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Document 62009CA0354

    Asunto C-354/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 15 de julio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Gaston Schul BV/Staatssecretaris van Financiën ( «Código aduanero comunitario — Artículo 33 — Valor en aduana de las mercancías — Inclusión de los derechos de aduana — Condición de entrega “Delivered Duty Paid” » )

    DO C 246 de 11.9.2010, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.9.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 246/11


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 15 de julio de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Gaston Schul BV/Staatssecretaris van Financiën

    (Asunto C-354/09) (1)

    (Código aduanero comunitario - Artículo 33 - Valor en aduana de las mercancías - Inclusión de los derechos de aduana - Condición de entrega “Delivered Duty Paid”)

    2010/C 246/17

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Hoge Raad der Nederlanden

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Gaston Schul BV

    Demandada: Staatssecretaris van Financiën

    Objeto

    Interpretación de los artículos 33, párrafo primero, y letra f), y 220 del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario (DO L 302, p. 1) — Valor en aduana — Contrato que contiene la cláusula de entrega «Delivered Duty Paid», celebrado para el caso de inexistencia de derechos de aduana — Exclusión o no del valor en aduana.

    Fallo

    Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario, según el cual los derechos de importación deben ser «diferentes» del precio efectivamente pagado o por pagar por las mercancías importadas, se cumple cuando las partes contratantes han acordado que las mercancías se entreguen DDP («Delivered Duty Paid») y han inscrito esta mención en la declaración de aduana, pero, debido a un error sobre el origen preferencial de dichas mercancías, han omitido indicar el importe de los derechos de importación.


    (1)  DO C 282, de 21.11.2009.


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