This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52007XX0419(01)
Opinion of the Advisory Committee on restrictive practices and dominant positions given at its 381st meeting on 11 October 2004 concerning a preliminary draft decision in case COMP/C.38.238/B.2 — Raw Tobacco Spain
Dictamen del Comité consultivo sobre prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión 381 el 11 de octubre de 2004 con relación a un anteproyecto de decisión en el asunto COMP/C.38.238/B.2 — Tabaco crudo España
Dictamen del Comité consultivo sobre prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión 381 el 11 de octubre de 2004 con relación a un anteproyecto de decisión en el asunto COMP/C.38.238/B.2 — Tabaco crudo España
DO C 85 de 19.4.2007, p. 14–14
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
19.4.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 85/14 |
Dictamen del Comité consultivo sobre prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión 381 el 11 de octubre de 2004 con relación a un anteproyecto de decisión en el asunto COMP/C.38.238/B.2 — Tabaco crudo España
(2007/C 85/07)
1. |
La mayoría del Comité consultivo concuerda con la Comisión en que no es necesario definir el mercado pertinente en esta decisión. Una minoría del Comité consultivo se abstiene. |
2. |
La mayoría del Comité consultivo coincide con la Comisión en que los destinatarios del proyecto de decisión han participado en dos acuerdos y/o prácticas concertadas diferentes, únicos y continuados, contrarios al apartado 1 del artículo 81 CE. Una minoría del Comité consultivo se abstiene. |
3. |
La mayoría del Comité consultivo está de acuerdo con la Comisión en que los acuerdos y/o prácticas concertadas tienen por objeto restringir la competencia. Una minoría del Comité consultivo se abstiene. |
4. |
El Comité consultivo concuerda con la Comisión en que debe imponerse una multa a los destinatarios del proyecto de decisión. |
5. |
La mayoría del Comité consultivo está de acuerdo con el razonamiento de la Comisión referente a la cantidad básica de las multas. Una minoría del Comité consultivo se abstiene. |
6. |
La mayoría del Comité consultivo está de acuerdo con el razonamiento de la Comisión sobre las circunstancias agravantes. Una minoría del Comité consultivo se abstiene. |
7. |
La mayoría del Comité consultivo está de acuerdo con el razonamiento de la Comisión relativo a las circunstancias atenuantes. Una minoría del Comité consultivo se abstiene. |
8. |
El Comité consultivo está de acuerdo con el razonamiento de la Comisión en cuanto a la aplicación de la Comunicación de la Comisión de 1996 relativa a la dispensa del pago de las multas y la reducción de su importe en casos de cartel. |
9. |
El Comité consultivo recomienda la publicación de su dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
10. |
El Comité consultivo pide a la Comisión que tenga en cuenta los demás aspectos planteados durante la discusión. |