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Document 62009TN0279

Asunto T-279/09: Recurso interpuesto el 9 de julio de 2009 — Aiello/OAMI — Cantoni ITC (100 % Capri)

DO C 220 de 12.9.2009, p. 39–40 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.9.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 220/39


Recurso interpuesto el 9 de julio de 2009 — Aiello/OAMI — Cantoni ITC (100 % Capri)

(Asunto T-279/09)

2009/C 220/83

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Demandante: Antonino Aiello (Vico Equense, Italia) (representantes: M. Coccia y L. Pardo, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Cantoni ITC SpA (Milán, Italia)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 2 de abril de 2009, notificada mediante fax de fecha 14 de mayo de 2009, dictada en el procedimiento R 1148/2008-1 entre Antonino Aiello y Cantoni ITC S.p.A. y que, tras modificarla, desestime la oposición B 856 163 al registro de la marca «100 % CAPRI» para productos comprendidos en las clases 3, 18 y 25 (n o3.563.848).

Que se condene a la demandada al pago de todas las costas del procedimiento ante el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: el demandante

Marca comunitaria solicitada: la marca figurativa que contiene el elemento numérico-denominativo «100 % CAPRI» (solicitud de registro no3 563 848), para productos comprendidos en las clases 3, 18 y 25

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: CANTONI L.T.C. S.p.A.

Marca o signo invocados en oposición: la marca figurativa comunitaria (solicitud de registro no2 689 891) y nacional que contiene el elemento denominativo «CAPRI», para productos comprendidos en las clases 3, 18 y 25

Resolución de la División de Oposición: estimación de la oposición y desestimación de la solicitud de registro para todos los productos controvertidos.

Resolución de la Sala de Recurso: desestimación del recurso

Motivos invocados: infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009, sobre la marca comunitaria, así como de los artículos 50, apartado 1, y 20, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2868/95, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria (sustituido por el Reglamento no 207/2009).


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