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Document 52016IP0449

Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de noviembre de 2016, sobre la situación en Siria (2016/2933(RSP))

DO C 224 de 27.6.2018, p. 88–92 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

27.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 224/88


P8_TA(2016)0449

La situación en Siria

Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de noviembre de 2016, sobre la situación en Siria (2016/2933(RSP))

(2018/C 224/14)

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre Siria, en particular la de 6 de octubre de 2016 (1),

Vistos los principios de la Carta de las Naciones Unidas,

Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

Vistos los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales,

Vistas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el Dáesh y el Frente al-Nusra y las relativas al conflicto en la República Árabe Siria, en particular las resoluciones 2118 (2013), 2139 (2014), 2165 (2014), 2191 (2014), 2199 (2015), 2254 (2015), 2258 (2015) y 2268 (2016),

Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de octubre de 2016, y las Conclusiones del Consejo Europeo, de 18 y 19 de febrero de 2016 y de 20 y 21 de octubre de 2016,

Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, y del comisario de Ayuda Humanitaria y Protección Civil, Christos Stylianidis, de 16 de septiembre de 2016, sobre Siria; de 20 de septiembre de 2016, sobre los ataques aéreos contra el convoy de ayuda humanitaria de las Naciones Unidas y la Media Luna Roja Siria; de 24 de septiembre de 2016, sobre la situación en Alepo; de 2 de octubre de 2016, sobre una iniciativa humanitaria de emergencia para Alepo; y de 25 de octubre de 2016, sobre la urgencia de que la ayuda humanitaria llegue a Alepo,

Vistos los informes de la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria, establecida por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la República Árabe Siria de 27 de septiembre de 2016 y 21 de octubre de 2016,

Vista la declaración de Federica Mogherini, vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, sobre Rusia y la Corte Penal Internacional, de 17 de noviembre de 2016,

Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A.

Considerando que los seis años de conflicto, violencia y brutalidad extremas en Siria han ocasionado la muerte de más de 400 000 personas y que otros 13 millones más precisan ayuda humanitaria; que se prevé que en 2016 haya 8,7 millones de personas desplazadas dentro de Siria, mientras que 4,8 millones de personas han huido del país;

B.

Considerando que los combates y los bombardeos prosiguen en Siria sin perder intensidad y la situación humanitaria sigue deteriorándose; que Alepo sigue siendo el epicentro de la crisis siria, pero los combates también continúan en Hama, Idlib, el noroeste de Siria, los suburbios de Damasco y Deir ez-Zor; que más de cuatro millones de personas viven en ciudades sitiadas y zonas de difícil acceso en las que han sido destruidas las infraestructuras básicas de agua y electricidad; que, a pesar de las treguas humanitarias decretadas de forma unilateral por el régimen de Asad y Rusia, la población del este de Alepo y otras ciudades sitiadas, como Zabadani, en poder de los rebeldes, y Kefraya y Al-Fua, localidades bajo control del Gobierno en la provincia de Idlib, sufre una grave carestía de alimentos básicos y medicamentos; que desde julio de 2016 no ha sido posible llevar ninguna ayuda humanitaria a la parte oriental sitiada de Alepo;

C.

Considerando que Alepo y todo el territorio sirio están en una situación de crisis sanitaria permanente; y que, de acuerdo con UNICEF, más de dos tercios de los sirios de la región no tienen ordinariamente acceso al agua y cerca de seis millones de niños necesitan asistencia vital con carácter de urgencia;

D.

Considerando que han cometido graves violaciones del Derecho internacional en materia de derechos humanos y humanitario todas las partes en conflicto, pero con mayor gravedad el régimen de Al-Asad, apoyado por Rusia e Irán, en particular empleando en zonas civiles armas de efectos indiscriminados, bombas incendiarias, de barril y antibúnker, y sustancias consideradas armas químicas en virtud de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción; que no se han respetado los principios de cautela y proporcionalidad; que zonas civiles, escuelas, hospitales, agentes humanitarios y campos de refugiados han sido objetivo de ataques intencionados; que los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad no deben quedar impunes;

E.

Considerando que la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria, que actúa bajo el mandato de las Naciones Unidas, y los grupos de derechos humanos han recogido pruebas que demuestran que al menos 200 000 personas se encuentran privadas de libertad por el Gobierno sirio en condiciones inhumanas; que en los últimos años miles de sirios han fallecido cuando se encontraban bajo custodia del Gobierno sirio a causa de torturas y enfermedades; que las desapariciones forzadas y el trato cruel a los prisioneros son prácticas generalizadas; que las autoridades sirias han intentado mantener en secreto la información relativa a los centros de internamiento, denegando el acceso a los observadores internacionales reconocidos de las condiciones de detención; y que, desde 2011, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) solo ha sido autorizado a visitar un pequeño número de establecimientos penitenciarios;

F.

Considerando que el mundo presencia horrorizado las atrocidades perpetradas reiteradamente por el Dáesh y otros grupos yihadistas, la práctica de ejecuciones brutales y una violencia sexual inaudita, secuestros, torturas, conversiones forzosas y la esclavitud de mujeres y niñas; que se ha reclutado a niños y se los ha utilizado en atentados terroristas; que el Dáesh aún controla amplias zonas de Siria e Irak; que el Dáesh comete como genocidio contra minorías étnicas y religiosas, practica actos de tortura de extremada crueldad, y destruye totalmente el patrimonio cultural; que hay motivos de seria preocupación por el bienestar de la población que actualmente se encuentra bajo el control del Dáesh ante la posibilidad de que sea utilizada como escudo humano en la campaña de liberación;

G.

Considerando que Yabhat Fatah al-Sham, grupo sirio antes conocido como Frente al-Nusra y afiliado a Al-Qaeda, es una organización terrorista que rechaza una transición política negociada y un futuro democrático integrador para Siria;

H.

Considerando que Siria ha firmado el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), pero no lo ha ratificado; que el secretario general de las Naciones Unidas Ban Ki-moon ha instado reiteradamente al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a remitir la situación en Siria a la CPI; que Rusia y China bloquean todo avance en materia de rendición de cuentas en Siria mediante el veto de toda resolución del Consejo de Seguridad por la que se confiera a la CPI el mandato de investigar los horrendos crímenes cometidos durante el conflicto en Siria; que el 16 de noviembre de 2016 Rusia decidió retirar su firma del Estatuto de Roma; que esta ausencia de rendición de cuentas propicia que se cometan más atrocidades y agrava el sufrimiento de las víctimas;

I.

Considerando que es necesario recordar a todos los países y todas las partes implicados en el conflicto los compromisos que han asumido de conformidad con la Resolución 2254 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y, en particular, la obligación de poner fin a todos los ataques contra la población y las infraestructuras civiles y de garantizar el acceso de la ayuda humanitaria en todo el país; que, asimismo, la Unión Europea debe servirse de todos los instrumentos de que dispone, incluida la imposición de sanciones, para garantizar el pleno respeto de esta Resolución por todas las partes;

J.

Considerando que la Unión es uno de los principales donantes de ayuda humanitaria destinada a las personas que huyen de una situación de violencia y destrucción de proporciones históricas en Siria; que la falta de unidad a escala internacional hace que resulte mucho más difícil alcanzar una solución negociada a la guerra de Siria;

1.

Expresa una vez más su profundísima inquietud ante la persistencia de los combates y los bombardeos y el empeoramiento de la situación humanitaria en Siria; condena enérgicamente todos los ataques contra civiles e infraestructuras civiles, el mantenimiento de todos los asedios en Siria y la imposibilidad de hacer llegar la ayuda humanitaria a las personas sirias necesitadas; hace un llamamiento a todas las partes para que permitan el acceso fluido y sin obstáculos de la ayuda humanitaria y la llegada de bienes de emergencia, en particular a las zonas sitiadas o de difícil acceso; destaca que el Derecho internacional humanitario prohíbe que se someta deliberadamente al hambre a la población, e insta a todas las partes a que permitan de inmediato las evacuaciones por motivos médicos en el este de Alepo y todas las demás zonas asediadas;

2.

Condena en los términos más enérgicos las atrocidades y violaciones generalizadas de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario cometidas por las fuerzas de Al-Asad con el apoyo de Rusia e Irán, así como la vulneración de los derechos humanos y las violaciones del Derecho internacional humanitario por grupos armados no estatales, en particular el Dáesh, Yabhat Fatah al-Sham / Frente al-Nusra y otros grupos yihadistas;

3.

Pide que se ponga fin de inmediato a los bombardeos y ataques indiscriminados contra civiles; subraya que todas las partes deben poner la máxima atención en proteger a los civiles, con independencia de su origen étnico y de sus creencias religiosas o confesionales, y tomar todas las medidas adecuadas para ello; condena enérgicamente el lanzamiento indiscriminado de un gran número de cohetes por grupos armados de la oposición contra suburbios civiles en la zona occidental de Alepo; destaca que, según la información disponible, han resultado heridos y perdido la vida muchos civiles, incluidos niños; pide que todas las partes en el conflicto tomen todas las medidas apropiadas para proteger a los civiles, de conformidad con el Derecho internacional, incluido el cese de los ataques dirigidos contra las estructuras civiles, tales como centros médicos, escuelas y depósitos de agua, mediante la inmediata desmilitarización de esos objetivos, descarten el establecimiento de posiciones militares en áreas densamente pobladas y permitan la evacuación de los heridos y de todos los civiles que deseen abandonar las zonas asediadas; subraya que la responsabilidad principal de la protección de la población siria incumbe al régimen sirio;

4.

Alaba los esfuerzos de los trabajadores humanitarios en su intento de llevar la tan necesaria ayuda de emergencia, alimentos, agua y medicinas a las personas atrapadas por el conflicto, e insta a todas las partes implicadas en el conflicto a que garanticen un acceso seguro y sin trabas de las organizaciones humanitarias a los civiles afectados por la guerra;

5.

Insta a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a que presten todo su apoyo a las Naciones Unidas y a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) para que sigan investigando la utilización y la destrucción de las armas químicas por todas las partes en el conflicto de Siria; insiste enérgicamente en que deben pedirse cuentas a los responsables del uso de armas químicas; apoya la ampliación del mandato del Mecanismo Conjunto de la OPAQ a fin de determinar las responsabilidades por el uso de armas químicas en Siria;

6.

Expresa su preocupación ante las detenciones ilegales, las torturas y los malos tratos, las desapariciones y la muerte de detenidos en prisiones del régimen y centros de detención secretos dirigidos por milicias apoyadas desde el exterior; pide a las autoridades sirias que administran estos centros de detención que pongan fin a todas las ejecuciones y tratos inhumanos;

7.

Solicita la liberación inmediata de las personas detenidas de forma arbitraria y pide que se ponga fin al uso de la tortura y otros malos tratos, así como a la práctica de las desapariciones forzadas, de conformidad con la Resolución 2139 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 22 de febrero de 2014; pide que se dé acceso inmediato a observadores internacionales de las condiciones de detención, como las Naciones Unidas o el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), para que observen la situación de todas las personas privadas de libertad en Siria y faciliten información y apoyo a sus familias;

8.

Reitera su firme condena de las atrocidades cometidas por el régimen de Asad, el Dáesh, Yabhat Fatah al-Sham / Frente Al-Nusra y otras organizaciones terroristas, que pueden considerarse graves crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad; apoya el llamamiento del Quinteto de naciones (Estados Unidos, Francia, Alemania, Italia y Reino Unido) y de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) a todos los grupos armados que combaten en Siria para que pongan fin a cualquier tipo de colaboración con Yabhat Fatah al-Sham; destaca la importancia de cortar efectivamente el acceso a la financiación de las actividades del Dáesh, detener a los combatientes extranjeros y poner fin al flujo de armas destinadas a los grupos yihadistas; pide a la oposición siria que se distancie claramente de estos elementos extremistas y su ideología; recuerda que deben concentrarse los esfuerzos en derrotar al Dáesh y los otros grupos considerados terroristas por las Naciones Unidas; pide que se actúe para impedir la llegada de material y ayuda financiera a personas, grupos, empresas y entidades asociadas con grupos considerados terroristas por las Naciones Unidas;

9.

Reitera su llamamiento para que los responsables de los crímenes de guerra y de lesa humanidad carguen con las consecuencias y rindan cuentas de ello; insiste en que también debe llevarse ante los tribunales a los autores de delitos contra minorías y grupos religiosos, étnicos y de otro tipo; expresa su convencimiento de que no puede haber una resolución efectiva del conflicto ni una paz duradera en Siria sin una rendición de cuentas por los crímenes cometidos; opina que no debe politizarse la cuestión de la rendición de cuentas por crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad: la obligación de respetar el Derecho internacional humanitario en todas circunstancias se aplica a todas las partes en conflicto y quienquiera que cometa tales crímenes debe tener por seguro que tarde o temprano se encontrará ante la justicia;

10.

Insta a la Unión y a los Estados miembros a que garanticen que todos los responsables de violaciones de los derechos humanos y del Derecho humanitario internacional sean puestos a disposición de la justicia mediante los mecanismos internacionales adecuados de justicia penal o ante tribunales nacionales y mediante la aplicación del principio de la jurisdicción universal; reitera su apoyo a la remisión del caso de Siria a la CPI, pero, en vista de que el Consejo de Seguridad se encuentra imposibilitado para deliberar al respecto, reitera su petición a la Unión y a sus Estados miembros de que encabecen los esfuerzos en el seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas y que exploren el establecimiento de un tribunal para los crímenes de guerra en Siria, a la espera de la remisión a la CPI; destaca la importancia de la apropiación por Siria del proceso, una vez concluya el conflicto y con miras a promover la reconciliación;

11.

Celebra y subraya la importancia crucial que reviste la labor de las organizaciones de la sociedad civil locales e internacionales relacionada con la documentación de pruebas de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y otras violaciones, incluida la destrucción de patrimonio cultural; pide a la Unión y a sus Estados miembros que presten asistencia adicional y completa a estas organizaciones;

12.

Deplora la decisión del presidente ruso, Vladímir Putin, de retirarse de la CPI, y señala que, de todos modos, la Federación de Rusia nunca ha ratificado el Estatuto de Roma y que el momento de la decisión merma la credibilidad de este país y permite que se extraigan conclusiones sobre su compromiso con la justicia internacional;

13.

Acoge favorablemente las Conclusiones del Consejo, de 17 de octubre de 2016, sobre Siria, y las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 20 y 21 de octubre de 2016 sobre Siria; respalda el llamamiento de la Unión en favor del cese de todos los vuelos militares sobre la ciudad de Alepo, de un alto el fuego inmediato supervisado por un mecanismo sólido y transparente, del levantamiento de los asedios y de un acceso humanitario duradero y sin restricciones a escala nacional garantizado por todas las partes;

14.

Acoge con satisfacción la revisión de las medidas restrictivas de la Unión contra Siria y personas determinadas que comparten la responsabilidad por la represión de la población civil en el país; subraya que la Unión debe considerar todas las opciones disponibles, en particular el establecimiento de una zona de exclusión aérea sobre la ciudad de Alepo, para que todos los responsables de las violaciones más execrables de los derechos humanos y otros abusos carguen con las consecuencias de sus actos en caso de que prosigan las atrocidades y la manifiesta inobservancia del Derecho humanitario;

15.

Solicita el respeto por todas las partes del derecho de las minorías étnicas y religiosas presentes en Siria, incluidas las cristianas, a seguir viviendo en sus patrias históricas y tradicionales con dignidad y en condiciones de igualdad y seguridad, y a practicar libre y plenamente su religión y creencias sin sufrir ningún tipo de coacción, violencia o discriminación; apoya un diálogo interconfesional destinado a promover la comprensión mutua y a combatir el fundamentalismo;

16.

Insta a todos los participantes en el Grupo Internacional de Apoyo a Siria a que reanuden las negociaciones para facilitar el establecimiento de una tregua estable y a que intensifiquen sus esfuerzos para lograr una solución política duradera en Siria; destaca que los actores regionales, y en particular los países vecinos, tienen una responsabilidad especial;

17.

Reitera su petición a la VP/AR de que redoble sus esfuerzos en favor de una estrategia común de la Unión para Siria; acoge con satisfacción y apoya plenamente las recientes iniciativas diplomáticas de la VP/AR Federica Mogherini, en línea con el mandato del Consejo Europeo, tendentes a llevar de nuevo a las partes en conflicto a la mesa de negociaciones y reanudar el proceso político en Ginebra; toma nota con interés de las conversaciones regionales que ha mantenido la VP/AR con Irán y Arabia Saudí, y considera que sus actividades aportan valor añadido y una contribución útil a los esfuerzos del enviado especial de las Naciones Unidas, Staffan de Mistura; insta a todas las partes implicadas en el conflicto a que reanuden e intensifiquen cuanto antes las negociaciones políticas en la perspectiva de una nueva tregua estable y que comprenda mecanismos que garanticen la justicia de transición en Siria una vez superado el conflicto; destaca que estas conversaciones de paz deberían llevar a un cese de las hostilidades y a una transición política dirigida y controlada por los propios sirios; destaca el papel que puede desempeñar la Unión en la reconstrucción y la reconciliación tras el conflicto;

18.

Reitera su pleno apoyo a la actual iniciativa humanitaria de la Unión en favor de Alepo, e insta a todas las partes a que faciliten su aplicación;

19.

Acoge favorablemente las prioridades y los pactos de asociación con Jordania para el periodo 2016-2018 y con el Líbano para el periodo 2016-2020; observa que los pactos son el instrumento mediante el cual se materializan en medidas concretas los compromisos mutuos alcanzados en la Conferencia de apoyo a Siria y a la región celebrada en Londres el 4 de febrero de 2016; toma nota de las crecientes necesidades financieras y la persistente brecha en la financiación de la ayuda humanitaria ofrecida a los países vecinos de Siria; pide a los Estados miembros de la Unión que hagan honor a sus compromisos y aporten su apoyo, muy necesario, a las Naciones Unidas, sus organismos especializados y otros agentes humanitarios en la prestación de asistencia humanitaria a los millones de sirios desplazados a nivel interno y en países y comunidades de acogida;

20.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros de la Unión, a las Naciones Unidas, a los miembros del Grupo Internacional de Apoyo a Siria y a todas las partes implicadas en el conflicto de Siria.

(1)  Textos Aprobados, P8_TA(2016)0382.


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