por la UE. En esencia, esto ayuda a racionalizar las normas sobre ayudas estatales aplicadas a la financiación nacional y en relación con programas específicos de la UE.
2.8Además, se adoptaron Directrices revisadas sobre las ayudas estatales de finalidad regional para permitir a los Estados miembros apoyar a las regiones menos favorecidas, así como a las regiones que se enfrenten a retos estructurales.
2.9Un avance importante fue la adaptación de la Comisión a la aplicación actual y futura en relación con los retos planteados por la transformación digital. La eficiencia y la eficacia con las que la Comisión puede responder a las prácticas contrarias a la competencia de empresas como Apple, Amazon o Facebook se consideraron fundamentales.
2.10En la misma línea, la Comisión llevó a cabo una reorganización para abordar proyectos importantes de interés común europeo. También fue pertinente la creación de un grupo de trabajo para apoyar la aplicación de la Ley de Mercados Digitales.
2.11Para reforzar el funcionamiento del mercado único, se ha previsto un presupuesto de 4 200 millones EUR para lo que se conoce como Programa para el Mercado Único, destinado a aplicar la política de competencia de la UE.
2.12La aplicación efectiva de las normas de competencia de la UE y las reformas normativas son fundamentales para la transformación digital de la economía de la UE y para una mayor resiliencia del mercado único en tiempos muy difíciles.
2.13A este respecto, la importancia de las investigaciones antimonopolio y de prácticas abusivas por parte de grandes empresas multinacionales es de suma importancia. El control de las concentraciones por parte de la Comisión también garantiza que la consolidación se lleve a cabo de manera que permita la competencia en los mercados y aborde el dominio del mercado. El número de decisiones sobre concentraciones alcanzó la impresionante cifra de 396 en varios sectores.
2.14Otro avance importante fue el rumbo marcado en la infraestructura de banda ancha que satisface las necesidades de velocidades digitales muy elevadas, tal como se establece en la sociedad del gigabit para 2025 en la UE y la Estrategia Digital, así como en los objetivos mencionados en la Brújula Digital 2030. Las ayudas estatales apoyan las infraestructuras de banda ancha en toda la UE a la hora de abordar situaciones en las que no hay incentivos para que los operadores privados proporcionen una cobertura de banda ancha adecuada.
2.15Las actividades de la Comisión también contribuyeron a los objetivos medioambientales, especialmente en lo que se refiere a la descarbonización de las economías y al cambio gradual pero constante en el sector del transporte de combustibles fósiles a combustibles alternativos. Evitar el falseamiento de la competencia es fundamental a la hora de apoyar el Pacto Verde Europeo y, también a este respecto, la Comisión aprobó una serie de medidas de ayuda estatal destinadas a facilitar la transición ecológica de la UE.
2.16También destacó la aplicación de la normativa antimonopolio y el control de las concentraciones en la industria automovilística, que contribuyen a la transición ecológica. Esta actuación de la Comisión conllevó la imposición de multas por valor de cientos de millones de euros.
2.17Es de enorme importancia que el papel de la Comisión en el fomento de la política de competencia esté vinculado a la manera en que la competencia funciona para los consumidores en toda la UE. Como señala acertadamente el informe, la economía social de mercado es uno de los pilares de la UE y la aplicación de las normas de competencia y la protección de la competencia en todo momento contribuyen a un mayor desarrollo de la economía social de mercado.
2.18La misma lógica se aplica a los servicios financieros, sector en el que la Comisión hizo frente a posibles cárteles en el sector de los servicios financieros con la imposición de multas elevadas a una serie de entidades financieras.
2.19Igualmente importante fue la respuesta de la Comisión a las consecuencias económicas y sociales de la crisis de la COVID-19 al aplicar la flexibilidad permitida en las normas sobre ayudas estatales a través del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal. Esto permitió a los Estados miembros establecer regímenes para las empresas, como las garantías de préstamos. La Comisión aprobó una serie de regímenes cuyo valor asciende a miles de millones de euros en virtud del Marco Temporal en una serie de sectores afectados por las restricciones relacionadas con la COVID-19, incluido el sector de la aviación, para hacer frente a las necesidades de liquidez y capital.
2.20Un importante papel desempeñado por la Comisión consistió en proporcionar orientación y apoyo para facilitar los planes nacionales de recuperación y resiliencia presentados por los Estados miembros. Esto fue necesario para garantizar la compatibilidad de los planes con las normas sobre ayudas estatales.
2.20.1En 2021, la Comisión siguió velando por la aplicación coherente de los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Asimismo, la Comisión supervisó y ayudó a los Estados miembros en sus esfuerzos para transponer la Directiva REC+ al Derecho nacional. Esta Directiva faculta a las autoridades de competencia de toda la UE para hacer cumplir las normas de competencia de manera más eficaz y garantizar el correcto funcionamiento del mercado único.
2.21Por último, la Comisión se mantuvo activa en el Comité de Competencia de la OCDE, la Red Internacional de Competencia y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.
3.Observaciones generales
3.1El CESE toma nota del trabajo constructivo llevado a cabo por la Comisión para seguir reforzando el mercado único mediante la aplicación de las normas de competencia y la protección de la competencia en toda la UE.
3.2El CESE también toma nota de la eficiencia con la que la Comisión respondió para atenuar el impacto de las restricciones relacionadas con la COVID-19 mediante la adopción de un marco temporal relativo a las medidas de ayuda estatal que permitió a los Estados miembros prestar el apoyo necesario a las empresas, preservando al mismo tiempo la integridad del mercado único.
3.3Se ha aplicado el mismo nivel de eficiencia en respuesta a la crisis desatada por la invasión rusa de Ucrania. El CESE considera que la rápida adopción del marco temporal de crisis relativo a las medidas de ayuda estatal fue tan crítica como las medidas adoptadas en relación con las restricciones derivadas de la COVID-19. Por consiguiente, el CESE insta a la Comisión a que haga uso de toda la flexibilidad permitida por las normas sobre ayudas estatales cuando los Estados miembros se enfrenten a perturbaciones económicas.
3.4El CESE también toma nota del trabajo realizado por la Comisión en su revisión de los Reglamentos, directrices y comunicaciones clave para garantizar que siguen siendo adecuados para el fin perseguido, especialmente en la revisión del Reglamento de exención por categorías de acuerdos verticales y de las Directrices verticales.
3.5El CESE considera que la adopción de un Reglamento que amplíe el ámbito de aplicación del Reglamento general de exención por categorías y la publicación de las Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía son pasos importantes en apoyo de los principales objetivos políticos de la UE. También se considera pertinente la adopción de una Comunicación revisada sobre proyectos importantes de interés común europeo.
3.6El CESE toma nota de los esfuerzos realizados para avanzar hacia la adopción de la Ley de Mercados Digitales. Considera que este acto legislativo constituye un paso importante hacia la aplicación de las normas sobre competencia y la protección de los clientes a la hora de utilizar servicios digitales.
3.7El CESE señala también que la propuesta de Reglamento sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior se encuentra en proceso de adopción. En varios de sus dictámenes, se ha pronunciado en contra de que se concedan subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado a empresas activas en la UE; la propuesta de Reglamento conferiría a la Comisión nuevas competencias para investigar dichas subvenciones extranjeras y adoptar medidas de reparación siempre que fuera necesario. Considera que esto es compatible con el principio de competencia leal en igualdad de condiciones.
3.8El CESE toma nota de las medidas de defensa de la competencia, así como de las medidas adoptadas en relación con el control de las concentraciones. Esta actuación es necesaria para preservar la integridad del mercado único y proteger a la ciudadanía de la UE, en particular frente a las decisiones adoptadas por los gigantes tecnológicos.
3.9La aprobación por parte de la Comisión de una serie de medidas de ayuda estatal de apoyo a la transición ecológica de la UE —incluidas medidas de apoyo a las energías renovables y la movilidad limpia— allana el camino para nuevas acciones positivas en el futuro.
4.Recomendaciones específicas
4.1El CESE pide que se mantenga el diálogo con la Comisión sobre las nuevas medidas necesarias para reforzar el funcionamiento del mercado único. A este respecto, destaca su reciente Dictamen en el que se señalan las deficiencias del mercado único de la UE.
4.2Si bien el CESE ha elogiado la rapidez con la que la Comisión ha respondido a las restricciones relacionadas con la COVID-19 y, más recientemente, a las repercusiones económicas de la guerra de Ucrania, pide un seguimiento continuo de los regímenes aprobados por la propia Comisión y puestos en marcha por los Estados miembros en respuesta a la crisis de la COVID-19 y a la guerra de Ucrania, a fin de evitar que los fondos se desvíen a empresas que no son económicamente viables. El nivel de apoyo necesario y las presiones a las que se enfrentan los gobiernos de toda la UE para proporcionar ayuda estatal son extraordinarios y pueden derivar en tales situaciones.
4.3Dicho esto, el CESE pide a la Comisión que haga uso de la máxima flexibilidad permitida por las normas sobre ayudas estatales para que los Estados miembros puedan adoptar regímenes que proporcionen una ayuda eficaz a las empresas y comunidades afectadas por la guerra de Ucrania. Al mismo tiempo, subraya que estas ayudas deben permitirse con un mínimo falseamiento de la competencia.
4.4El CESE destaca los esfuerzos realizados para apoyar la agenda ecológica de la UE a través de la política de competencia. Este apoyo es vital y las nuevas directrices de la Comisión sobre ayudas estatales en los ámbitos del clima, la protección del medio ambiente y la energía son un paso en la dirección correcta. Dado que los tres sectores están interrelacionados, considera que las nuevas directrices proporcionan una base sólida para un apoyo eficaz al Pacto Verde Europeo.
4.5El CESE destaca y apoya plenamente las investigaciones llevadas a cabo por la Comisión sobre las prácticas no competitivas de una serie de gigantes tecnológicos, ya que están en consonancia con su propia posición en relación con la Ley de Mercados Digitales, especialmente en lo que respecta a su importancia para hacer posible la competencia en los servicios digitales y proteger a la ciudadanía de la UE de las prácticas abusivas de los gigantes tecnológicos. Esto demuestra que la Comisión tiene ahora más posibilidades de alcanzar su objetivo de avanzar hacia un mercado digital más regulado.
4.6El CESE pide una mayor cooperación entre las autoridades nacionales en el seno de la Red Europea de Competencia con el fin de seguir aplicando el Derecho de competencia de la UE contra las empresas que lleven a cabo prácticas empresariales transfronterizas que limiten la competencia y sean perjudiciales para los clientes. Considera fundamental coordinar las investigaciones.
4.7El CESE ha señalado la importancia de las decisiones de la Comisión relativas al sector de la aviación, en particular durante la pandemia, y pide una competencia en igualdad de condiciones en todo el sector. Sin embargo, advierte contra el desarrollo de un sector y mercado de la aviación que con el tiempo podría acabar dominado por un número reducido de compañías aéreas.
4.8El CESE respalda plenamente la propuesta de Reglamento de la Comisión sobre subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado y se conceden a empresas de terceros países que operan en la UE. Esto tiene efectos evidentes de falseamiento de la competencia y las empresas extranjeras también pueden beneficiarse de ventajas fiscales, falseando aún más la competencia. El CESE también pide a la Comisión que adopte medidas adecuadas en relación con las subvenciones que distorsionan el mercado y otras prácticas contrarias a la competencia en empresas (estatales o privadas) de fuera de la UE. Esto también contribuiría a alcanzar los objetivos de la estrategia industrial europea.
4.9El CESE toma nota de que la Comisión y las autoridades nacionales de competencia están supervisando la situación de las cadenas de suministro alimentario en Europa. Advierte contra posibles acuerdos contrarios a la competencia o abusos de posición dominante, que afectan a los consumidores en forma de precios más elevados. El CESE también advierte contra la adopción de un papel dominante en el mercado alimentario por parte del sector de hipermercados y tiendas de alimentación, lo que se traduciría en precios más elevados en detrimento de los consumidores y unos precios de suministro más bajos en detrimento de los productores. Es consciente de que corresponde a los Estados miembros garantizar la aplicación de la Directiva relativa a las prácticas comerciales desleales a fin de abordar las situaciones en las que existen desequilibrios en las relaciones comerciales concretas. Insta, por consiguiente, a la Comisión a que realice un seguimiento continuo de la eficacia del análisis del mercado y de las medidas adoptadas por las autoridades nacionales.
4.10El CESE acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión sobre el nuevo Instrumento de Emergencia del Mercado Único, que complementa otras medidas legislativas de la UE para la gestión de crisis, como el Mecanismo de Protección Civil de la Unión, así como las normas de la UE para sectores específicos, cadenas de suministro y productos como en el caso de la atención sanitaria, los semiconductores y la seguridad alimentaria, que ya prevén medidas específicas de respuesta a las crisis. Considera que esto proporciona un marco equilibrado de gestión de crisis para determinar las diferentes amenazas para el mercado único y garantizar su buen funcionamiento, ya que crea una arquitectura de gobernanza de crisis, propone nuevas medidas para contrarrestar los efectos negativos en el mercado único y permite medidas de último recurso en caso de emergencia.
4.11El CESE pide que se adopten nuevas medidas para reforzar la competencia y el mercado único en un momento en que las economías siguen enfrentándose a los problemas causados por los elevados precios de la energía, las limitaciones de la oferta y la incertidumbre económica.
4.12El CESE está firmemente convencido de que la agenda de la UE para una economía ecológica y digital basada en los fundamentos de una economía social de mercado no debe cambiar debido a la crisis que está teniendo lugar en Ucrania. El objetivo de la UE debe seguir siendo conseguir, gracias a la actuación de la Comisión y las autoridades nacionales de toda la UE, unos mercados que ofrezcan precios competitivos y justos a la ciudadanía de la UE. A este respecto, cabe mencionar la reciente propuesta de la Comisión sobre la adquisición conjunta de gas natural como solución temporal pero eficaz para estabilizar los precios de la energía.
4.13Como último punto, se hace referencia a la utilización de las ayudas estatales, en la medida en que lo permiten las normas de la Unión, para apoyar medidas que contrarresten las consecuencias socioeconómicas de la guerra de Ucrania, incluida la crisis de los refugiados que afecta a los Estados miembros limítrofes con Ucrania, y a la necesidad de prestar especial atención a la igualdad de género y a una perspectiva de género más amplia.
Bruselas, 14 de diciembre de 2022
Christa SCHWENG
Presidenta del Comité Económico y Social Europeo
_____________