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Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo (PE) es el único órgano de la Unión Europea (UE) elegido por sufragio directo y una de las asambleas democráticas más grandes del mundo. Sus 705 parlamentarios representan a los 450 millones de ciudadanos de la UE y son elegidos una vez cada cinco años por los votantes de los veintisiete Estados miembros de la UE. Las personas elegidas para el PE se denominan diputados al Parlamento Europeo.

El número de diputados elegidos en cada Estado miembro de la UE viene determinado fundamentalmente por su población. La distribución de escaños hasta finales de la legislatura 2019-2024 es la siguiente: Bélgica: 21; Bulgaria: 17, Chequia: 21; Dinamarca: 14; Alemania: 96; Estonia: 7; Irlanda: 13; Grecia: 21; España: 59; Francia: 79; Croacia: 12; Italia: 76; Chipre: 6; Letonia: 8; Lituania: 11; Luxemburgo: 6; Hungría: 21; Malta: 6; Países Bajos: Austria: 19; Polonia: 52; Portugal: 21; Rumanía: 33; Eslovenia: 8; Eslovaquia: 14; Finlandia: 14; y Suecia: 21.

La distribución de escaños para la legislatura 2024-2029 se actualizará de conformidad con la Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo Europeo y el número total de diputados elegidos será de 720.

Alrededor del 40 % de los diputados al PE son mujeres. Los diputados pueden formar grupos en función de sus afinidades políticas, no de su nacionalidad.

A fecha de 15 de marzo de 2024, los escaños se distribuían entre siete grupos parlamentarios, como sigue:

  • Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos) (178 diputados).
  • Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europeo (140).
  • Grupo Renew Europe (102).
  • Grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea (71).
  • Grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (68).
  • Grupo Identidad y Democracia (59).
  • Grupo de la Izquierda en el Parlamento Europeo — GUE/NGL (37).

En dicha fecha, 49 diputados no pertenecen a ningún grupo político.

Las principales funciones del PE son las siguientes:

  • Poder legislativo: para la mayor parte de los actos jurídicos, el PE comparte el poder legislativo con el Consejo de la Unión Europea a través del procedimiento legislativo ordinario.
  • Poder presupuestario: el PE comparte el poder presupuestario con el Consejo ya que vota el presupuesto anual, le confiere carácter ejecutorio con la firma del presidente del PE y controla su ejecución.
  • Control político de las instituciones de la UE, en particular de la Comisión Europea: el PE puede aprobar o rechazar el nombramiento de los miembros de la Comisión y tiene poder para destituir a la Comisión en su conjunto mediante una moción de censura. También ejerce un poder de control sobre las actividades de la UE a través de las preguntas escritas u orales dirigidas a la Comisión y al Consejo. Además, el PE constituye comisiones especiales y de investigación cuyos poderes no se limitan a la actividad de las instituciones de la UE, ya que pueden examinar también la actuación de los Estados miembros en la aplicación de las políticas de la UE.

El Tratado de Lisboa ha reforzado la función del PE equiparando sus competencias a las del Consejo mediante:

  • la ampliación del procedimiento legislativo ordinario a cuarenta ámbitos nuevos tales como la agricultura, la seguridad energética, la inmigración, la justicia y los asuntos de interior, la salud y los fondos estructurales;
  • el refuerzo de las funciones del PE en la aprobación del presupuesto de la UE (el PE es responsable de la aprobación del presupuesto en su totalidad, que comparte con el Consejo);
  • la posibilidad de que los diputados se pronuncien acerca de una amplia variedad de acuerdos internacionales negociados por la UE, tales como los acuerdos comerciales internacionales;
  • la concesión de nuevos derechos a ser informados sobre las actividades del Consejo Europeo, la Presidencia del Consejo de turno y el Servicio Europeo de Acción Exterior;
  • la concesión al PE del derecho a proponer modificaciones al Tratado;
  • la ampliación del poder de control del PE en la elección del presidente de la Comisión Europea y la aprobación de los miembros de la Comisión con un voto de aprobación.

Los diputados asisten a los plenos en Estrasburgo y Bruselas, y a las reuniones de comisión y de grupo político en Bruselas.

En el artículo 223, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea se exige al PE que establezca el estatuto de los diputados, en el que se establecen las normas del ejercicio de las funciones de los diputados.

Un código de conducta establece que los diputados deben actuar únicamente al servicio del interés público y realizar sus trabajos de manera desinteresada, íntegra, abierta, diligente, honesta, responsable y respetuosa para con la reputación del PE.

En el artículo 232 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea se obliga al PE a establecer un Reglamento interno, en el que se exponen las normas de organización y de funcionamiento interno del PE.

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