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Document 31998R0417
Commission Regulation (EC) No 417/98 of 20 February 1998 amending Regulation (EEC) No 429/90 on the granting by invitation to tender of an aid for concentrated butter intended for direct consumption in the Community
Reglamento (CE) n° 417/98 de la Comisión de 20 de febrero de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 429/90 relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda para la mantequilla concentrada destinada al consumo inmediato en la Comunidad
Reglamento (CE) n° 417/98 de la Comisión de 20 de febrero de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 429/90 relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda para la mantequilla concentrada destinada al consumo inmediato en la Comunidad
DO L 52 de 21.2.1998, p. 18–18
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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No longer in force, Date of end of validity: 14/12/2005; derog. impl. por 32005R1898
Reglamento (CE) n° 417/98 de la Comisión de 20 de febrero de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 429/90 relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda para la mantequilla concentrada destinada al consumo inmediato en la Comunidad
Diario Oficial n° L 052 de 21/02/1998 p. 0018 - 0018
REGLAMENTO (CE) N° 417/98 DE LA COMISIÓN de 20 de febrero de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 429/90 relativo a la concesión mediante licitación de una ayuda para la mantequilla concentrada destinada al consumo inmediato en la Comunidad LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1587/96 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 7 bis, Considerando que el Reglamento (CEE) n° 429/90 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1802/95 (4), establecía, hasta su suspensión en virtud del Reglamento (CE) n° 19/98 de la Comisión (5), la concesión mediante licitación de una ayuda a la mantequilla concentrada obtenida a partir de mantequilla o de nata procedente del mercado y destinada al consumo directo en la Comunidad; que las condiciones por las que se rige el derecho a la ayuda establecen que la fabricación y el marcado de la mantequilla concentrada, así como su envasado, deben efectuarse en un plazo de noventa días calculado a partir del día en que finalice el plazo para la presentación de ofertas; Considerando que la fijación del importe máximo de la ayuda correspondiente a la licitación n° 180, cuyo plazo de presentación de ofertas finalizó el 9 de diciembre de 1997, se ha efectuado con retraso; que esa decisión no fue notificada a los Estados miembros hasta el 9 de enero de 1998; que, por consiguiente, debe prorrogarse hasta el 31 de marzo de 1998 el plazo para la fabricación de las correspondientes cantidades de mantequilla concentrada; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 En el apartado 1 del artículo 9 del Reglamento (CEE) n° 429/90 se añadirá el párrafo siguiente: «No obstante, en lo que se refiere a las cantidades de mantequilla concentrada adjudicadas en la licitación n° 180, cuyo plazo de presentación de ofertas finalizó el 9 de diciembre de 1997, el plazo establecido en el primer guión terminará el 31 de marzo de 1998.». Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 20 de febrero de 1998. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. (2) DO L 206 de 16. 8. 1996, p. 21. (3) DO L 45 de 21. 2. 1990, p. 8. (4) DO L 174 de 26. 7. 1995, p. 27. (5) DO L 4 de 8. 1. 1998, p. 39.