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Document 62011CN0164

    Asunto C-164/11: Recurso interpuesto el 5 de abril de 2011 — Comisión Europea/República Francesa

    DO C 186 de 25.6.2011, p. 13–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    25.6.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 186/13


    Recurso interpuesto el 5 de abril de 2011 — Comisión Europea/República Francesa

    (Asunto C-164/11)

    2011/C 186/22

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representante: W. Mölls, agente)

    Demandada: República Francesa

    Pretensiones de la parte demandante

    Que se declare que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2003/96/CE, (1) al no adoptar las disposiciones necesarias para adaptar su régimen fiscal aplicable a la electricidad a las disposiciones previstas por la Directiva, a pesar de la expiración del período transitorio establecido en el artículo 18, apartado 10, párrafo segundo, de la misma.

    Que se condene en costas a la República Francesa.

    Motivos y principales alegaciones

    Mediante su demanda, la Comisión alega que, a pesar de la expiración del período transitorio otorgado a la demandada, a saber, el 1 de enero de 2009, sigue sin haber adaptado todos los elementos del régimen fiscal aplicable a la electricidad a las disposiciones de la Directiva. A juicio de las autoridades francesas, la Ley no 2010-1488, de 7 de diciembre de 2010, que fue adoptada y entró en vigor con posterioridad a la expiración del plazo concedido en el dictamen motivado, transpone al Derecho interno las disposiciones de dicha Directiva. Según la Comisión, el presente recurso debe ser acogido en relación con la situación del Derecho nacional aplicable en el momento de la expiración del plazo fijado en el dictamen motivado.

    La Comisión señala que, en cualquier caso, Francia sigue sin adaptar todos los elementos del régimen fiscal aplicable a la electricidad para adecuarlos a las disposiciones de la Directiva. Por tanto, la demandante rebate la alegación de las autoridades nacionales de que la Directiva no prohíbe modulaciones al alza de los impuestos especiales, en función de las zonas geográficas afectadas. Por el contrario, proclama el principio de un tipo único para todos los consumos eléctricos que tengan lugar en un mismo Estado miembro y enumera de modo limitativo las excepciones a este principio, en los artículos 5, 14, 15 y 17.

    Por otra parte, la Comisión desestima la tesis defendida por las autoridades francesas de que la «diferenciación arancelaria elegida» no induce a ningún riesgo de fraude, no supone ningún gasto adicional para los operadores ni constituye una barrera de entrada al mercado de proveedores extranjeros.


    (1)  Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad (DO L 283, p. 51).


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