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Document 31997D0784

97/784/CE: Decisión del Consejo de 22 de abril de 1997 relativa a la celebración del Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones y el Acuerdo en forma de memorándum sobre los contratos celebrados por operadores privados de telecomunicaciones, entre la Comunidad Europea y la República de Corea

DO L 321 de 22.11.1997, p. 30–31 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

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ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1997/784/oj

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31997D0784

97/784/CE: Decisión del Consejo de 22 de abril de 1997 relativa a la celebración del Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones y el Acuerdo en forma de memorándum sobre los contratos celebrados por operadores privados de telecomunicaciones, entre la Comunidad Europea y la República de Corea

Diario Oficial n° L 321 de 22/11/1997 p. 0030 - 0031


DECISIÓN DEL CONSEJO de 22 de abril de 1997 relativa a la celebración del Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones y el Acuerdo en forma de memorándum sobre los contratos celebrados por operadores privados de telecomunicaciones, entre la Comunidad Europea y la República de Corea (97/784/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113, en relación con la primera frase del apartado 2 de su artículo 228,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que deben aprobarse el Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones y el Acuerdo en forma de memorándum sobre los contratos celebrados por operadores privados de telecomunicaciones, entre la Comunidad Europea y la República de Corea;

Considerando que la celebración del Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones y del Acuerdo en forma de memorándum debe basarse en el artículo 113 del Tratado, dado que los Acuerdos sólo se aplican a los productos y servicios conexos;

Considerando que procede que el Consejo autorice a la Comisión, en consulta con un Comité especial que será designado por el Consejo, a aprobar en nombre de la Comunidad las modificaciones del anexo I del Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones; que, no obstante, esta autorización se limitará a las modificaciones derivadas de la aplicación del procedimiento contemplado en el artículo 8 de la Directiva 93/38/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (1),

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones y el Acuerdo en forma de memorándum sobre los contratos celebrados por operadores privados de telecomunicaciones, entre la Comunidad Europea y la República de Corea.

El texto del Acuerdo y del Memorándum figuran anejos a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo y el Memorándum a fin de obligar a la Comunidad.

Artículo 3

Se autoriza a la Comisión a aprobar en nombre de la Comunidad las modificaciones del anexo I del Acuerdo sobre contratación pública en materia de telecomunicaciones.

La Comisión estará asistida en este cometido por un Comité especial designado por el Consejo.

La autorización mencionada en el párrafo primero del presente artículo se limitará a las modificaciones que sean necesarias en caso de aplicación de los procedimientos establecidos en el artículo 8 de la Directiva 93/38/CEE.

Hecho en Luxemburgo, el 22 de abril de 1997.

Por el Consejo

El Presidente

J. VAN AARTSEN

(1) DO L 199 de 9. 8. 1993, p. 84; Directiva cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de 1994.

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