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Document 62010CN0347

    Asunto C-347/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam (Países Bajos) el 8 de julio de 2010 — A. Salemink/Raad van bestuur van het Uitvoeringsinstituut werknemersverzekeringen (UWV)

    DO C 246 de 11.9.2010, p. 32–32 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.9.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 246/32


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam (Países Bajos) el 8 de julio de 2010 — A. Salemink/Raad van bestuur van het Uitvoeringsinstituut werknemersverzekeringen (UWV)

    (Asunto C-347/10)

    ()

    2010/C 246/53

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Rechtbank Amsterdam

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: A. Salemink

    Demandada: Raad van bestuur van het Uitvoeringsinstituut werknemersverzekeringen (UWV)

    Cuestión prejudicial

    Las normas de Derecho comunitario que tienen por objeto establecer la libre circulación de trabajadores, en particular las contenidas en los títulos I y II del Reglamento no 1408/71, (1) y los artículos 39 y 299 del Tratado CE (en la actualidad, artículos 45 TFUE y 52 TUE, respectivamente, en relación con el artículo 355 TFUE), ¿se oponen a que el trabajador que ejerce su actividad para un empresario establecido en los Países Bajos, fuera del territorio neerlandés en una instalación fija en la zona neerlandesa de la plataforma continental, no esté asegurado conforme al sistema nacional de seguro obligatorio de los trabajadores por cuenta ajena, exclusivamente porque no reside en los Países Bajos sino en otro Estado miembro (en este caso, España), aunque esté en posesión de la nacionalidad neerlandesa y aunque se le ofrezca la posibilidad de un seguro voluntario en las mismas condiciones, en esencia, que las que se aplican al seguro obligatorio?


    (1)  Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena y a sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2).


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