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Document 62013CA0402

Asunto C-402/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Anotato Dikastirio Kyprou — Chipre) — Cypra Ltd/Kypriaki Dimokratia [Procedimiento prejudicial — Agricultura — Policía sanitaria — Reglamento (CE) no 854/2004 — Productos de origen animal destinados al consumo humano — Controles oficiales — Designación de un veterinario oficial — Sacrificio de los animales]

DO C 16 de 19.1.2015, p. 5–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

19.1.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 16/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 5 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Anotato Dikastirio Kyprou — Chipre) — Cypra Ltd/Kypriaki Dimokratia

(Asunto C-402/13) (1)

(Procedimiento prejudicial - Agricultura - Policía sanitaria - Reglamento (CE) no 854/2004 - Productos de origen animal destinados al consumo humano - Controles oficiales - Designación de un veterinario oficial - Sacrificio de los animales)

(2015/C 016/06)

Lengua de procedimiento: griego

Órgano jurisdiccional remitente

Anotato Dikastirio Kyprou

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Cypra Ltd

Demandada: Kypriaki Dimokratia

Fallo

Las disposiciones del Reglamento (CE) no 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1791/2006 del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen, en principio, a que la autoridad competente determine el momento en que haya de efectuarse el sacrificio de los animales, con vistas a designar a un veterinario oficial para llevar a cabo el control del sacrificio de los animales, y se niegue a enviar a dicho veterinario en las fechas y horas definidas por el matadero, a no ser que sea objetivamente necesario que los sacrificios se produzcan un día preciso, circunstancia que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.


(1)  DO C 274, de 21.9.2013.


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