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Document 62022CN0662

    Asunto C-662/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio (Italia) el 19 de octubre de 2022 — Airbnb Ireland UC / Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni

    DO C 63 de 20.2.2023, p. 13–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.2.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 63/13


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio (Italia) el 19 de octubre de 2022 — Airbnb Ireland UC / Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni

    (Asunto C-662/22)

    (2023/C 63/18)

    Lengua de procedimiento: italiano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Airbnb Ireland UC

    Demandada: Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Se opone el Reglamento (UE) 2019/1150 (1) a una disposición nacional que, a fin de promover la equidad y la transparencia en favor de los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea, en particular mediante la adopción de orientaciones, el fomento de códigos de conducta y la recopilación de información pertinente, impone a los proveedores de servicios de intermediación en línea y de motores de búsqueda en línea la obligación de inscribirse en un registro, que conlleva la comunicación de información relevante sobre su organización y el pago de una contribución económica, además de la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento?

    2)

    ¿Obliga la Directiva (UE) 2015/1535 (2) a los Estados miembros a comunicar a la Comisión las medidas por las que se impone a los proveedores de servicios de intermediación en línea y de motores de búsqueda en línea la obligación de inscribirse en un registro, que conlleva la comunicación de información relevante sobre su organización y el pago de una contribución económica, además de la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento, y, de ser así, permite dicha Directiva que un particular se oponga a que se le apliquen las medidas no notificadas a la Comisión?

    3)

    ¿Se opone el artículo 3 de la Directiva 2000/31/CE (3) a la adopción por las autoridades nacionales de disposiciones que, a fin de promover la equidad y la transparencia en favor de los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea, en particular mediante la adopción de orientaciones, el fomento de códigos de conducta y la recopilación de información pertinente, imponen a los operadores establecidos en otro Estado miembro cargas adicionales de carácter administrativo y pecuniario, como la inscripción en un registro, que conlleva la comunicación de información relevante sobre su organización y el pago de una contribución económica, además de la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento?

    4)

    ¿Se oponen el principio de libre prestación de servicios, contemplado en el artículo 56 TFUE, y en el artículo 16 de la Directiva 2006/123/CE, (4) a la adopción por las autoridades nacionales de disposiciones que, a fin de promover la equidad y la transparencia en favor de los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea, en particular mediante la adopción de orientaciones, el fomento de códigos de conducta y la recopilación de información pertinente, imponen a los operadores establecidos en otro Estado miembro cargas adicionales de carácter administrativo y pecuniario, como la inscripción en un registro, que conlleva la comunicación de información relevante sobre su organización y el pago de una contribución económica, además de la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento?

    5)

    ¿Obliga el artículo 3, apartado 4, letra b), de la Directiva 2000/31/CE a los Estados miembros a comunicar a la Comisión las medidas por las que se impone a los proveedores de servicios de intermediación en línea y de motores de búsqueda en línea la obligación de inscripción en un registro, que conlleva la comunicación de información relevante sobre su organización y el pago de una contribución económica, además de la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento, y, de ser así, permite dicha Directiva que un particular se oponga a que se le apliquen las medidas no notificadas a la Comisión?


    (1)  Reglamento (UE) 2019/1150 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre el fomento de la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea (DO 2019, L 186, p. 57).

    (2)  Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información (DO 2015, L 241, p. 1).

    (3)  Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (DO 2000, L 178, p. 1).

    (4)  Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO 2006, L 376, p. 36).


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