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Document 52011IP0322
European broadband investing in digitally driven growth European Parliament resolution of 6 July 2011 on European Broadband: investing in digitally driven growth (2010/2304(INI))
Banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2011 , sobre la banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital (2010/2304(INI))
Banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2011 , sobre la banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital (2010/2304(INI))
DO C 33E de 5.2.2013, p. 89–100
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
5.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 33/89 |
Miércoles 6 de julio de 2011
Banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital
P7_TA(2011)0322
Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2011, sobre la banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital (2010/2304(INI))
2013/C 33 E/09
El Parlamento Europeo,
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Vista la Recomendación de la Comisión, de 20 de septiembre de 2010, relativa al acceso regulado a las redes de acceso de nueva generación (NGA) (1), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 septiembre 2010, titulada «Banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital» (COM(2010)0472), |
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Vista su Posición, de 11 de mayo de 2011, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un primer programa de política del espectro radioeléctrico (2), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de agosto de 2010, titulada «Una Agenda Digital para Europa» (COM(2010)0245) |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un primer programa de política del espectro radioeléctrico y la Comunicación de la Comisión titulada «Banda ancha europea: inversión en crecimiento impulsado por la tecnología digital» (TEN/434-435 - CESE 362/2011), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 17 de septiembre de 2009, titulada «Directrices comunitarias para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha» (3), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 4 de agosto de 2009, titulada «Informe sobre la competitividad digital de Europa: Principales logros de la estrategia i2010 entre 2005 y 2009» (COM(2009)0390), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de junio de 2009, titulada «Internet de los objetos: un plan de acción para Europa» (COM(2009)0278), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de enero de 2009, titulada «Invertir hoy en la Europa de mañana» (COM(2009)0036), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de marzo de 2006, titulada «Superar los desequilibrios en la banda ancha» (COM(2006)0129), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 25 de abril de 2006, titulada «Plan de acción sobre administración electrónica i2010: Acelerar la administración electrónica en Europa en beneficio de todos» (COM(2006)0173), |
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Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de abril de 2004, titulada «La salud electrónica – hacia una mejor asistencia sanitaria para los ciudadanos europeos: Plan de acción a favor de un Espacio Europeo de la Salud Electrónica» (COM(2004)0356) |
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Vista su Resolución, de 15 de junio de 2010, sobre el Internet de los objetos (4), |
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Vista su Resolución, de 5 de mayo de 2010, sobre una nueva agenda digital para Europa: 2015.eu (5), |
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Vista su Recomendación al Consejo, de 26 de marzo de 2009, sobre el refuerzo de la seguridad y de las libertades fundamentales en Internet (6), |
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Vista su Resolución de 24 de septiembre de 2008, sobre «Aprovechar plenamente las ventajas del dividendo digital en Europa: un planteamiento común del uso del espectro liberado por la conversión al sistema digital» (7), |
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Vista su Resolución, de 19 de junio de 2007, sobre la elaboración de una política europea en materia de banda ancha (8), |
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Vista su Resolución, de 14 de febrero de 2007, sobre el camino hacia una política europea en materia de espectro radioeléctrico (9), |
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Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2006, sobre una sociedad de la información europea para el crecimiento y el empleo (10), |
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Vista su Resolución, de 23 junio 2005, sobre la sociedad de la información (11), |
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Vista su Resolución, de 14 de octubre de 1998, sobre la mundialización y la sociedad de la información: necesidad de reforzar la coordinación internacional (12), |
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Visto el marco de la UE en materia de comunicaciones electrónicas, tal y como ha quedado modificado, en particular, por las Directivas 2002/21/CE (Directiva marco), 2002/20/CE (Directiva autorización), 2002/19/CE (Directiva acceso), 2002/22/CE (Directiva servicio universal), 2002/58/CE (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas), y el Reglamento (CE) no 1211/2009 (Reglamento ORECE), |
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Visto el Plan Europeo de Recuperación Económica (COM(2008)0800), |
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Visto el anexo III del Reglamento modificador (CE) no 473/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, |
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Visto el artículo 189 del Tratado de Lisboa, |
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Visto el artículo 48 de su Reglamento, |
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Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, de la Comisión de Desarrollo Regional y de la Comisión de Cultura y Educación (A7-0221/2011), |
A. |
Considerando que el suministro en toda la UE de redes de banda ancha de alto rendimiento es de importancia vital para la realización de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, a fin de fomentar un crecimiento económico inteligente, sostenible, inclusivo y cohesivo para el territorio, mejorar la situación del empleo, potenciar la competitividad de Europa, favorecer la investigación científica y la innovación y, con ello, facilitar que todas las regiones, ciudades, municipios y grupos sociales puedan beneficiarse de la tecnología digital, dándoles la oportunidad de explotar las nuevas tecnologías digitales para los servicios públicos, |
B. |
Considerando que el acceso de banda ancha se puede realizar a través de muchas plataformas (cable de cobre, fibra óptica, inalámbrico fijo y móvil, satélite, etc.), lo que ha atraído a usuarios de todo tipo (consumidores, empresas, administraciones, instituciones públicas y sin ánimo de lucro como escuelas, bibliotecas, hospitales y organismos de seguridad pública), que utilizan la banda ancha para una multitud de servicios (comercio electrónico, servicios sanitarios, comunicación de voz y vídeo, ocio, gestión de flotas, servicios gubernamentales, educación, formación profesional y muchos más), y también permite aplicaciones entre dispositivos (contadores eléctricos inteligentes, redes inteligentes, monitores cardíacos inalámbricos, servicios de emergencia, sistemas de alarma, telemetría de vehículos, gestión de inventario, etc.), |
C. |
Considerando que reconocer e incluir las diversas plataformas, usuarios y servicios como parte del «ecosistema» de la banda ancha contribuirá a asegurar un 100 % de acceso a la banda ancha y los consiguientes beneficios societales, lo cual fomentará a su vez la adopción al 100 % de la banda ancha; considerando, asimismo, que ha de ser un objetivo de la UE facilitar que todas las regiones y grupos sociales puedan beneficiarse de la tecnología digital, |
D. |
Considerando que un acceso sostenible a la infraestructura y la competencia entre servicios, junto con un establecimiento de objetivos realista y viable desde el vértice a la base, permitirá que pueda disponerse eficazmente de una conectividad de nueva generación y que responda a la demanda, |
E. |
Considerando que la política de la UE en materia de banda ancha debe preparar las bases para un desarrollo en el que la Unión pueda asumir el liderazgo con respecto al acceso, a las velocidades, la movilidad, la cobertura y la capacidad de banda ancha; que el liderazgo mundial en el sector de las TIC es esencial para la prosperidad y la competitividad de la UE; que un mercado europeo con cerca de 500 millones de personas conectadas a la banda ancha de alta velocidad actuaría como punta de lanza para el desarrollo del mercado interior, creando una masa crítica de usuarios única a escala mundial que ofrecería a todas las regiones nuevas oportunidades y daría a los usuarios un mayor valor y a la UE la capacidad de ser una economía basada en el conocimiento líder a escala mundial; que el rápido despliegue de la banda ancha es esencial para impulsar la innovación y la productividad de la Unión y para estimular la creación de nuevas PYME y de empleo en la UE, |
F. |
Considerando que es esencial superar los desequilibrios digitales, y conseguir el acceso universal a la banda ancha en toda la UE, con el fin de lograr un valor añadido europeo, especialmente con respecto a las zonas rurales y apartadas, a fin de garantizar la cohesión social y territorial, |
G. |
Considerando que la banda ancha es importante para la aplicación de las nuevas infraestructuras tecnológicas, que son necesarias para el liderazgo científico, tecnológico e industrial de la UE, tales como la computación en nube, los superordenadores, el Internet de los objetos y los entornos de computación inteligentes; que un acceso y una velocidad de banda ancha adecuados son fundamentales para el desarrollo y el uso eficiente de TIC innovadoras, y que estas tecnologías y los servicios que ofrecen tienen por objeto beneficiar tanto a los consumidores como a las empresas, incluidas las PYME, |
H. |
Considerando que el sector público puede contribuir en gran medida al despliegue de la banda ancha para todos y de las redes de acceso de nueva generación (NGA) en las zonas con servicio deficiente y sin servicio; que la inversión pública debe desarrollarse de forma que complemente la inversión privada y fomente la competencia, y que los inversores en NGA deben contar con incentivos adecuados para seguir invirtiendo en la banda ancha, |
I. |
Considerando que en la última década el sector privado ha invertido cientos de miles de millones de euros en instalaciones, servicios, aplicaciones y contenido de banda ancha, sin que todos los ciudadanos europeos hayan disfrutado de las ventajas de la banda ancha, y que el fomento de la inversión privada y pública debe seguir siendo el principal motor del crecimiento de la banda ancha en la UE, |
J. |
Considerando la decisión adoptada por la Conferencia Ministerial de la Unión para el Mediterráneo, celebrada el 4 de noviembre de 2008 en Marsella, de reducir la brecha digital entre las dos riberas del Mediterráneo, que se tradujo en la propuesta BB-MED (banda ancha para el Mediterráneo), |
Banda ancha para todos
1. |
Señala que la Comunicación es solo una parte de un paquete más amplio, que incluye también la Agenda Digital, la Unión por la innovación, el Programa de Política del Espectro Radioeléctrico y los programas de financiación nacionales y de la UE, con miras a crear un sistema de apoyo mutuo para desarrollar las redes, acceder a ellas y utilizarlas con eficacia, ya sean terrestres, fijas o móviles, o por satélite; |
2. |
Señala que el concepto de banda ancha evoluciona constantemente, dado que el número de plataformas ha crecido y la base de clientes y la gama de usos se han multiplicado de forma exponencial; destaca que la banda ancha no es únicamente una cuestión de acceso a Internet, ni se limita a la interacción humana, ya que las conexiones y aplicaciones de máquina a máquina proliferan con rapidez; |
3. |
Señala que el tráfico de datos fijos y móviles está creciendo exponencialmente, y que para gestionar este incremento será fundamental adoptar un conjunto de medidas, como nuevas asignaciones de espectro armonizado para la banda ancha inalámbrica, el aumento de la eficiencia del espectro y un rápido despliegue de las redes de NGA; |
4. |
Considera, por tanto, que debe fijarse el objetivo de que la UE alcance el primer puesto mundial en infraestructura de TIC; que, para alcanzar este objetivo, debe establecerse una cobertura de banda ancha básica del 100 % en 2013, con un servicio a los usuarios de al menos 2 Mbps en las zonas rurales y muy superior en otras zonas; señala a la Comisión que, a fin de contrarrestar el surgimiento de una brecha digital, la cobertura básica en las zonas rurales deberá tener en cuenta las crecientes necesidades de transmisión para los servicios innovadores de Internet, como la administración electrónica, la salud electrónica y el aprendizaje electrónico; considera que, cuando se considera la cuestión de cómo deben financiarse estos objetivos, debería prestarse la máxima atención a la competencia, con el fin de evitar las distorsiones del mercado y facilitar que sea éste quien ofrezca en primer lugar las soluciones pertinentes; |
5. |
Señala que, para poder alcanzar el objetivo de 100 Mbps, para 2015 aproximadamente el 15 % de los hogares de la UE debe tener contratada al menos dicha velocidad; |
6. |
Recuerda la importancia de alcanzar los objetivos de la Agenda Digital, esto es, de garantizar que todos los ciudadanos de la UE tengan acceso a velocidades de banda ancha con no menos de 30 Mbps para 2020, posibilitando que la Unión disponga de las velocidades y la capacidad de banda ancha con las máximas prestaciones posibles; destaca que, para conseguir los objetivos de la Estrategia Europa 2020 en materia de banda ancha, la Agenda Digital debe establecer evaluaciones comparativas para los años intermedios 2013, 2015 y 2018, tanto a nivel de la UE como a nivel nacional; |
7. |
Destaca la necesidad de aprovechar al máximo todas las tecnologías disponibles, incluida la tecnología móvil y de satélites, para conseguir la cobertura de banda ancha en las zonas rurales, las regiones de montaña y las islas de la forma más eficiente en términos de costes, sin imponer cargas excesivas a los consumidores, los Estados miembros o las empresas; |
8. |
Señala que la futura asignación de espectro radioeléctrico debe preparar el camino del liderazgo europeo en materia de aplicaciones inalámbricas y nuevos servicios; señala que el acceso a bandas de radio frecuencias bajas, debido a sus características de propagación que facilitan una extensa cobertura, es vital para facilitar el acceso inalámbrico de banda ancha a todos los servicios de Internet previsibles en las zonas rurales, las regiones de montaña y las islas; insiste en que Europa debe seguir a la vanguardia de la investigación científica y la innovación tecnológica en el ámbito de los servicios inalámbricos; señala que es esencial facilitar el acceso a infraestructuras de banda ancha, incluidos los equipos de usuarios terrestres, con miras a contribuir a la adopción de servicios de Internet de banda ancha por satélite de forma asequible en las zonas rurales, las regiones de montaña y las islas y ayudar a los usuarios a tener acceso a todos los servicios de Internet previsibles; |
9. |
Recomienda facilitar el rápido aprovechamiento del «dividendo digital» para nuevos servicios móviles de banda ancha aplicando un enfoque a nivel de toda la UE armonizado y neutral desde el punto de vista tecnológico, realizando economías de escala, evitando las cuestiones perjudiciales en materia de interferencias transfronterizas, y sin interferir con la actual recepción de TV/TVAD digital basada en normas internacionales; insiste en la necesidad de que la UE preste apoyo a proyectos y experimentos con «ciudades inalámbricas»; |
10. |
Considera que es esencial que los centros de enseñanza e investigación tengan acceso a la infraestructura de banda ancha, a fin de garantizar la libre circulación del conocimiento para preparar a las generaciones más jóvenes y hacer que la UE sea más competitiva; pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen programas europeos y nacionales dirigidos a facilitar y ofrecer financiación para el acceso a la infraestructura de banda ancha a todos los centros de enseñanza e investigación para el año 2015; considera que hasta el año 2015 todos los centros de investigación y académicos europeos deben estar conectados mediante redes ultrarrápidas (Gbps), creando una intranet para el espacio único de investigación en la UE; |
11. |
Pide a los Estados miembros que fomenten y extiendan las capacidades de conexión de acceso abierto de alta velocidad a destacadas infraestructuras públicas (escuelas, hospitales y otras instituciones públicas) situadas en zonas remotas, con miras a optimizar los servicios públicos y crear anclajes para el acceso a conexiones de alta velocidad en zonas remotas, reduciendo así los costes de inversión de su distribución local particular; |
12. |
Sugiere que se inste a los Estados miembros a que apliquen políticas públicas de acompañamiento de la puesta en marcha de las nuevas tecnologías y que se fomente el uso de métodos de enseñanza digitales; pide, en este sentido, a la Comisión que favorezca los intercambios de buenas prácticas entre los Estados miembros y entre estos y terceros países; |
13. |
Recuerda que las nuevas tecnologías y el acceso a las conexiones de alta velocidad contribuyen de forma positiva a la educación —entre otras cosas, creando buenas oportunidades para el aprendizaje a distancia, especialmente en las regiones remotas—, la información, las comunicaciones y el ocio de los ciudadanos; |
14. |
Destaca la necesidad de un nivel de inversiones sostenido en investigación en la UE sobre futuras tecnologías de comunicaciones fijas y móviles; pide a la Comisión que continúe desarrollando iniciativas tecnológicas comunes en este ámbito, con la participación de universidades, centros de investigación, fabricantes de aparatos, servicios técnicos y proveedores de contenidos; considera que estas plataformas son un medio excelente para desarrollar y explotar nuevas tecnologías y brindan una notable ventaja competitiva a la UE; |
15. |
Señala que los organismos de radiodifusión públicos deberían poder ofrecer contenidos audiovisuales pluralistas de calidad elevada utilizando las actuales plataformas de difusión, incluidas las terrestres, y de redes de banda ancha, especialmente para servicios «a la carta», siempre que las redes de banda ancha cumplan los mismos criterios de calidad del servicio y tengan como objetivo maximizar su eficacia en el uso del espectro y su cobertura; |
16. |
Pide a la Comisión que, a fin de crear una estructura de la UE coherente, cohesionada y efectiva para la organización de todos los recursos, presente con urgencia una propuesta adecuada para desarrollar un plan estratégico que contenga un marco único para todos los aspectos de la ciberseguridad de la UE, con el fin de garantizar la plena protección y la resistencia de la red y las infraestructuras críticas de información, incluidas las normas mínimas de seguridad y las certificaciones, una terminología común, la gestión de los incidentes y una hoja de ruta sobre la seguridad cibernética; considera que dicho plan debería definir las contribuciones requeridas de cada agente, incluidos la Comisión, los Estados miembros, ENISA, Europol, Eurojust, los equipos nacionales y de la UE de respuesta a emergencias informáticas y otros organismos y autoridades pertinentes de la UE y nacionales, así como el sector privado, y abordar asimismo la representación y el papel de la UE en el plano internacional; |
17. |
Considera que las obligaciones de servicio universal podrían convertirse finalmente en un incentivo adicional para el desarrollo de la banda ancha y alienta a la Comisión a revisar rápidamente el ámbito de aplicación de los servicios universales a este respecto; |
18. |
Pide a los Estados miembros que, en estrecha cooperación con todas las partes interesadas, establezcan planes nacionales de banda ancha y adopten planes operativos con medidas concretas para la realización de los objetivos para 2013 y 2020 fijados en la Agenda Digital; pide a la Comisión que examine estos planes, proponga soluciones óptimas y coordine su aplicación con los Estados miembros; |
La banda ancha favorece el crecimiento económico, la innovación y la competitividad mundial
19. |
Considera que los nuevos servicios y redes de alta velocidad son necesarios para impulsar la competitividad internacional de la UE y crear empleo de elevada calidad; |
20. |
Opina que la combinación de la competencia y unos objetivos cuidadosamente escogidos, tanto en la infraestructura como en los servicios, es la mejor base para la inversión, la innovación y el aprovechamiento de los recursos de forma sostenible; destaca, no obstante, que en determinados casos una mayor cooperación entre las partes interesadas también puede promover la inversión; |
21. |
Considera que las redes de banda ancha de gran capacidad y la fibra óptica en las redes de acceso (FTTH) son esenciales, tanto desde la perspectiva del usuario final y de sus futuras necesidades como del desarrollo económico, habida cuenta del uso, cada vez más extendido, de las aplicaciones de banda ancha; |
22. |
Recomienda que se promueva un mercado competitivo para la inversión en infraestructura de banda ancha fija e inalámbrica y para su utilización, y observa que un mercado competitivo es un catalizador para una mayor inversión e innovación por los proveedores de comunicaciones, aplicaciones y contenidos, así como una plataforma esencial para la economía digital; reconoce que una sólida plataforma de banda ancha conectará a usuarios públicos, particulares y de las empresas en lugares a ambos lados del Atlántico, por lo que, en particular, la UE y los EE.UU. deberían seguir agendas decididas de promoción de la banda ancha; |
23. |
Alienta a la Comisión, al Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (BEREC) y a los proveedores de servicios a que trabajen para establecer antes de 2013 un planteamiento común dirigido a reforzar el mercado único de empresas y comunicaciones en toda la UE; |
24. |
Destaca la importancia, con miras a conseguir mercados móviles competitivos, de una asignación competitiva y oportuna del espectro para la banda ancha inalámbrica a través del Programa de Política del Espectro Radioeléctrico, y pide a los Estados miembros que liberen la banda de 800 MHz para 2013, respetando los servicios existentes; |
25. |
Recuerda que el mundo digital y las TIC son motores de la innovación y que, por tanto, el acceso a la banda ancha de alta velocidad es una condición previa esencial en todas las cooperaciones de innovación europea, dado que fomenta la cooperación y la participación de los ciudadanos; |
26. |
Destaca la importancia de la adquisición precomercial en el ámbito de las soluciones I+D para estos sectores, como forma de estimular una dinámica propia de desarrollo tecnológico y demanda de servicios de banda ancha de alta velocidad; |
27. |
Opina que los fondos públicos asignados a los servicios de banda ancha pueden ser un impulso eficaz para estimular la competitividad de las regiones de la UE si se canalizan hacia el desarrollo de una nueva generación de infraestructuras de vanguardia, con una gran capacidad de transmisión en las zonas con un importante déficit de conexiones de banda ancha; estima que dichas zonas, especialmente aquellas con una elevada densidad de población y una amplia base industrial, podrían aprovechar rápidamente el potencial innovador y creativo de los nuevos servicios a disposición de las personas y las empresas; |
28. |
Considera que la ampliación de las redes de banda ancha, principalmente en las zonas rurales, facilitará la mejora de las comunicaciones, especialmente para las personas con movilidad reducida o que viven en condiciones de aislamiento, y también mejorará el acceso a los servicios y fomentará el desarrollo de las PYME en las zonas rurales, contribuyendo así a la creación de nuevos empleos y al desarrollo de nuevos servicios en dichas zonas; |
29. |
Lamenta que no se hayan asignado los 1 000 millones de euros de financiación anunciados en 2008 en el Plan Europeo de Recuperación Económica con respecto a una cobertura de banda ancha del 100 % antes de finales de 2010, y que no se haya alcanzado este objetivo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que asignen los importes necesarios para lograr el objetivo de asegurar una cobertura de banda ancha del 100 % para 2013 cuando se revise el actual marco financiero plurianual; |
30. |
Destaca la necesidad urgente de establecer un mercado único digital competitivo que actúe como punta de lanza para abrir el mercado interior a todos los ciudadanos de la UE; pide la creación en cada Estado miembro de una ventanilla única para el IVA, con el fin de facilitar el comercio transfronterizo en línea para las PYME y los empresarios; |
31. |
Considera que la fuerte demanda de conexión, que acrecienta el perfil de la economía en línea de la UE, contribuye a mejorar el grado de preparación de la UE a los accesos por red y responde a los cambios sociales que se operan en el mercado interior, debe ser respaldada con la financiación adecuada y con las infraestructuras sólidas y competitivas, necesarias para llevar a cabo el proyecto europeo de banda ancha; |
32. |
Destaca que los servicios de banda ancha son clave para la competitividad de la industria de la UE y contribuyen en gran medida al crecimiento económico, la cohesión social y la creación de empleo de calidad, así como a la participación de todas las regiones y todos los grupos sociales en la vida digital en la UE; considera que la aplicación satisfactoria del paquete de medidas en materia de banda ancha es fundamental para combatir el desempleo, especialmente entre los jóvenes, por medio de un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo en Europa, conforme a lo previsto en la Estrategia Europa 2020; |
33. |
Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de convocar una Asamblea Digital en junio de 2011; |
Incentivar la inversión y la competencia
34. |
Destaca la necesidad de que los Estados miembros y el sector empresarial adopten medidas dirigidas a conseguir la banda ancha para todos centrándose en el lado de la demanda y evitando distorsiones del mercado o la imposición de cargas excesivas al sector; |
35. |
Señala que los posibles riesgos que implica la construcción de la costosa infraestructura para la banda ancha de próxima generación son altos, con largos periodos de amortización; señala que la regulación no debe disuadir de la inversión en esta infraestructura, sino que debe asegurar a todos los operadores del mercado suficientes incentivos para invertir; |
36. |
Destaca que el coste de la inversión en infraestructuras debe ser financiado por el mercado; señala no obstante que, en aquellos casos en que es poco probable que la infraestructura abierta se instale en un plazo razonable por medio de las fuerzas del mercado, el marco de ayudas estatales a la banda ancha y el uso focalizado de los fondos de la UE a través del Banco Europeo de Inversiones (BEI), los Fondos Estructurales y el FEADER pueden ser los medios complementarios más progresivos para acelerar el despliegue de la banda ancha; pide a la Comisión que, en su revisión de las directrices sobre ayudas públicas a la banda ancha, ofrezca un marco estable y coherente que apoye la competencia y la inversión eficiente en redes abiertas y permita la asignación flexible de fondos de la UE en los respectivos periodos de programación; |
37. |
Respalda todas las medidas que contribuyan a reducir el coste de la ingeniería civil, al tiempo que destaca la necesidad de servicios innovadores para estimular la absorción; destaca la necesidad de promover nuevas habilidades y competencias para ofrecer servicios innovadores y adaptarse al cambio tecnológico, y considera que las inversiones en nuevas redes abiertas y competitivas deben recibir el respaldo de medidas adoptadas por las autoridades locales, regionales y nacionales con el fin de reducir los costes; pide que se asignen fondos públicos (nacionales y de la UE) al desarrollo de infraestructuras de comunicación de banda ancha en zonas aisladas, poco pobladas o periféricas que no son lo suficientemente atractivas para los proveedores en términos de rentabilidad; |
38. |
Destaca la necesidad de una mejor orientación de la inversión en banda ancha para las autoridades locales y regionales, a fin de fomentar la plena absorción de los fondos de la UE, dado que las cifras de gastos correspondientes a los Fondos Estructurales sugieren que las regiones tienen dificultades a la hora de absorber los fondos disponibles y destinarlos a proyectos de banda ancha; considera que las ayudas públicas a la inversión en banda ancha deben utilizarse en sinergia con los Fondos Estructurales para estimular la actividad empresarial local y la economía local, crear empleo en el plano local y promover la competencia en el mercado de las telecomunicaciones; estima que, para aprovechar al máximo una limitada financiación pública, ya sea directamente por medio de los Estados miembros o por medio de la UE, esta financiación debe centrarse claramente en aquellos proyectos en los que quepa esperar que tenga el máximo efecto en la inversión privada, para seguir aumentando tanto la cobertura como la capacidad; destaca la necesidad de fondos públicos o préstamos preferenciales, de conformidad con las orientaciones de la Comisión en materia de ayudas públicas, que deben destinarse a infraestructuras con perspectivas de futuro, duraderas y abiertas que respalden la competencia y la elección del consumidor; |
39. |
Destaca que las acciones en este ámbito se emprenden sobre todo a nivel local, y respalda los esfuerzos de la Comisión por desarrollar y mejorar mecanismos que permitan a los agentes locales obtener información pertinente para reducir los costes de inversión; considera que, para que los planes de banda ancha sean plenamente operativos, no solo es necesario que la Comisión y los Estados miembros colaboren, sino que las autoridades regionales y locales también deben participar en la elaboración de los planes; |
40. |
Reconoce que es necesaria la certidumbre en materia de regulación para promover las inversiones y superar los obstáculos a las redes de la próxima generación, y alienta a las autoridades reguladoras nacionales a que lleven a cabo políticas propicias a la competencia que garanticen la transparencia y la no discriminación en el mercado mayorista de las telecomunicaciones y que permitan a todos los competidores tener un acceso equitativo a la infraestructura; pide a los Estados miembros que cumplan la normativa de la UE sobre telecomunicaciones y a las autoridades reguladoras nacionales que apliquen la Recomendación sobre las NGA; pide a la Comisión que utilice más elementos de incentivación de las inversiones dentro del marco regulador y que estimule el uso de las sinergias de los proyectos de infraestructura; |
41. |
Señala la importancia que revisten unos mercados competitivos para lograr un acceso asequible a la banda ancha, al tiempo que destaca la necesidad de que los Estados miembros y las autoridades reguladoras nacionales apliquen con rapidez el marco revisado de telecomunicaciones de la UE y la Recomendación sobre las redes de acceso de nueva generación; |
42. |
Toma nota de la necesidad de directrices claras para los Estados miembros, a fin de garantizar que los fondos se destinen en el momento oportuno a los objetivos clave en materia de banda ancha, respetando al mismo tiempo la rentabilidad y la proporcionalidad de las medidas; |
43. |
Pide que se establezca un marco favorable a la inversión para las NGA y el acceso inalámbrico de alta velocidad (móvil y por satélite) que, entre otras cosas, garantice la seguridad jurídica y fomente la inversión, la competencia y la neutralidad tecnológica, dejando en manos del mercado las opciones tecnológicas; |
44. |
Pide a los Estados miembros que garanticen un acceso no discriminatorio a las obras de ingeniería civil y faciliten el acceso a las conducciones, con lo que se reduciría sustancialmente el umbral de inversión; |
45. |
Pide a la Comisión que, con el apoyo de los Estados miembros, cartografíe las zonas sin servicio o con un servicio deficiente; |
46. |
Señala que, con el fin de obtener la máxima disponibilidad y adopción de la banda ancha, la política de la UE debe alentar el despliegue de redes, aplicaciones, equipamientos de acceso, servicios y contenidos eficaces y asequibles; alienta a los Estados miembros al desarrollo de los servicios en línea en el ámbito de la administración, la democracia, la formación y la salud, que impulsarán la demanda de banda ancha; |
47. |
Destaca que, cuando las fuerzas del mercado sean capaces de ofrecer un acceso competitivo a la banda ancha, la política estatal debe promover la inversión privada y la innovación suprimiendo los obstáculos para su despliegue; |
48. |
Apoya el trabajo de la Comisión junto con el BEI para mejorar la disponibilidad de financiación para redes rápidas y ultrarrápidas, al tiempo que destaca la necesidad de que esta financiación se destine a proyectos de infraestructura abiertos que soporten una variedad de servicios; |
49. |
Celebra la propuesta de la Comisión de explorar nuevas fuentes de financiación e instrumentos de financiación innovadores; apoya, con este fin, la introducción de un sistema de emisión de bonos de la UE que, con la colaboración con el BEI y la garantía del presupuesto de la UE, responda al actual déficit de financiación debido a las reticencias de la inversión privada y las importantes limitaciones de los presupuestos nacionales; insta, por tanto, a la Comisión a presentar lo antes posible propuestas legislativas concretas para la aplicación de esta fuente alternativa de financiación para grandes proyectos de infraestructura con valor añadido europeo; |
50. |
Sigue alentando una inversión pública y unos modelos de organización adecuados, contando en particular con la participación de las autoridades locales, las colaboraciones público-privadas (CPP) y los sistemas de incentivos fiscales para el despliegue de redes rápidas y ultrarrápidas; destaca la importancia de que las políticas públicas se coordinen a todos los niveles; |
51. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que celebren un Pacto de la UE para el despliegue de la banda ancha con miras a coordinar los programas de financiación nacionales y europeos y la inversión privada de forma más efectiva, de conformidad con las Directrices sobre ayudas estatales de la Comisión, centrándose especialmente en las zonas rurales y asegurando la necesaria coordinación mediante indicadores de rendimiento coherentes a escala de la UE; |
52. |
Pide que se cree un único Grupo de trabajo de alto nivel de la UE con representación de todas las partes interesadas relevantes, incluidos los usuarios y proveedores de redes y servicios electrónicos, las autoridades reguladoras nacionales y el ORECE, para contribuir al desarrollo de la futura estrategia de infraestructuras de las TIC y de los servicios específicos de la sociedad de la información; |
53. |
Pide a la Comisión que salvaguarde los principios de neutralidad y apertura de Internet y promueva la capacidad de los usuarios finales de acceder a la información, distribuirla, ejecutar aplicaciones y disfrutar de los servicios de su elección; insta a la Comisión a que determine si la aplicación del marco revisado de telecomunicaciones de la UE requiere normas de orientación específicas; |
54. |
Pide a los Estados miembros que determinen qué medidas pueden adoptarse para facilitar la entrada en el mercado de nuevos participantes, con el fin de fomentar un entorno competitivo; |
55. |
Destaca que las medidas reguladoras adoptadas por los Estados Miembros con respecto al establecimiento de una separación funcional solo deben adoptarse a título excepcional, tras un análisis del impacto previsto en la autoridad reguladora, la empresa, en particular sus trabajadores, y sus incentivos para invertir en su red; considera que dicha evaluación de impacto debe someterse a debate con todas las partes interesadas, incluidos los representantes de los trabajadores; |
Beneficios para los consumidores
56. |
Toma nota de la intención de la Comisión de elaborar directrices en materia de fijación de costes y de no discriminación, principios clave en el marco de la UE, y alienta a la Comisión a apoyar la competencia en las redes rápidas y ultrarrápidas y a facilitar a todos los operadores un acceso equitativo a la infraestructura, con el fin de garantizar una amplia oferta de servicios a precios asequibles para los consumidores e incentivar las inversiones eficaces y una rápida transición a las redes rápidas y ultrarrápidas; |
57. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aborden la cuestión de la exclusión social digital y otros obstáculos que han marginado de las redes a algunos sectores sociales, especialmente a comunidades de bajos ingresos y personas con discapacidad, y que exijan a todas las partes interesadas pertinentes que faciliten: formación y acceso público a los servicios de banda ancha; asistencia económica para la adquisición de servicios y equipos de banda ancha, e incentivos en favor del desarrollo de tecnologías y contenidos que correspondan a necesidades específicas de los usuarios; |
58. |
Pide a la Comisión que, con el fin de conseguir servicios interactivos viables y permitir el seguimiento de los objetivos en materia de banda ancha, especifique un mayor número de características cuantitativas del acceso de banda ancha, incluidas las velocidades de carga y descarga, latencias y velocidades experimentadas por los usuarios y las características necesarias para el rendimiento eficaz de tales servicios; acoge favorablemente el trabajo de la Comisión para desarrollar una metodología destinada a medir aspectos relevantes de la experiencia real de los usuarios; |
59. |
Destaca la diferencia entre velocidades de red teóricas y la experiencia real de los usuarios, dado que ésta depende también, entre otros factores, de la capacidad y la congestión de los sitios web; pide a la Comisión que, junto con el ORECE, afine su medición de la velocidad de banda ancha que se suministra y ajuste sus objetivos en consecuencia, y pide al ORECE que elabore directrices de la UE para garantizar que las velocidades de banda ancha anunciadas reflejen adecuadamente las velocidades medias de carga y descarga que los usuarios pueden esperar realmente, y que garantice una información exhaustiva al consumidor sobre la oferta de servicios, con miras a asegurar la transparencia en relación con las ventajas de las nuevas tecnologías, promover la comparabilidad y fomentar la competencia; pide al ORECE que vele por que las velocidades típicas de banda ancha de que disfrutan los consumidores sean objeto de una publicidad leal para aumentar la transparencia en relación con los beneficios de las nuevas tecnologías de carga y descarga; pide a las autoridades reguladoras nacionales que adopten medidas con respecto a aquellos proveedores que no cumplan las recomendaciones del ORECE; |
60. |
Insiste en la importancia de los futuros servicios de alta velocidad que permitan lograr la eficiencia energética de la UE y la consecución de los objetivos en materia de seguridad y otras capacidades de comunicación (por ejemplo, sistemas de transporte eficaces e inteligentes o sistemas de comunicación de persona a persona, de persona a máquina y de máquina a máquina); |
61. |
Observa que las nuevas redes de fibra óptica ofrecen a los consumidores acceso de alta cualidad a velocidades que siempre son mayores que las de la tecnología existente; considera razonable promover la implantación de la banda ancha de fibra óptica cuando constituya la solución más rentable y más sostenible; |
62. |
Pide a la Comisión que presente un informe anual al Parlamento sobre las ofertas y opciones de banda ancha realmente disponibles para los usuarios en la UE y sobre los avances realizados en la aplicación del marco para las comunicaciones electrónicas y la Recomendación sobre las NGA; |
63. |
Pide a la Comisión que coordine las mejores prácticas entre los Estados miembros en materia de libre acceso público a las redes WIFI de alta velocidad en los medios de transporte públicos; |
64. |
Hace hincapié en que el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación junto con el Internet de banda ancha brindan una oportunidad extraordinaria para mejorar aún más la comunicación y el diálogo entre los ciudadanos y las instituciones de la UE; |
65. |
Pide a la Comisión que presente evaluaciones más detalladas sobre el impacto que podrían tener sobre la salud determinadas tecnologías relacionadas con la banda ancha, en particular los sistemas de comunicación de persona a persona, de persona a máquina y de máquina a máquina; insiste en la necesidad de que la UE supervise y evalúe constantemente los riesgos que entraña para la salud la tecnología de Internet inalámbrico, para que los ciudadanos no estén expuestos a radiaciones perjudiciales para su salud; |
E-Iniciativas: la promoción de la demanda
66. |
Pide que se adopten medidas específicas que permitan a las PYME aprovechar plenamente el potencial de la banda ancha en el comercio electrónico y los contratos públicos por vía electrónica; insta a la Comisión al intercambio de las mejores prácticas y a examinar la posibilidad de incorporar en su Agenda Digital un programa específico para las PYME y las conexiones de banda ancha; |
67. |
Destaca que, con el fin de optimizar su impacto y beneficio social, el desarrollo de la banda ancha debería estar asociado a programas de información sobre sensibilización con respecto a la demanda y con programas educativos; |
68. |
Pide a los Estados miembros que aumenten sus esfuerzos para superar las carencias en las cibercapacidades en todos los niveles educativos y en el aprendizaje permanente para todos los ciudadanos, con especial atención a aquellos con escasas capacidades en materia de TI; señala que la inversión en banda ancha en la UE solo podrá tener éxito si la inversión técnica va acompañada de las correspondientes inversiones en las capacidades de los ciudadanos en materia de TI; hace hincapié en el papel que desempeñan las nuevas tecnologías en la educación y observa que, de cara al futuro, los conocimientos tecnológicos no solo constituyen un objetivo, sino también una herramienta esencial en favor del aprendizaje permanente y la cohesión social; |
69. |
Pide a los Estados miembros y a la industria que capaciten a las personas para desarrollar nuevas habilidades mediante programas globales de adaptación y formación, y que acompañen el cambio tecnológico con políticas activas en el mercado laboral; |
70. |
Pide a los Estados miembros que asuman las recomendaciones de la Comisión en sus planes de acción relativos a la administración electrónica recurriendo a la contratación electrónica, adoptando una estrategia abierta para el acceso a los datos del sector público, fomentando la identidad electrónica y garantizando la interoperabilidad paneuropea y mundial; recuerda que todas las actuaciones deberían dirigirse a simplificar la interacción con las administraciones públicas; |
71. |
Pide a la Comisión que agilice las operaciones de contratación pública mediante la utilización de recursos en línea y la facturación electrónica (iniciativa de facturación electrónica); |
72. |
Apoya las iniciativas como la salud electrónica y una infraestructura paneuropea de información sanitaria para aumentar la autonomía y la calidad de vida de los pacientes; señala que, habida cuenta del envejecimiento de la población de la UE, estos servicios deben ser accesibles desde cualquier lugar y en todo momento, también a través de dispositivos móviles, y que, ante todo, deben ser asequibles; considera que, con el fin de aplicar la infraestructura paneuropea de información de un sistema sanitario centrado en el paciente, deben llevarse a cabo las actuaciones siguientes:
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73. |
Respalda los servicios de banda ancha innovadores dirigidos al sector marítimo, y acoge con satisfacción el debate en la Comisión y los Estados miembros acerca de una nueva iniciativa sobre un programa marítimo electrónico basada en el proyecto «SafeSeaNet», que se ha previsto que aborde también la información en materia de logística, aduanas, control fronterizo, medio ambiente, operaciones de pesca y comunicaciones, así como cuestiones de protección y seguridad; |
74. |
Pide a la Comisión que fomente el uso de la última generación de satélites como un sistema innovador de las comunicaciones de banda ancha en proyectos con valor añadido europeo, promoviendo también la utilización del Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos, así como la red de área mundial de banda ancha (Broadband Global Area Network) de nueva generación y los servicios marítimos FleetBroadband; |
75. |
Recuerda la necesidad de conectar la Agenda Digital con la prestación de nuevos servicios generadores de crecimiento, como el comercio electrónico, la sanidad electrónica, la formación electrónica y la banca electrónica; |
76. |
Destaca la importancia que reviste un marco sólido en materia de privacidad para la UE, y celebra la actual revisión de la Directiva de protección de datos; |
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77. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO L 251 de 25.9.2010, p. 35.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0220.
(3) DO C 235 de 30.9.2009, p. 7.
(4) Textos Aprobados, P7_TA(2010)0207.
(5) DO C 81 E de 15.3.2011, p. 45.
(6) DO C 117 E de 6.5.2010, p. 206.
(7) DO C 8 E de 14.1.2010, p. 60.
(8) DO C 146 E de 12.6.2008, p. 87.
(9) DO C 287 E de 29.11.2007, p. 364.
(10) DO C 291 E de 30.11.2006, p. 133.
(11) DO C 133 E de 8.6.2006, p. 140.
(12) DO C 104 de 14.4.1999, p. 128.