Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62008TA0486

Asunto T-486/08: Sentencia del Tribunal General de 9 de diciembre de 2009 — Earle Beauty/OAMI (SUPERSKIN) [ Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa SUPERSKIN — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento n o  40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n o  207/2009] ]

DO C 24 de 30.1.2010, p. 50–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/50


Sentencia del Tribunal General de 9 de diciembre de 2009 — Earle Beauty/OAMI (SUPERSKIN)

(Asunto T-486/08) (1)

(«Marca comunitaria - Solicitud de marca comunitaria denominativa SUPERSKIN - Motivo de denegación absoluto - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento no 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) no 207/2009]»)

2010/C 24/88

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Liz Earle Beauty Co. Ltd (Ryde, Isla de Wight, Reino Unido) (representante: M. Cover, Solicitor)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: D. Botis, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI, de 15 septiembre de 2008 (asunto R 1656/2007-4), relativa al registro del signo denominativo SUPERSKIN como marca comunitaria.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), de 15 de septiembre de 2008 (asunto R 1656/2007-4, por lo que atañe a los perfumes, los preparados para el cuidado de las uñas y del cabello, los antitranspirantes, los desodorantes, la pasta dentífrica, los tintes para el cabello, las lacas para el cabello, los preparados para el cuidado de los ojos, la laca de uñas y el disolvente para laca de uñas y las uñas postizas, pertenecientes a la clase 3, así como a los cuidados de higiene y los tratamientos cosméticos para el cabello, pertenecientes a la clase 44.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Liz Earle Beauty Co. Ltd cargará con sus propias costas, así como con la mitad de las costas de la OAMI. Esta última cargará con la otra mitad de sus costas.


(1)  DO C 6, de 10.1.2009.


Top