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Document 32014L0054
Garantizar el respeto de los derechos de los trabajadores de la Unión Europea cuando trabajan en el extranjero
Uno de los muchos derechos de que disfrutan las personas en la Unión Europea (UE) es la posibilidad de vivir y trabajar en otro Estado miembro de la UE. La presente legislación garantiza la existencia de vías de recurso nacionales si los trabajadores o su familia consideran que se están vulnerando estos derechos.
Los principios de libre circulación y no discriminación de la UE garantizan que las personas que trabajen en el extranjero tengan los mismos derechos laborales que los nacionales. Estos se establecen en el Reglamento (UE) n.o 492/2011 (véase la síntesis).
La Directiva obliga a las autoridades nacionales a garantizar que haya procesos judiciales a disposición de todos los trabajadores de la UE que consideren que son víctimas de de alguna forma de discriminación. Además, las organizaciones, asociaciones, organizaciones sindicales y organismos de los empleadores implicados en la aplicación de la Directiva pueden representar o respaldar a los trabajadores de la UE y a sus familias en cualquier acción jurídica que estos puedan emprender.
Todos los Estados miembros deben designar como mínimo una organización o punto central para garantizar que los trabajadores y sus familias no sufran discriminación ni restricciones injustificadas a su derecho a trabajar donde deseen debido a su nacionalidad.
Estas organizaciones deben:
Está en vigor desde el y debía convertirse en ley en los Estados miembros a más tardar el .
Para más información, véanse:
Directiva 2014/54/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre medidas para facilitar el ejercicio de los derechos conferidos a los trabajadores en el contexto de la libre circulación de los trabajadores (DO L 128 de , pp. 8-14).
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