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Document 62010CN0320
Case C-320/10: Reference for a preliminary ruling from the Rechtbank Haarlem (Netherlands), lodged on 2 July 2010 — X v Inspecteur der Belastingdienst P
Asunto C-320/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Haarlem (Países Bajos) el 2 de julio de 2010 — X BV/Inspecteur van de Belastingdienst P
Asunto C-320/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Haarlem (Países Bajos) el 2 de julio de 2010 — X BV/Inspecteur van de Belastingdienst P
DO C 246 de 11.9.2010, p. 27–28
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
11.9.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 246/27 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Haarlem (Países Bajos) el 2 de julio de 2010 — X BV/Inspecteur van de Belastingdienst P
(Asunto C-320/10)
()
2010/C 246/46
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Rechtbank Haarlem
Partes en el procedimiento principal
Demandante: X BV
Demandada: Inspecteur van de Belastingdienst P
Cuestiones prejudiciales
1) |
En el marco de la apreciación de la validez y/o de la interpretación de los Reglamentos nos 535/94, (1) 1832/2002, (2) 1871/2003 (3) y 2344/2003, (4) mediante los cuales se introdujo y se modificó en reiteradas ocasiones la nota adicional 7 del capítulo 2 de la Nomenclatura Combinada (entonces numerada con el 8), ¿puede invocarse la decisión del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de 27 de septiembre de 2005, relativa a la interpretación de la expresión «salados» contenida en la partida 0210, en asuntos en los que la declaración de régimen aduanero de «despacho a libre práctica» se efectuó antes de la citada fecha? |
2) |
En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 1): ¿Cómo debe apreciarse si se da una alteración de la naturaleza de la carne de pollo? |
3) |
En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 1):
|
4) |
En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 3), letra a): ¿Cómo debe apreciarse si la salazón garantiza una conservación a largo plazo de la carne de pollo? |
(1) Reglamento (CE) no 535/94 de la Comisión, de 9 de marzo de 1994, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 68, p. 15).
(2) Reglamento (CE) no 1832/2002 de la Comisión, de 1 de agosto de 2002, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 290, p. 1).
(3) Reglamento (CE) no 1871/2003 de la Comisión, de 23 de octubre de 2003, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 275, p. 5).
(4) Reglamento (CE) no 2344/2003 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2003, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 346, p. 38).