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Document 32010D0720

    2010/720/UE, Euratom: Decisión de la Comisión, de 26 de noviembre de 2010 , por la que se autoriza a Portugal a utilizar datos de años anteriores al penúltimo año a los efectos de calcular la base de los recursos propios del IVA [notificada con el número C(2010) 8209]

    DO L 312 de 27.11.2010, p. 22–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/720/oj

    27.11.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 312/22


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 26 de noviembre de 2010

    por la que se autoriza a Portugal a utilizar datos de años anteriores al penúltimo año a los efectos de calcular la base de los recursos propios del IVA

    [notificada con el número C(2010) 8209]

    (El texto en lengua portuguesa es el único auténtico)

    (2010/720/UE, Euratom)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

    Visto el Reglamento (CEE, Euratom) no 1553/89 del Consejo, de 29 de mayo de 1989, relativo al régimen uniforme definitivo de recaudación de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 4, párrafo segundo,

    Previa consulta al Comité consultivo de recursos propios,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Portugal solicitó autorización a la Comisión para utilizar la contabilidad nacional correspondiente a años anteriores al penúltimo año con la finalidad de calcular la base de los recursos propios del IVA correspondiente al ejercicio 2009.

    (2)

    A efectos del desglose de las operaciones por categoría estadística a que se refiere el artículo 4, apartado 4, del Reglamento (CEE, Euratom) no 1553/89, Portugal no puede utilizar la contabilidad nacional del penúltimo año anterior al ejercicio presupuestario cuya base de recursos IVA debe calcularse, ya que solamente la contabilidad nacional de 2006 está suficientemente detallada como para poder calcular el tipo medio ponderado del ejercicio 2009. Po lo tanto, debe autorizarse a Portugal a utilizar la contabilidad nacional de 2006 para calcular el tipo medio ponderado del ejercicio 2009.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    A efectos del desglose de operaciones por categoría estadística, se autoriza a Portugal a utilizar datos de la contabilidad nacional de 2006 para calcular la base de los recursos propios del IVA del ejercicio 2009.

    Artículo 2

    El destinatario de la presente Decisión será la República Portuguesa.

    Hecho en Bruselas, el 26 de noviembre de 2010.

    Por la Comisión

    Janusz LEWANDOWSKI

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 155 de 7.6.1989, p. 9.


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