This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 42010D0349
2010/349/: Decision taken by common accord between the Representatives of the Governments of the Member States of 31 May 2010 on the location of the seat of the Office of the Body of European Regulators for Electronic Communications (BEREC)
2010/349/: Decisión adoptada de común acuerdo entre los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, de 31 de mayo de 2010 , por la que se fija la sede de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE)
2010/349/: Decisión adoptada de común acuerdo entre los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, de 31 de mayo de 2010 , por la que se fija la sede de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE)
DO L 156 de 23.6.2010, p. 12–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
23.6.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 156/12 |
DECISIÓN ADOPTADA DE COMÚN ACUERDO ENTRE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS
de 31 de mayo de 2010
por la que se fija la sede de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE)
(2010/349/UE)
LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 341,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) no 1211/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) estableció el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE) y la Oficina. |
(2) |
Procede fijar la sede de la oficina del ORECE. |
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE) tendrá su sede en Riga.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2010.
El Presidente
P. L. MARÍN URIBE
(1) DO L 337 de 18.12.2009, p. 1.