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Document 32022R1860R(03)
Corrigendum to Commission Implementing Regulation (EU) 2022/1860 of 10 June 2022 laying down implementing technical standards for the application of Regulation (EU) No 648/2012 of the European Parliament and of the Council with regard to the standards, formats, frequency and methods and arrangements for reporting (Official Journal of the European Union L 262 of 7 October 2022)
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1860 de la Comisión, de 10 de junio de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los estándares, los formatos, la frecuencia y los métodos y mecanismos de notificación (Diario Oficial de la Unión Europea L 262 de 7 de octubre de 2022)
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1860 de la Comisión, de 10 de junio de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los estándares, los formatos, la frecuencia y los métodos y mecanismos de notificación (Diario Oficial de la Unión Europea L 262 de 7 de octubre de 2022)
DO L 125 de 11.5.2023, p. 59–59
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2022/1860/corrigendum/2023-05-11/oj
11.5.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 125/59 |
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1860 de la Comisión, de 10 de junio de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los estándares, los formatos, la frecuencia y los métodos y mecanismos de notificación
( Diario Oficial de la Unión Europea L 262 de 7 de octubre de 2022 )
En la página 76, artículo 10:
donde dice:
«Artículo 10
Fecha límite en que se deberán notificar los contratos de derivados
Una contraparte de un derivado que el [OP: insértese la fecha en que empiece a ser aplicable el presente Reglamento de Ejecución] cumpla las condiciones establecidas en el artículo 2, apartado 2, letras a) o b), o la entidad responsable de la notificación, notificará todos los datos de ese derivado requeridos de conformidad con el anexo remitiendo una notificación con el tipo de evento “Actualización” en un plazo de ciento ochenta días naturales a partir del xx.xx.20xx, a menos que haya presentado una notificación con el tipo de acción “Modificación” o “Corrección” de dicho derivado dentro de ese período.»,
debe decir:
«Artículo 10
Fecha límite en que se deberán notificar los contratos de derivados
Una contraparte de un derivado que el 29 de abril de 2024 cumpla las condiciones establecidas en el artículo 2, apartado 2, letras a) o b), o la entidad responsable de la notificación, notificará todos los datos de ese derivado requeridos de conformidad con el anexo remitiendo una notificación con el tipo de evento “Actualización” en un plazo de ciento ochenta días naturales a partir del 29 de abril de 2024, a menos que haya presentado una notificación con el tipo de acción “Modificación” o “Corrección” de dicho derivado dentro de ese período.».