This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32003R1249
Commission Regulation (EC) No 1249/2003 of 11 July 2003 on the issuing of system A3 export licences in the fruit and vegetables sector (tomatoes, table grapes and apples)
Reglamento (CE) n° 1249/2003 de la Comisión, de 11 de julio de 2003, relativo a la expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, uvas de mesa, manzanas)
Reglamento (CE) n° 1249/2003 de la Comisión, de 11 de julio de 2003, relativo a la expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, uvas de mesa, manzanas)
DO L 174 de 12.7.2003, pp. 8–9
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Reglamento (CE) n° 1249/2003 de la Comisión, de 11 de julio de 2003, relativo a la expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, uvas de mesa, manzanas)
Diario Oficial n° L 174 de 12/07/2003 p. 0008 - 0009
Reglamento (CE) no 1249/2003 de la Comisión de 11 de julio de 2003 relativo a la expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, uvas de mesa, manzanas) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercado en el sector de las frutas y hortalizas(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 47/2003 de la Comisión(2), y, en particular, el tercer párrafo del apartado 3 de su artículo 35, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) n° 1074/2003 de la Comisión(3) ha abierto una licitación en la que se fijan los tipos de restitución indicativos y las cantidades indicativas para los cuales se pueden expedir los certificados de exportación del sistema A3. (2) En función de las ofertas presentadas, procede fijar los tipos máximos de restitución y los porcentajes de expedición para las cantidades en relación con las ofertas realizadas al nivel de dichos tipos máximos. (3) En el caso de los tomates, las uvas de mesa y las manzanas, el tipo máximo necesario para la concesión de certificados hasta alcanzar la cantidad indicativa, dentro del límite de las cantidades licitadas, no es superior a una vez y media el tipo de restitución indicativo. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 En lo que respecta a los tomates, las uvas de mesa y las manzanas, los tipos máximos de restitución y los porcentajes de expedición relativos a la licitación abierta por el Reglamento (CE) n° 1074/2003 se fijan en el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 12 de julio de 2003. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 2003. Por la Comisión J. M. Silva Rodríguez Director General de Agricultura (1) DO L 268 de 9.10.2001, p. 8. (2) DO L 170 de 29.6.2002, p. 69. (3) DO L 42 de 15.2.2003, p. 25. ANEXO Expedición de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, uvas de mesa, manzanas) >SITIO PARA UN CUADRO>