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Document 32014D0071
Council Decision 2014/71/CFSP of 18 November 2013 on the signing and conclusion of the Agreement between the European Union and the Republic of Chile establishing a framework for the participation of the Republic of Chile in European Union crisis management operations
Decisión 2014/71/PESC del Consejo, de 18 de noviembre de 2013 , relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
Decisión 2014/71/PESC del Consejo, de 18 de noviembre de 2013 , relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
DO L 40 de 11.2.2014, p. 1–1
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/71(1)/oj
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11.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 40/1 |
DECISIÓN 2014/71/PESC DEL CONSEJO
de 18 de noviembre de 2013
relativa a la firma y la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 37, en relación con el artículo 218, apartados 5 y 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Procede establecer las condiciones relativas a la participación de terceros Estados en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea en un acuerdo por el que se cree un marco para dicha posible participación futura, en lugar de definirlas caso por caso para cada operación. |
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(2) |
A raíz de la adopción de una Decisión del Consejo el 26 de abril de 2010, por la que se autoriza el inicio de negociaciones, la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad negoció un acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea (en lo sucesivo, «el Acuerdo»). |
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(3) |
Debe aprobarse el Acuerdo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile por el que se crea un marco para la participación de la República de Chile en las operaciones de gestión de crisis de la Unión Europea.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo a que designe a la persona o las personas facultadas para firmar el Acuerdo con efectos vinculantes para la Unión.
Artículo 3
El Presidente del Consejo, en nombre de la Unión, efectuará la notificación prevista en el artículo 16, apartado 1, del Acuerdo (1).
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2013.
Por el Consejo
La Presidenta
C. ASHTON
(1) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.