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Документ 32022R1501

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1501 del Consejo de 9 de septiembre de 2022 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania

ST/11433/2022/INIT

DO L 235 de 12.9.2022г., стр. 1—3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Правен статус на документа В сила

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2022/1501/oj

12.9.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 235/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1501 DEL CONSEJO

de 9 de septiembre de 2022

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 208/2014.

(2)

De una revisión realizada por el Consejo se desprende que procede suprimir del anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 las entradas correspondientes a cuatro personas contra las que la aplicación de medidas restrictivas expiró el 6 de septiembre de 2022, así como la información relativa a su derecho de defensa y a su derecho a una tutela judicial efectiva.

(3)

Por tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 208/2014 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de septiembre de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

J. SÍKELA


(1)   DO L 66 de 6.3.2014, p. 1.


ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 se modifica como sigue:

1)

En la sección A («Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que hace referencia el artículo 2»), se suprimen las entradas relativas a las siguientes personas:

1.

Viktor Fedorovych Yanukovych;

3.

Viktor Pavlovych Pshonka;

7.

Oleksandr Viktorovych Yanukovych;

9.

Artem Viktorovych Pshonka.

2)

En la sección B («Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva»), se suprime la información correspondiente a las siguientes personas:

1.

Viktor Fedorovych Yanukovych;

3.

Viktor Pavlovych Pshonka;

7.

Oleksandr Viktorovych Yanukovych;

9.

Artem Viktorovych Pshonka.


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