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Document 62014CN0482

    Asunto C-482/14: Recurso interpuesto el 30 de octubre de 2014 — Comisión Europea/República Federal de Alemania

    DO C 16 de 19.1.2015, p. 17–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.1.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 16/17


    Recurso interpuesto el 30 de octubre de 2014 — Comisión Europea/República Federal de Alemania

    (Asunto C-482/14)

    (2015/C 016/27)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: W. Mölls, J. Hottiaux y T. Maxian Rusche, agentes)

    Demandada: República Federal de Alemania

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2012/34/UE (1) (artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/440/CEE), al permitir que las ayudas estatales abonadas al área de la administración de la infraestructura ferroviaria puedan ser transferidas al área de la explotación de servicios.

    Que se declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6, apartado 4, de la Directiva 2012/34/UE (artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/440/CEE), al no garantizar que pueda controlarse, a través del tipo de contabilidad, el cumplimiento de la prohibición de transferir al área de la explotación de servicios los fondos públicos abonados al área de la administración de la infraestructura ferroviaria.

    Que se declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 31, apartado 1, de la Directiva 2012/34/UE (artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2001/14/CE), al no garantizar que los cánones por la utilización de la infraestructura sólo puedan ser empleados para la financiación de la actividad del administrador de infraestructuras.

    Que se declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 6, apartado 3, de la Directiva 2012/34/UE (artículo 9, apartado 4, de la Directiva 91/440/CEE) y del artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1370/2007 (2), en relación con el punto 5 del anexo de éste, al no garantizar que los fondos públicos abonados para la prestación de servicios públicos de transporte de viajeros figuren en las cuentas correspondientes por separado.

    Que se condene en costas a la República Federal de Alemania.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su demanda, la demandante alega lo siguiente:

    Alemania permite, mediante acuerdos de transferencia de beneficios, que el consorcio Deutsche Bahn pueda utilizar ingresos del administrador de la infraestructura ferroviaria, en forma de cánones por la utilización de la infraestructura y ayudas estatales, para finalidades distintas de la gestión de la infraestructura. Esos recursos podían utilizarse en particular para finalidades relativas al área de la explotación de servicios. Esto es incompatible con los artículos 6, apartado 1, y 31, apartado 1, de la Directiva 2012/34/UE.

    Además, la contabilidad del administrador de infraestructuras no permite controlar el cumplimiento de la prohibición de transferir fondos públicos al área de la explotación de servicios. Alemania tolera esta situación que es contraria al artículo 6, apartado 4, de la Directiva 2012/34/UE.

    Finalmente, Alemania no garantiza que los fondos públicos abonados para la prestación de servicios públicos de transporte de viajeros figuren en las cuentas correspondientes de modo separado. Esto es contrario al artículo 6, apartado 3, de la Directiva 2012/34/UE y al artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1370/2007, en relación con el número 5 del anexo de éste.


    (1)  Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único (DO L 343, p. 32).

    (2)  Reglamento (CE) no 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 1191/69 y (CEE) no 1107/70 del Consejo (DO L 315, p. 1).


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