Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32015R2003

Reglamento (UE) 2015/2003 de la Comisión, de 10 de noviembre de 2015, por el que se aplica el Reglamento (CE) n° 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO L 294 de 11.11.2015, pp. 32–49 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/2003/oj

11.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 294/32


REGLAMENTO (UE) 2015/2003 DE LA COMISIÓN

de 10 de noviembre de 2015

por el que se aplica el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 808/2004 establece un marco común para la elaboración sistemática de estadísticas europeas de la sociedad de la información.

(2)

Se precisan medidas de aplicación a fin de determinar los datos que han de suministrarse para preparar las estadísticas del módulo 1 (Empresas y sociedad de la información) y del módulo 2 (Personas, hogares y sociedad de la información), y los plazos para su transmisión.

(3)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los datos que deberán transmitirse para la elaboración de estadísticas europeas sobre la sociedad de la información con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, y en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 808/2004 serán, como se especifica en el módulo 1, «Empresas y sociedad de la información» del anexo I, y en el módulo 2, «Personas, hogares y sociedad de la información», del anexo II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 2015.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)   DO L 143 de 30.4.2004, p. 49.


ANEXO I

Módulo 1: Empresas y sociedad de la información

A.   Temas y características de los mismos

1)

Los temas que deberán cubrirse en el año de referencia 2016, seleccionados a partir de la lista del anexo I del Reglamento (CE) no 808/2004, serán los siguientes:

a)

sistemas TIC y su utilización en las empresas;

b)

utilización de internet y otras redes electrónicas por parte de las empresas;

c)

comercio electrónico;

d)

procesos de comercio electrónico y aspectos organizativos;

e)

competencia y conocimientos de las TIC requeridos en la unidad empresarial;

f)

obstáculos a la utilización de las TIC, internet y otras redes electrónicas, así como a los procedimientos del comercio electrónico y los negocios en línea;

g)

acceso a tecnologías que ofrecen la capacidad de conectar con internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua).

2)

Se recopilarán las siguientes características en relación con las empresas:

a)

Sistemas TIC y su utilización en las empresas

i)

para todas las empresas:

utilización de ordenadores,

ii)

para las empresas que utilizan ordenadores:

(optativo) personas empleadas o porcentaje del número total de las personas empleadas que utilizan ordenadores con fines profesionales.

b)

Utilización de internet y otras redes electrónicas por parte de las empresas

i)

para las empresas que utilizan ordenadores:

acceso a internet,

expedición o transmisión de facturas,

ii)

para las empresas con acceso a internet:

personas empleadas o porcentaje del número total de las personas empleadas que utilizan ordenadores con acceso a internet con fines profesionales,

conexión a internet: DSL o cualquier otro tipo de conexión fija de banda ancha,

conexión a internet: conexión móvil de banda ancha mediante un dispositivo portátil que utilice redes de telefonía móvil («3G» o «4G»),

(optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda ancha por ordenador portátil que utilice redes de telefonía móvil («3G» o «4G»),

(optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda ancha mediante otro tipo de dispositivos portátiles como teléfonos inteligentes que utilicen redes de telefonía móvil («3G» o «4G»),

personas empleadas o porcentaje del número total de las personas empleadas que utilizan un dispositivo portátil que ofrece la empresa y que permite la conexión a internet a través de las redes de telefonía móvil (con fines profesionales),

suministro a personas empleadas de dispositivos portátiles que permiten la conexión móvil a internet (con fines profesionales),

disponer de un sitio web,

utilización de las redes sociales no solo para la publicación de publicidad de pago,

utilización de blogs o microblogs de la empresa que no se empleen únicamente para la publicación de publicidad de pago,

utilización de sitios web de intercambio de contenidos multimedia que no se empleen únicamente para la publicación de publicidad de pago,

utilización de herramientas de intercambio de conocimientos basadas en una tecnología wiki que no se empleen únicamente para la publicación de publicidad de pago,

iii)

para las empresas que tengan DSL o cualquier otro tipo de conexión fija de banda ancha a internet:

velocidad máxima contratada de descarga en la conexión más rápida de internet (Mbit/s) en las horquillas siguientes: [de 0 a < 2], [de 2 a < 10], [de 10 a < 30], [de 30 a < 100], [≥ 100]),

iv)

para las empresas que tengan un sitio web, información sobre la prestación de los siguientes servicios:

descripción de bienes o servicios, listas de precios,

pedidos, reservas de artículos o reservas de plazas por vía electrónica,

posibilidad de que los visitantes personalicen o configuren bienes o servicios en línea,

seguimiento o situación de pedidos en curso,

personalización de contenidos en el sitio web para visitantes habituales o reiterados,

enlaces o referencias hacia los perfiles de las redes sociales de la empresa,

(optativo) anuncio de ofertas de empleo o solicitudes de empleo en línea,

v)

para las empresas que ofrezcan a sus empleados dispositivos portátiles que permiten la conexión móvil a internet (con fines profesionales):

suministro de dispositivos portátiles para acceder al sistema de correo electrónico de la empresa,

suministro de dispositivos portátiles para acceder a la documentación de la empresa y modificarla,

suministro de dispositivos portátiles para utilizar las aplicaciones informáticas de la empresa.

c)

Comercio electrónico

i)

para las empresas que utilizan ordenadores:

recepción de pedidos relativos a bienes o servicios a través de sitios web o aplicaciones (ventas en línea) durante el año civil anterior,

recepción de pedidos relativos a bienes o servicios a través de mensajes de tipo intercambio electrónico de datos (ventas de tipo IED), durante el año civil anterior,

(optativo) pedidos de bienes o servicios realizados a través de sitios web, aplicaciones o mensajes de tipo IED durante el año civil anterior,

ii)

para las empresas que hayan recibido pedidos realizados por medio de un sitio web o una aplicación en el año civil anterior:

valor o porcentaje (respecto al volumen de negocios total) de las ventas en comercio electrónico derivadas de pedidos que se hayan realizado a través de sitios web o aplicaciones durante el año civil anterior,

porcentaje (respecto al volumen de negocios) de las ventas en comercio electrónico a particulares (B2C) derivadas de pedidos que se hayan realizado a través de sitios web o aplicaciones durante el año civil anterior,

porcentaje (respecto al volumen de negocios) de las ventas en comercio electrónico a otras empresas (B2B) y a administraciones públicas (B2G) derivadas de pedidos que se hayan realizado a través de sitios web o aplicaciones durante el año civil anterior,

(optativo) utilización de sistemas de pago electrónicos para ventas a través de sitios web o aplicaciones, es decir, pago integrado en el proceso de pedido,

(optativo) utilización de sistemas de pago no electrónicos para ventas a través de sitios web o aplicaciones, es decir, pago no integrado en el proceso de pedido,

iii)

para las empresas que hayan recibido pedidos relativos a productos o servicios por medio de mensajes de tipo IED:

valor o porcentaje (respecto al volumen de negocios total) de las ventas en comercio electrónico derivadas de pedidos que se hayan recibido a través de mensajes de tipo IED durante el año civil anterior,

iv)

para las empresas que hayan realizado pedidos a través de sitios web, aplicaciones o mensajes de tipo IED, la siguiente información es facultativa:

envío de pedidos relativos a bienes o servicios a través de sitios web o aplicaciones durante el año civil anterior,

envío de pedidos relativos a bienes o servicios a través de mensajes de tipo IED durante el año civil anterior,

envío de pedidos, a través de sitios web, aplicaciones o mensajes de tipo IED, relativos a bienes o servicios por un importe igual o superior al 1 % del valor total de las compras durante el año civil anterior.

d)

Procesos de comercio electrónico y aspectos organizativos

i)

para las empresas que utilizan ordenadores:

(optativo) análisis de macrodatos (big data) utilizando los datos propios de la empresa a partir de dispositivos inteligentes o sensores como fuente de datos, durante el año civil anterior,

(optativo) análisis de macrodatos (big data) utilizando datos de geolocalización como fuente de datos, durante el año civil anterior,

(optativo) análisis de macrodatos (big data) utilizando datos generados por las redes sociales como fuente de datos, durante el año civil anterior,

(optativo) análisis de macrodatos (big data) utilizando otras fuentes de datos no especificadas en este punto, durante el año civil anterior,

ii)

para las empresas que analicen macrodatos (big data):

(optativo) utilización de los propios empleados de la empresa para el análisis de los macrodatos,

(optativo) utilización de proveedores de servicios externos para el análisis de los macrodatos,

iii)

para las empresas que utilizan ordenadores:

expedición/envío de cualquier tipo de facturas a otras empresas, ya sea en formato electrónico o en papel, durante el año civil anterior,

expedición/envío de cualquier tipo de facturas a administraciones públicas, ya sea en formato electrónico o en papel, durante el año civil anterior,

expedición/envío de cualquier tipo de facturas a consumidores privados, ya sea en formato electrónico o en papel, durante el año civil anterior,

porcentaje del total de las facturas recibidas como facturas electrónicas, en una estructura normalizada apta para el tratamiento automático, durante el año civil anterior,

porcentaje del total de las facturas recibidas como facturas en papel o en un formato electrónico no apto para el tratamiento automático, durante el año civil anterior,

iv)

para las empresas que hayan enviado o expedido facturas a otras empresas o a administraciones públicas durante el año civil anterior:

porcentaje del total de las facturas enviadas o expedidas como facturas electrónicas a otras empresas o a administraciones públicas, en una estructura normalizada apta para el tratamiento automático, durante el año civil anterior,

porcentaje del total de las facturas enviadas o expedidas como facturas electrónicas a otras empresas o a administraciones públicas, en un formato electrónico no apto para el tratamiento automático, durante el año civil anterior,

porcentaje del total de las facturas enviadas o expedidas a otras empresas o a administraciones públicas únicamente como facturas en papel, durante el año civil anterior.

e)

Competencia y conocimientos de las TIC requeridos en la unidad empresarial

i)

para las empresas que utilizan ordenadores:

empleo de especialistas en TIC,

prestación de todo tipo de formación para desarrollar destrezas relacionadas con las TIC destinadas a especialistas en TIC, durante el año civil anterior,

prestación de todo tipo de formación para desarrollar destrezas relacionadas con las TIC destinadas a otras personas empleadas, durante el año civil anterior,

contratación o intento de contratación de especialistas en TIC, durante el año civil anterior,

ejecución de las siguientes tareas de TIC durante el año civil anterior (desglosadas en «principalmente por sus propios empleados, incluido el personal contratado en las empresas matriz o filiales»; «principalmente por contratistas externos», «no se aplica»):

mantenimiento de infraestructuras de TIC (servidores, ordenadores, impresoras y redes),

soporte para los programas de ofimática,

desarrollo de programas informáticos y sistemas de gestión empresarial,

soporte para los programas informáticos y sistemas de gestión empresarial,

desarrollo de aplicaciones web,

soporte para aplicaciones web,

seguridad y protección de datos,

ii)

para las empresas que utilizan ordenadores y que contrataron o intentaron contratar a especialistas en TIC durante el año civil anterior:

vacantes de empleo para especialistas en TIC difíciles de cubrir.

f)

Obstáculos a la utilización de las TIC, internet y otras redes electrónicas, así como a los procedimientos del comercio electrónico y los negocios en línea

i)

para las empresas que utilizan ordenadores:

(optativo) obstáculos que limitan o impiden las ventas a través de un sitio web o una aplicación porque los bienes o servicios no se prestan a ese tipo de venta,

(optativo) obstáculos que limitan o impiden las ventas a través de un sitio web o una aplicación debido a problemas de logística,

(optativo) obstáculos que limitan o impiden las ventas a través de un sitio web o una aplicación debido a problemas con los pagos,

(optativo) obstáculos que limitan o impiden las ventas a través de un sitio web o una aplicación debido a problemas de seguridad de las TIC o a la protección de datos,

(optativo) obstáculos que limitan o impiden las ventas a través de un sitio web o una aplicación debido al marco jurídico,

(optativo) obstáculos que limitan o impiden las ventas a través de un sitio web o una aplicación debido a unos gastos de inversión excesivamente elevados en comparación con los beneficios previstos.

g)

Acceso a tecnologías que ofrecen la capacidad de conectar con internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua)

i)

para las empresas con acceso a internet:

prestación de acceso a distancia al sistema de correo electrónico de la empresa, a los documentos o a las aplicaciones,

pago de anuncios en internet,

utilización de servicios informáticos en nube con excepción de los gratuitos,

ii)

para las empresas que pagan anuncios en internet empleando uno de los siguientes métodos de publicidad personalizada:

un método publicitario basado en el contenido de páginas web o en palabras clave que hayan buscado los usuarios,

un método publicitario basado en el seguimiento de actividades pasadas o del perfil de usuarios de internet,

un método publicitario basado en la geolocalización de los usuarios de internet,

cualquier otra forma de publicidad personalizada en internet que no se haya especificado anteriormente,

iii)

para las empresas que tienen acceso a internet y compran servicios informáticos en nube:

uso del correo electrónico como un servicio informático en nube,

uso de programas de ofimática como un servicio informático en nube,

alojamiento de base(s) de datos de la empresa como un servicio informático en nube,

almacenamiento de ficheros como un servicio informático en nube,

uso de aplicaciones informáticas de gestión financiera o de contabilidad como un servicio informático en nube,

uso de CRM (gestión de relaciones con los clientes) como un servicio informático en nube,

uso de capacidad informática para el funcionamiento de los programas informáticos de la empresa como un servicio informático en nube,

uso de servicios informáticos en nube suministrados por servidores compartidos de proveedores de servicios,

uso de servicios de informáticos en nube suministrados por servidores de proveedores de servicios reservados exclusivamente para la empresa,

3)

Se recopilarán o se obtendrán de fuentes alternativas las siguientes características generales de las empresas respecto a todas las empresas:

principal actividad económica de la empresa durante el año civil anterior,

número medio de personas empleadas durante el año civil anterior,

volumen de negocios total (indicar su importe, sin IVA) en el año civil anterior.

B.   Cobertura

Las características que se señalan en los puntos 2 y 3 de la sección A deberán recopilarse para las siguientes categorías de empresas:

1)

Actividad económica: empresas clasificadas en las siguientes categorías de la NACE rev. 2:

Categoría de la NACE

Descripción

Sección C

«Industria manufacturera»

Secciones D y E

«Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y agua; actividades de saneamiento y gestión de residuos»

Sección F

«Construcción»

Sección G

«Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas»

Sección H

«Transporte y almacenamiento»

Sección I

«Hostelería»

Sección J

«Información y comunicaciones»

Sección L

«Actividades inmobiliarias»

Divisiones 69-74

«Actividades profesionales, científicas y técnicas»

Sección N

«Actividades administrativas y servicios auxiliares»

Grupo 95.1

«Reparación de ordenadores y equipos de comunicación»

2)

Tamaño de las empresas: empresas con diez personas empleadas o más. La cobertura de las empresas con menos de diez personas empleadas será optativa.

3)

Ámbito geográfico: empresas situadas en cualquier lugar del territorio del Estado miembro.

C.   Períodos de referencia

El período de referencia será el año 2015 para las características que se refieran al año civil anterior. El período de referencia será 2016 para las demás características.

D.   Desglose de los datos

Deberán facilitarse las siguientes características generales en relación con los temas y sus características que se enumeran en el punto 2 de la sección A:

1)

Desglose por actividad económica, con arreglo a los siguientes agregados de la NACE rev. 2:

Agregación NACE rev. 2

para un posible cálculo de agregados nacionales

 

10-18

 

19-23

 

24-25

 

26-33

 

35-39

 

41-43

 

45-47

 

47

 

49-53

 

55

 

58-63

 

68

 

69-74

 

77-82

 

26.1-26.4, 26.8, 46.5, 58.2, 61, 62, 63.1, 95.1

Agregación NACE rev. 2

para un posible cálculo de agregados europeos

 

10-12

 

13-15

 

16-18

 

26

 

27-28

 

29-30

 

31-33

 

45

 

46

 

55-56

 

58-60

 

61

 

62-63

 

77-78 + 80-82

 

79

 

95.1

2)

Desglose en función de la categoría por tamaño de la empresa: los datos se desglosarán según las siguientes categorías por tamaño basadas en el número de personas empleadas:

Categoría por tamaño

 

10 o más personas empleadas

 

De 10 a 49 personas empleadas

 

De 50 a 249 personas empleadas

 

250 o más personas empleadas

Cuando se hayan cubierto estos datos, deberán desglosarse según el cuadro siguiente:

Categoría por tamaño

 

Menos de 10 personas empleadas (optativo)

 

Menos de 5 personas empleadas (optativo)

 

De 5 a 9 personas empleadas (optativo)

E.   Periodicidad

Los datos que se piden en el presente anexo deberán suministrarse conjuntamente, de una vez, para el año 2016.

F.   Plazos para la transmisión de los resultados

1)

Los datos agregados a los que hacen referencia el artículo 6 y el anexo I, punto 6, del Reglamento (CE) no 808/2004, en los que se indicará, cuando proceda, su carácter confidencial o su falta de fiabilidad, se enviarán a Eurostat antes del 5 de octubre de 2016. Para esa fecha, el conjunto de datos deberá estar finalizado, validado y aceptado.

2)

Los metadatos a los que hace referencia el artículo 6 del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviarán a Eurostat antes del 31 de mayo de 2016.

3)

El informe sobre la calidad de los datos contemplado en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviará a Eurostat a más tardar el 5 de noviembre de 2016.

4)

Los datos y metadatos se presentarán a Eurostat de conformidad con una norma de intercambio especificada por Eurostat utilizando los servicios de ventanilla única. Los metadatos y el informe de calidad se presentarán utilizando la estructura de metadatos normalizada definida por Eurostat.

ANEXO II

Módulo 2: Personas, hogares y sociedad de la información

A.   Temas y características de los mismos

1)

Los temas que deberán cubrirse en el año de referencia 2016, seleccionados a partir de la lista del anexo II del Reglamento (CE) no 808/2004, serán los siguientes:

a)

acceso a las TIC y utilización por parte de los particulares o en los hogares;

b)

utilización de internet y otras redes electrónicas con diversos fines por parte de los particulares o en los hogares;

c)

seguridad y fiabilidad de las TIC;

d)

competencias y destrezas en las TIC;

e)

obstáculos a la utilización de las TIC y de internet;

f)

utilización de las TIC por los particulares para intercambiar información y servicios con autoridades y administraciones públicas (administración electrónica);

g)

acceso a tecnologías que permitan la conexión a internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua).

2)

Se recopilarán las siguientes características:

a)

Acceso a las TIC y utilización por parte de los particulares o en los hogares

i)

para todos los hogares:

acceso a internet en el hogar (por cualquier medio),

ii)

para los hogares que tienen acceso a internet:

conexión a internet: conexión fija de banda ancha, como DSL, ADSL, VDSL, cable, cable de fibra óptica, satélite o conexiones WiFi públicas,

conexión a internet: conexión móvil de banda ancha (vía redes de telefonía móvil, con tecnología 3G o superior; por ejemplo, UMTS, utilizando una tarjeta SIM o un módem USB, o bien un teléfono móvil o inteligente como módem),

(optativo) conexión a internet: acceso por conmutación en la línea telefónica normal o RDSI,

(optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda estrecha (vía redes de telefonía móvil, con tecnología inferior a 3G —por ejemplo, 2G+GPRS—, utilizando una tarjeta SIM o un módem USB, o bien teléfono móvil o inteligente como módem).

b)

Utilización de internet con diversos fines por parte de los particulares o en los hogares

i)

respecto a todas las personas:

utilización más reciente de internet (en los tres últimos meses; desde hace un año hasta hace tres meses; hace más de un año; jamás ha utilizado internet),

ii)

respecto a las personas que hayan utilizado internet:

actividad más reciente de comercio por internet de carácter privado (en los tres últimos meses; desde hace un año hasta hace tres meses; hace más de un año; jamás ha comprado ni encargado nada por internet),

iii)

respecto a las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses:

frecuencia media de utilización de internet en los tres últimos meses (todos o casi todos los días; al menos una vez por semana —pero no todos los días—; menos de una vez por semana),

utilización del ordenador de mesa para el acceso a internet en los tres últimos meses,

utilización de un laptop o un netbook para el acceso a internet en los tres últimos meses,

utilización de una tableta para el acceso a internet en los tres últimos meses,

utilización de un teléfono móvil o un teléfono inteligente para el acceso a internet en los tres últimos meses,

utilización de otros dispositivos móviles (por ejemplo, lector multimedia, consola de videojuegos, lector de libros electrónicos o un reloj inteligente) para el acceso a internet en los tres últimos meses,

utilización de televisores inteligentes (directamente conectados a internet, por ejemplo, a través de WiFi, y no a través de un dispositivo independiente que use el televisor solo como pantalla de mayor tamaño) para el acceso a internet en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para enviar o recibir correo electrónico en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para llamadas telefónicas o videollamadas (a través de una cámara web) por internet (mediante aplicaciones) en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para participar en redes sociales (creando un perfil de usuario, enviando mensajes o contribuyendo de otra forma) en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para leer noticias, periódicos o revistas en línea en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para buscar información sobre bienes o servicios en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para usar o descargar juegos en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para escuchar música (por ejemplo, la radio por internet o la transmisión de música en continuo —streaming—) en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para ver programas de televisión en continuo (en directo o en diferido) desde las cadenas de televisión en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para ver vídeos a demanda de servicios comerciales en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para ver contenidos de vídeo de servicios compartidos en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para subir contenidos de creación propia (como textos, fotos, vídeos, música o programas informáticos) a cualquier sitio web, con objeto de intercambiarlos, en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para crear sitios web o blogs en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para buscar información relacionada con la salud en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para concertar una cita con un facultativo a través de un sitio web (por ejemplo, de un hospital o un centro de salud) en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para contratar servicios relacionados con viajes o alojamientos en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para vender bienes u ofrecer servicios (por ejemplo, mediante subastas en línea) en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para operaciones bancarias electrónicas en los tres últimos meses,

utilización de internet con fines privados para recurrir a las cuentas de pago dedicadas a abonar los bienes o servicios adquiridos a través de internet en los tres últimos meses,

utilización de espacio de almacenamiento en internet con fines privados para guardar documentos, imágenes, música, vídeos u otros archivos (por ejemplo, Google Drive, Dropbox, Windows OneDrive, iCloud o Amazon Cloud Drive) en los tres últimos meses,

utilización de internet para actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados en la modalidad de participación en cursos en línea en los tres últimos meses,

utilización de internet para actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados en la modalidad de empleo de material de aprendizaje por internet sin que se siga un curso completo (por ejemplo, materiales audiovisuales, programas informáticos de aprendizaje en línea o libros de texto electrónicos) en los tres últimos meses,

utilización de internet para actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados en la modalidad de comunicación con los formadores o con otros estudiantes mediante sitios web o portales educativos en los tres últimos meses,

(optativo) utilización de internet para otras actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados en los tres últimos meses:

iv)

respecto a las personas que hayan utilizado una televisión inteligente para acceder a internet en los tres últimos meses:

utilización de la televisión inteligente para ver programas de televisión en continuo (en directo o en diferido) en los tres últimos meses,

utilización de la televisión inteligente para ver otros contenidos de vídeo (a demanda o por servicios compartidos) en los tres últimos meses,

utilización de la televisión inteligente para navegar por internet, a través de una aplicación de navegación, en los tres últimos meses,

utilización de la televisión inteligente para otras aplicaciones (por ejemplo, Skype, Facebook, juegos o compras en línea) en los tres últimos meses,

v)

respecto a las personas que hayan utilizado internet con fines privados en los doce últimos meses:

utilización de internet para comprar o vender acciones, bonos, fondos u otros servicios de inversiones en los doce últimos meses,

utilización de internet para comprar o renovar pólizas de seguro vigentes, incluidas las que se ofrecen como paquete junto con otros servicios (por ejemplo, un seguro de viaje ofrecido junto con un billete de avión) en los doce últimos meses,

utilización de internet para pedir un préstamo o tramitar un crédito de entidades bancarias u otros proveedores de servicios financieros en los doce últimos meses,

vi)

respecto a las personas que hayan utilizado internet en los doce últimos meses para actividades de comercio electrónico de carácter privado:

utilización de internet para encargar alimentos o comestibles en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar artículos domésticos en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar medicamentos en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar prendas de vestir o artículos de deporte en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar equipos informáticos en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar equipos electrónicos (incluidas cámaras) en los doce últimos meses,

utilización de internet para contratar servicios de telecomunicaciones (por ejemplo, televisión, abonos de banda ancha, abonos de línea telefónica fija o móvil, recarga de tarjetas telefónicas de prepago) en los doce últimos meses,

utilización de internet para contratar alojamiento en vacaciones (hoteles, etc.) en los doce últimos meses,

utilización de internet para contratar otros servicios relacionados con viajes (como billetes de transporte o alquiler de vehículos) en los doce últimos meses,

utilización de internet para reservar entradas de espectáculos en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar películas o música en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar libros, revistas o periódicos (incluidos los libros electrónicos) en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar material de aprendizaje electrónico en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar programas de videojuegos, otros programas de ordenador y actualizaciones o nuevas versiones de programas en los doce últimos meses,

utilización de internet para encargar otros bienes o servicios en los doce últimos meses,

bienes o servicios comprados o encargados a vendedores del propio país en los doce últimos meses,

bienes o servicios comprados o encargados a vendedores de otros países de la UE en los doce últimos meses,

bienes o servicios comprados o encargados a vendedores del resto del mundo en los doce últimos meses,

bienes o servicios comprados o encargados de los que se desconoce el país de origen de los vendedores, en los doce últimos meses,

número de bienes adquiridos o servicios contratados a través de internet en los tres últimos meses (número de pedidos/compras o desglose por las categorías: 1-2 pedidos/compras; entre 3 y 5 pedidos/compras; entre 6 y 10 pedidos/compras; más de 10 pedidos/compras),

precio total de los bienes adquiridos o servicios contratados (sin contar las acciones u otros servicios financieros) a través de internet en los tres últimos meses (cantidades en euros o desglose por las categorías: menos de 50 EUR, entre 50 y menos de 100 EUR; entre 100 y menos de 500 EUR, entre 500 y menos de 1 000 EUR; más de 1 000 EUR; se desconoce),

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por fallos técnicos del sitio web a la hora de realizar el pedido o de pagar,

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por dificultades para hallar información sobre garantías u otros derechos legales,

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por bienes entregados con más retraso de lo indicado,

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por costes finales superiores a lo indicado (por ejemplo, gastos de entrega más elevados o alguna tasa por la transacción inesperada),

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por entrega de bienes equivocados o dañados,

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por problemas de fraude (por ejemplo, no se entregaron en absoluto los bienes o servicios o uso indebido de los datos de la tarjeta de crédito),

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por dificultades para reclamar o recurrir o falta de una respuesta satisfactoria tras la reclamación,

(optativo) problemas encontrados con el comercio electrónico por tratarse de un minorista extranjero que no vende en el país del declarante,

(optativo) otros problemas encontrados con el comercio electrónico,

(optativo) ningún problema con el comercio electrónico,

frecuencia de uso de la información que ofrecen sitios web de diversos minoristas, fabricantes o proveedores de servicios antes de comprar en línea en los doce últimos meses, indicando si se utilizan siempre o casi siempre, a veces, nunca o casi nunca,

frecuencia de uso de la información que ofrecen sitios web o aplicaciones de comparación de productos o precios antes de comprar en línea, en los doce últimos meses, indicando si se utilizan siempre o casi siempre, a veces, nunca o casi nunca,

frecuencia de uso de la información de comentarios de clientes que ofrecen sitios web o blogs antes de comprar en línea, en los doce últimos meses, indicando si se utilizan siempre o casi siempre, a veces, nunca o casi nunca,

bienes o servicios comprados o encargados haciendo clic o comprando inmediatamente tras ver un anuncio en un sitio web o una aplicación de redes sociales en los doce últimos meses.

c)

Seguridad y fiabilidad de las TIC

i)

para las personas que hayan utilizado internet en los doce últimos meses:

la información personal proporcionada a través de internet en forma de datos personales (por ejemplo, nombre y apellidos, fecha de nacimiento o número del documento de identidad) en los doce últimos meses,

la información personal proporcionada a través de internet en forma de datos de contacto (por ejemplo, dirección postal, número de teléfono o dirección de correo electrónico) en los doce últimos meses,

la información personal proporcionada a través de internet en forma de datos de pago (por ejemplo, número de una tarjeta de crédito o de débito o número de cuenta bancaria) en los doce últimos meses,

otra información personal proporcionada a través de internet (por ejemplo, fotos o información actualizada sobre salud, empleo o ingresos) en los doce últimos meses,

ninguna información personal proporcionada a través de internet en los doce últimos meses,

lectura de las declaraciones de privacidad antes de facilitar datos personales en los doce últimos meses,

acceso restringido a la localización geográfica en los doce últimos meses,

acceso limitado al perfil o el contenido en los sitios de redes sociales en los doce últimos meses,

denegación del uso de información personal con fines publicitarios en los doce últimos meses,

comprobación de la seguridad del sitio en el que era preciso dar información personal (por ejemplo, sitios con el protocolo «https», logotipos o certificados de seguridad) en los doce últimos meses,

petición a sitios web o a motores de búsqueda de acceso a la información que obra en su poder acerca de la persona interesada para actualizar o suprimir esta información, en los doce últimos meses,

concienciación de que las cookies pueden utilizarse para detectar los desplazamientos de las personas en internet, crear perfiles de usuarios y ofrecer publicidad adaptada a los usuarios,

(optativo) preocupación por el registro de las actividades en línea para suministrar publicidad a medida, especificando el grado de preocupación (estar muy preocupado, algo preocupado o no preocupado en absoluto),

haber cambiado alguna vez los parámetros del navegador de internet para prevenir o limitar la cantidad de cookies que guarde el ordenador,

utilización de programas informáticos «anti-seguimiento».

d)

Competencias y destrezas en las TIC

i)

para las personas que hayan utilizado internet en los doce últimos meses:

destrezas en la transferencia de archivos entre el ordenador y otros dispositivos,

destrezas en la instalación de programas informáticos o de aplicaciones,

destrezas en cambiar los parámetros de los programas informáticos, incluidos los sistemas operativos y los programas de seguridad,

destrezas en la copia o el traslado de archivos o carpetas,

destrezas en el empleo de programas de tratamiento de textos,

destrezas en la elaboración de presentaciones o documentos que integren texto, imágenes, cuadros o gráficos,

destrezas en la utilización de programas informáticos con hojas de cálculo,

destrezas en la edición de fotos, vídeos o archivos de audio,

destrezas en la utilización de lenguajes de programación,

ii)

para las personas que hayan utilizado internet y programas de hojas de cálculo en los doce últimos meses:

destrezas en la utilización de funciones avanzadas de programas informáticos con hojas de cálculo a efectos de organizar y analizar datos, como la clasificación, el filtrado, el empleo de fórmulas o la creación de gráficos.

e)

Obstáculos a la utilización de las TIC y de internet

i)

para los hogares sin acceso a internet en casa, especificando el motivo por el que no se tiene acceso a internet desde casa:

se tiene acceso a internet en otro lugar,

o no se necesita internet porque se considera, por ejemplo, falto de utilidad o de interés,

costes de material demasiado elevados,

costes de acceso demasiado elevados (por ejemplo, de teléfono o un abono DSL),

falta de destrezas informáticas,

preocupaciones de seguridad o de derecho a la intimidad,

la banda ancha no está disponible en la zona del hogar en cuestión,

por otras razones.

f)

Utilización de las TIC por los particulares para intercambiar información y servicios con autoridades y administraciones públicas (administración electrónica)

i)

para las personas que hayan utilizado internet en los doce últimos meses:

utilización de internet con fines privados para obtener información de los sitios web de la administración o de un servicio público en los doce últimos meses,

utilización de internet con fines privados para descargar formularios oficiales de los sitios web de la administración o de un servicio público en los doce últimos meses,

utilización de internet con fines privados para enviar formularios cumplimentados a la administración o a un servicio público en los doce últimos meses,

ii)

para las personas que en los doce últimos meses no hayan enviado formularios cumplimentados a sitios web de la administración con fines privados y que mencionaran como motivo:

no haber tenido que presentar ningún formulario oficial.

iii)

para las personas que no hayan enviado formularios cumplimentados a sitios web de la administración con fines privados en los doce últimos meses y que se abstuvieron de hacerlo, a pesar de ser necesario presentar algún formulario oficial, por uno de los motivos siguientes:

no estaba disponible ningún servicio de este tipo en el sitio web,

falta de destrezas o conocimientos informáticos (por ejemplo, no se supo utilizar el sitio web o su utilización era demasiado compleja),

preocupaciones por la protección y seguridad de los datos personales,

(optativo) falta de firma electrónica o de identificación/certificado electrónicos (indispensable para la autenticación/utilización del servicio) o bien problemas con esta firma o estos certificados,

haberlo hecho otra persona en nombre del declarante (por ejemplo, un consultor, asesor fiscal, allegado o familiar),

otros motivos para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet.

g)

Acceso a tecnologías que permitan la conexión a internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua)

i)

para las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses:

utilización del teléfono móvil (o inteligente) para el acceso a internet fuera del hogar o del lugar de trabajo en los tres últimos meses,

utilización del teléfono móvil (o inteligente) vía redes de telefonía móvil para el acceso a internet fuera del hogar o del lugar de trabajo en los tres últimos meses,

utilización del teléfono móvil (o inteligente) vía conexión inalámbrica (por ejemplo, WiFi) para el acceso a internet fuera del hogar o del lugar de trabajo en los tres últimos meses,

utilización de un ordenador portátil (por ejemplo, un laptop o una tableta) para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses,

utilización de un ordenador portátil (por ejemplo, un laptop o una tableta) vía redes de telefonía móvil para el acceso a internet fuera del hogar o del lugar de trabajo, mediante un módem USB o una tarjeta SIM o empleando el teléfono móvil (o inteligente) como módem en los tres últimos meses,

utilización de un ordenador portátil (por ejemplo, un laptop o una tableta) vía conexión inalámbrica (por ejemplo, WiFi) para el acceso a internet fuera del hogar o del lugar de trabajo en los tres últimos meses,

utilización de otros dispositivos móviles (por ejemplo, lector multimedia, consola de videojuegos, lector de libros electrónicos o un reloj inteligente) para el acceso a internet fuera del hogar o del lugar de trabajo en los tres últimos meses,

ninguna utilización de un ordenador portátil para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses.

B.   Cobertura

1)

Las unidades estadísticas para las características enumeradas en el punto 2 de la sección A del presente anexo que se refieren a los hogares son los hogares con al menos un miembro de edad comprendida entre 16 y 74 años.

2)

Las unidades estadísticas para las características enumeradas en el punto 2 de la sección A del presente anexo que se refieren a personas individuales son aquellas de edad comprendida entre 16 y 74 años.

3)

El ámbito geográfico abarcará los hogares, las personas o ambas categorías que residan en cualquier lugar del territorio del Estado miembro en cuestión.

C.   Período de referencia

El período de referencia principal para recopilar estadísticas será el primer trimestre de 2016.

D.   Características socioeconómicas generales

1)

En relación con los temas y sus características enumerados en el punto 2 de la sección A del presente anexo que se refieren a los hogares, deberán recopilarse las siguientes características generales:

a)

región de residencia con arreglo a la clasificación de regiones NUTS 1;

b)

(optativo) región de residencia con arreglo a la clasificación NUTS 2;

c)

localización geográfica, es decir, indicar si se reside en regiones menos desarrolladas, en regiones en transición o en regiones más desarrolladas;

d)

grado de urbanización, es decir, indicar si se reside en zonas densamente pobladas, en zonas de densidad intermedia o en zonas poco pobladas;

e)

tipo de hogares en función del número de sus miembros; (optativo) número de personas de entre 16 y 24 años; (optativo) número de estudiantes de entre 16 y 24 años; (optativo) número de personas de entre 25 y 64 años; (optativo) número de personas de 65 años o más; indicar aparte: número de menores de 16 años; (optativo) número de niños de entre 14 y 15 años, (optativo) número de niños de entre 5 y 13 años, (optativo) número de niños de 4 años o menos;

f)

(optativo) ingresos netos mensuales de los hogares (deben recopilarse como importe o como franjas de nivel de ingresos, compatibles con los cuartiles de ingresos);

g)

(optativo) ingresos netos mensuales equivalentes totales de los hogares notificados en quintiles.

2)

En relación con los temas y sus características enumerados en el punto 2 de la sección A del presente anexo que se refieren a las personas, deberán recopilarse las siguientes características generales:

a)

el sexo;

b)

el país de nacimiento, indicando si la persona en cuestión nació en el propio país o en otro, en cuyo caso debe precisarse también si ha nacido en otro Estado miembro de la UE o en un tercer país;

c)

el país de nacionalidad, indicando si la persona en cuestión es nacional o extranjera, en cuyo caso debe precisarse también si es nacional de otro Estado miembro de la UE o de un tercer país;

d)

la edad en años cumplidos; (optativo) menores de 16 años o mayores de 74, o indicar ambos datos;

e)

(optativo) estado civil de hecho, tanto si se vive en una unión de hecho como si no;

f)

nivel de enseñanza alcanzado, indicando el nivel más elevado de educación completado con éxito según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE 2011), es decir, si se ha alcanzado un nivel máximo de educación secundaria baja (CINE 0, 1 o 2), educación secundaria alta o educación postsecundaria no terciaria (CINE 3 o 4), o bien de educación terciaria (CINE 5, 6, 7 y 8); así como si se ha alcanzado un nivel de menos que primaria (CINE 0), educación primaria (CINE 1), educación secundaria baja (CINE 2), educación secundaria alta (CINE 3), educación postsecundaria no terciaria (CINE 4), educación terciaria de ciclo corto (CINE 5), grado en educación terciaria o nivel equivalente (CINE 6), nivel de maestría, especialización o equivalente (CINE 7) y nivel de doctorado o equivalente (CINE 8);

g)

situación laboral, especificando si la persona en cuestión es un trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena, incluidos los colaboradores familiares (optativo: trabajador por cuenta propia o ajena a tiempo completo, trabajador por cuenta propia o ajena a tiempo parcial, trabajador por cuenta ajena con empleo fijo o contrato indefinido; trabajador por cuenta ajena con empleo temporal o un contrato de duración determinada; actividad autónoma, incluidos los colaboradores familiares);

h)

(optativo) sector económico de empleo:

Secciones de la NACE rev. 2

Descripción

A

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

B, C, D y E

Industrias extractivas, manufactureras y demás

F

Construcción

G, H e I

Comercio al por mayor y al por menor; transporte y hostelería

J

Información y comunicación

K

Actividades financieras y de seguros

L

Actividades inmobiliarias

M y N

Servicios empresariales

O, P y Q

Administración pública y defensa; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales

R, S, T y U

Otros servicios

i)

situación laboral, indicando si la persona en cuestión está desempleada o si es estudiante y no pertenece a la población activa o si, de cualquier otra forma, no está incluida en la población activa; puede especificarse con carácter facultativo si esta persona está jubilada o prejubilada, ha cesado una actividad autónoma, presenta una incapacidad permanente, está realizando el servicio militar obligatorio o el civil sustitutorio, se dedica a las tareas domésticas o está inactiva por cualquier otra razón;

j)

ocupación conforme a la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-08), especificando si la persona en cuestión es un trabajador manual, un trabajador no manual, un trabajador de TIC u otros trabajadores; (optativo) todas las ocupaciones conforme a la CIUO-08 de 2 dígitos.

E.   Periodicidad

Todos los datos correspondientes al año 2016 se proporcionarán conjuntamente, una sola vez.

F.   Plazos para la transmisión de los resultados

1)

Los datos individuales deberán transmitirse a Eurostat antes del 5 de octubre de 2016, en una forma que no permita la identificación directa de las unidades estadísticas de que se trate, con arreglo al artículo 6 y al anexo II, punto 6, del Reglamento (CE) no 808/2004. Para esa fecha, el conjunto de datos deberá estar finalizado, validado y aceptado.

2)

Los metadatos a los que hace referencia el artículo 6 del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviarán a Eurostat antes del 31 de mayo de 2016.

3)

El informe sobre la calidad de los datos contemplado en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviará a Eurostat a más tardar el 5 de noviembre de 2016.

4)

Los datos y metadatos se presentarán a Eurostat de conformidad con una norma de intercambio especificada por Eurostat utilizando los servicios de ventanilla única. Los metadatos y el informe de calidad se presentarán utilizando la estructura de metadatos normalizada definida por Eurostat.

Top