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Document 32024R1028

Servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en línea: recogida e intercambio de datos

Servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en línea: recogida e intercambio de datos

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2024/1028 sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (UE) 2024/1028 tiene por objeto recopilar información fiable sobre los servicios en línea de alquiler de alojamientos de corta duración en la Unión Europea (UE). Para ello, exige a las autoridades competentes y a las plataformas de alquiler a corto plazo que recopilen y faciliten determinados datos.

El conjunto de normas uniformes y específicas tiene por objeto ofrecer una imagen clara de este sector en crecimiento para ayudar a las autoridades públicas a elaborar y aplicar respuestas políticas adecuadas.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento:

  • se aplica a las plataformas en línea que ofrecen alojamiento de corta duración y a los anfitriones1 que anuncian directamente las propiedades;
  • no se aplica a hoteles, suites, apartahoteles, moteles, albergues, campings o parques de vehículos recreativos y remolques;
  • no afecta a:
    • las normas nacionales, regionales o locales sobre alojamiento de alquiler de corta duración, uso del suelo, planificación urbana y rural, normas de construcción, vivienda y arrendamientos,
    • la legislación nacional o de la UE sobre delitos penales y el uso de estadísticas europeas y nacionales,
    • la legislación independiente de la UE sobre fiscalidad y servicios digitales y de la sociedad de la información.

Procedimiento de registro

Los Estados miembros de la UE deben:

  • aplicar el Reglamento si disponen de un sistema nacional, regional o local de registro de alojamientos de alquiler amueblado de corta duración (conocidos como «unidades») en su territorio;
  • garantizar que el procedimiento de registro, que se basa en las declaraciones de los anfitriones de los alojamientos, esté disponible en línea, sea gratuito cuando sea posible y cumpla determinados requisitos técnicos;
  • proporcionar un registro público y fácilmente accesible de los números de registro que se expidan y permitir que los anfitriones de los alojamientos presenten toda su documentación digitalmente;
  • garantizar que toda la información y documentación que reciban se almacene de forma segura, se conserve solo el tiempo necesario y se elimine a más tardar dieciocho meses después de que el anfitrión decida dar de baja la propiedad del registro.

Los anfitriones deben proporcionar:

  • información precisa sobre cada alojamiento de alquiler, como su dirección, el número de camas y si, en caso necesario, dispone de la autorización necesaria;
  • su nombre, dirección postal y de correo electrónico, número de teléfono de contacto y número de identificación nacional, si se trata de una persona física;
  • su nombre, dirección registrada y de correo electrónico, número de registro mercantil nacional y representante legal con datos de teléfono de contacto, si se trata de una persona jurídica.

Verificación

Las autoridades competentes:

  • comprueban las declaraciones presentadas por los anfitriones y pueden solicitar más detalles si consideran que la información o la documentación son incompletas o incorrectas;
  • pueden suspender el número de registro del anfitrión y retirar temporalmente cualquier anuncio de las plataformas en línea si, en caso de documentación incompleta o incorrecta —y cuando se le solicite que la rectifique—, el anfitrión no lo hace, o cuando tengan serias dudas sobre su autenticidad o validez;
  • pueden cancelar el registro y exigir la retirada del inmueble de las plataformas en línea si el anfitrión, por dolo o negligencia grave, no rectifica sus datos o facilita información no auténtica o no válida;
  • deben motivar cualquier medida que adopten y facilitar información que permita identificar el inmueble y al anfitrión.

Las plataformas en línea:

  • diseñan sus sitios web de modo que los anfitriones puedan declarar si se está utilizando un procedimiento de registro y, en caso afirmativo, los usuarios puedan identificar la propiedad a través de su número de registro;
  • realizan comprobaciones aleatorias sobre si los anfitriones han proporcionado una declaración correcta y sobre la validez del número de registro declarado;
  • informan inmediatamente a las autoridades competentes y a los anfitriones de cualquier declaración incorrecta o de números de registro utilizados indebidamente o no válidos;
  • informan a los anfitriones de si necesitan registrarse y de las obligaciones que ello conlleva.

Comunicación de datos

Las plataformas en línea de alquileres a corto plazo en las que las autoridades exigen determinados datos recopilan y envían la información de cada propiedad a las autoridades nacionales competentes mensualmente, o trimestralmente si tienen menos de 4 250 anuncios.

Los Estados miembros:

  • establecen un único punto de entrada digital nacional para recibir y gestionar los datos generados por las plataformas en línea;
  • garantizan que el punto de entrada:
    • pueda gestionar la transmisión máquina a máquina y manual de los datos de actividad,
    • facilite los controles aleatorios y el intercambio de información,
    • permita a las autoridades competentes acceder a los datos,
    • contenga una base de datos en línea de libre acceso y legible por máquina,
    • garantice la confidencialidad, integridad y seguridad de todos los datos;
  • designan a un coordinador nacional como punto de contacto para su país, para que sirva de enlace con la Comisión Europea y, como miembro del grupo de coordinación de los puntos de entrada digitales únicos, ayude a aplicar el Reglamento;
  • elaboran una lista de las autoridades responsables de las zonas que aplican un procedimiento de registro y pueden acceder a los datos;
  • designan una autoridad para supervisar la aplicación nacional del reglamento e informar de sus observaciones a la Comisión cada dos años;
  • determinan, antes del , las sanciones para las plataformas en línea y los anfitriones que incumplan las normas.

El Reglamento modifica el Reglamento (UE) 2018/1724.

La Comisión evalúa la legislación y presenta sus principales conclusiones antes del al Parlamento Europeo, al Consejo de la Unión Europea, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

El Reglamento entrará en vigor a partir del .

ANTECEDENTES

El crecimiento de plataformas en línea, como Airbnb, tiene un gran impacto económico, ya que crea muchas oportunidades, pero también repercute en la disponibilidad de viviendas de alquiler a largo plazo.

En respuesta a este fenómeno, las autoridades nacionales, regionales y locales imponen cada vez más sistemas de registro y otros requisitos. Estos varían de un país a otro, fragmentando el mercado único, ya que las plataformas prestan sus servicios a través de las fronteras.

El Reglamento introduce normas a escala de la UE para proporcionar a las autoridades información esencial para sus respuestas políticas y garantizar una prestación justa y transparente de los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en la UE.

TÉRMINOS CLAVE

  1. Anfitrión. Persona física o jurídica que ofrece alojamiento de corta duración remunerado a través de una plataforma en línea.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724 (DO L, 2024/1028, ).

última actualización

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