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Document 32007D0537

    Decisión DARFUR/6/2007 del Comité Político y de Seguridad, de 18 de julio de 2007 , relativa al nombramiento de un consejero militar del Representante Especial de la Unión Europea para Sudán

    DO L 196 de 28.7.2007, p. 48–48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2007/537/oj

    28.7.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 196/48


    DECISIÓN DARFUR/6/2007 DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD

    de 18 de julio de 2007

    relativa al nombramiento de un consejero militar del Representante Especial de la Unión Europea para Sudán

    (2007/537/PESC)

    EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 25, párrafo tercero,

    Vista la Acción Común 2005/557/PESC del Consejo, de 18 de julio de 2005, relativa a la acción de apoyo civil y militar de la Unión Europea a la misión de la Unión Africana en la región sudanesa de Darfur (1), y, en particular, su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 19 de abril de 2007, el Consejo adoptó la Decisión 2007/238/PESC (2) por la que se nombró al Sr. Torben BRYLLE como nuevo Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Sudán.

    (2)

    El REUE para Sudán, entre otras funciones, vela por la coordinación y coherencia de las contribuciones de la UE a la Misión de la Unión Africana en la región sudanesa de Darfur (AMIS). De acuerdo con el artículo 5, apartado 2, de la Acción Común 2005/557/PESC, una Célula de Coordinación de la UE situada en Addis Abeba (CCA) bajo la autoridad del REUE, constituida por un consejero político, un consejero militar y un consejero policial, gestiona la coordinación diaria con todos los actores pertinentes de la UE y con el Centro de Gestión y Control Administrativo (CGCA) dentro de la cadena de mando de la Unión Africana en Addis Abeba con el fin de garantizar un apoyo coherente y oportuno a la misión AMIS.

    (3)

    En virtud del artículo 4 de la Acción Común 2005/557/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad a nombrar, a propuesta del Secretario General y Alto Representante (SGAR) basada en una recomendación del Representante Especial, al consejero militar del REUE.

    (4)

    Atendiendo a la recomendación del REUE, el SGAR ha propuesto que se nombre al coronel Michel BILLARD nuevo consejero militar del REUE.

    (5)

    De conformidad con el artículo 6 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la UE con implicaciones en el ámbito de la defensa.

    DECIDE:

    Artículo 1

    Se nombra al coronel Michel BILLARD consejero militar del REUE para Sudán.

    Artículo 2

    La presente Decisión surtirá efecto el 24 de julio de 2007.

    Hecho en Bruselas, 18 de julio de 2007.

    Por el Comité Político y de Seguridad

    El Presidente

    C. DURRANT PAIS


    (1)  DO L 188 de 20.7.2005, p. 46. Acción Común modificada por la Acción Común 2007/245/PESC (DO L 106 de 24.4.2007, p. 65).

    (2)  DO L 103 de 20.4.2007, p. 52.


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