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Document 32025R2050
Reglamento de Servicios Digitales: compartir datos de plataformas y de motores de búsqueda con investigadores autorizados
El Reglamento Delegado (UE) 2025/2050 establece las condiciones y los procedimientos técnicos detallados para proporcionar a los investigadores autorizados1 acceso a los datos en posesión de las plataformas en línea de muy gran tamaño y de los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño en virtud del Reglamento de Servicios Digitales, incluido el modo en que se gestionan las solicitudes de acceso a los datos y la manera en que se proporciona dicho acceso de forma segura.
Más concretamente, regula lo siguiente:
Existe un marco armonizado de la UE que se aplica al intercambio de datos por parte de las plataformas en línea de muy gran tamaño y de los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño con investigadores autorizados, en virtud del Reglamento de Servicios Digitales:
Un único portal digital de la UE respalda y agiliza la gestión del proceso de acceso a los datos:
Existen responsabilidades diferenciadas para el tratamiento de datos personales en el portal de acceso a los datos:
Se establecen obligaciones específicas de transparencia al proceso de acceso a los datos:
En caso de que se apruebe una solicitud, las decisiones de acceso siguen un procedimiento estructurado que da lugar a una solicitud motivada dirigida al proveedor de datos:
Existen garantías para resolver las objeciones y los litigios planteados por los proveedores de datos:
Una vez concedido el acceso, el intercambio de datos se rige por condiciones operativas y de protección claras:
El Reglamento Delegado (UE) 2025/2050 está en vigor desde el .
Para más información, véase:
Reglamento Delegado (UE) 2025/2050 de la Comisión, de , por el que se completa el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de las condiciones y los procedimientos técnicos con arreglo a los cuales los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño deben compartir datos con investigadores autorizados (DO L, 2025/2050, ).
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