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Document 62001TA0058
Case T-58/01: Judgment of the General Court of 17 December 2009 — Solvay v Commission (Competition — Restrictive practices — Market in soda ash in the Community — Decision finding an infringement of Article 81 EC — Agreement guaranteeing to an undertaking a minimum tonnage of sales in a Member State and the purchase of sufficient quantities to achieve that minimum tonnage — Expiry of limitation period applicable to Commission power to impose fines or sanctions — Reasonable time — Essential procedural requirements — Effect on trade between Member States — Right of access to the file — Fine — Gravity and duration of the infringement — Aggravating and mitigating circumstances)
Asunto T-58/01: Sentencia del Tribunal General de 17 de diciembre de 2009 — Solvay/Comisión (Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del sodio en la Comunidad — Decisión por la que se declara una infracción del artículo 81 CE — Acuerdo que garantiza a una empresa un tonelaje mínimo de ventas en un Estado miembro y la compra de las cantidades necesarias para alcanzar este tonelaje mínimo — Prescripción de la facultad de la Comisión de imponer multas o sanciones — Plazo razonable — Formas sustanciales — Afectación del comercio entre Estados miembros — Derecho de acceso al expediente — Multa — Gravedad y duración de la infracción — Circunstancias agravantes y atenuantes)
Asunto T-58/01: Sentencia del Tribunal General de 17 de diciembre de 2009 — Solvay/Comisión (Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del sodio en la Comunidad — Decisión por la que se declara una infracción del artículo 81 CE — Acuerdo que garantiza a una empresa un tonelaje mínimo de ventas en un Estado miembro y la compra de las cantidades necesarias para alcanzar este tonelaje mínimo — Prescripción de la facultad de la Comisión de imponer multas o sanciones — Plazo razonable — Formas sustanciales — Afectación del comercio entre Estados miembros — Derecho de acceso al expediente — Multa — Gravedad y duración de la infracción — Circunstancias agravantes y atenuantes)
DO C 37 de 13.2.2010, p. 31–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.2.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/31 |
Sentencia del Tribunal General de 17 de diciembre de 2009 — Solvay/Comisión
(Asunto T-58/01) (1)
(Competencia - Prácticas colusorias - Mercado del sodio en la Comunidad - Decisión por la que se declara una infracción del artículo 81 CE - Acuerdo que garantiza a una empresa un tonelaje mínimo de ventas en un Estado miembro y la compra de las cantidades necesarias para alcanzar este tonelaje mínimo - Prescripción de la facultad de la Comisión de imponer multas o sanciones - Plazo razonable - Formas sustanciales - Afectación del comercio entre Estados miembros - Derecho de acceso al expediente - Multa - Gravedad y duración de la infracción - Circunstancias agravantes y atenuantes)
2010/C 37/39
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Solvay SA (Bruselas, Bélgica) (representantes: L. Simont, P.-A. Foriers, G. Block, F. Louis y A. Vallery, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Oliver y J. Currall, agentes, asistidos por N. Coutrelis, abogada)
Objeto
Con carácter principal, recurso de anulación de la Decisión 2003/5/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2000, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 [CE] (Asunto COMP/33.133-B: Carbonato sódico — Solvay, CFK) (DO 2003, L 10, p. 1), y, con carácter subsidiario, petición de anulación o reducción de la multa impuesta a la demandante.
Fallo
1) |
Anular el artículo 1 de la Decisión 2003/5/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2000, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 [CE] (Asunto COMP/33.133-B: Carbonato sódico — Solvay, CFK) en la medida en que declara que Solvay SA incumplió lo dispuesto en el artículo 81 CE en 1990. |
2) |
Fijar en 2,25 millones de euros el importe de la multa impuesta a Solvay. |
3) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
4) |
La demandante cargará con tres cuartas partes de sus propias costas y tres cuartas partes de las costas de la Comisión Europea. |
5) |
La Comisión cargará con un cuarto de sus propias costas y con un cuarto de las costas de la demandante. |