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Document 32020B1870

Decisión (UE) 2020/1870 del Parlamento Europeo, de 13 de mayo de 2020, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT) para el ejercicio 2018

DO L 417 de 11.12.2020, p. 96–97 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/1870/oj

11.12.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 417/96


DECISIÓN (UE) 2020/1870 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 13 de mayo de 2020

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT) para el ejercicio 2018

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistas las cuentas anuales definitivas del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías relativas al ejercicio 2018,

Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las agencias de la UE correspondiente al ejercicio 2018, acompañado de las respuestas de las agencias (1),

Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes (2), presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2018 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Recomendación del Consejo, de 18 de febrero de 2020, sobre la aprobación de la gestión del Observatorio relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2018 (05761/2020 – C9-0036/2020),

Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (3), y en particular su artículo 208,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (4), y en particular su artículo 70,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (5), y en particular su artículo 15,

Visto el Reglamento Delegado (UE) n.o 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (6), y en particular su artículo 108,

Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (7), y en particular su artículo 105,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Vista la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0073/2020),

1.   

Aprueba la gestión del director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías en la ejecución del presupuesto del Observatorio para el ejercicio 2018;

2.   

Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.   

Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al director del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

David Maria SASSOLI

El Secretario General

Klaus WELLE


(1)   DO C 417 de 11.12.2019, p. 1.

(2)   DO C 417 de 11.12.2019, p. 1.

(3)   DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(4)   DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.

(5)   DO L 376 de 27.12.2006, p. 1.

(6)   DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.

(7)   DO L 122 de 10.5.2019, p. 1.


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