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Document 32006D0493

    2006/493/CE: Decisión del Consejo, de 19 de junio de 2006 , por la que se establece el importe de la ayuda comunitaria al desarrollo rural para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013 , su desglose anual y el importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia

    DO L 195 de 15.7.2006, p. 22–23 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
    DO L 335M de 13.12.2008, p. 370–373 (MT)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force: This act has been changed. Current consolidated version: 01/01/2009

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/493/oj

    15.7.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 195/22


    DECISIÓN DEL CONSEJO

    de 19 de junio de 2006

    por la que se establece el importe de la ayuda comunitaria al desarrollo rural para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, su desglose anual y el importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia

    (2006/493/CE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (1), y, en particular, su artículo 69, apartado 1,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El importe de los créditos de compromiso correspondientes a la ayuda comunitaria al desarrollo rural en virtud del Reglamento (CE) no 1698/2005 para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, su desglose anual y el importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia han de ser fijados de conformidad con el Acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión de 17 de mayo de 2006 sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (2).

    (2)

    El importe total debe incluir el importe destinado a Bulgaria y Rumanía, dada la entrada en vigor, el 1 de enero de 2007, del Tratado relativo a la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea. En caso de que el 1 de enero de 2007 dicho Tratado no entre en vigor en uno de esos países, o en ambos, convendría adaptar en consecuencia el importe total.

    DECIDE:

    Artículo único

    En el anexo de la presente Decisión figuran el importe total de los créditos de compromiso correspondientes a la ayuda comunitaria al desarrollo rural en virtud del Reglamento (CE) no 1698/2005 para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, su desglose anual y el importe mínimo destinado a las regiones subvencionables por el objetivo de convergencia definido en el artículo 2, letra j), de dicho Reglamento.

    Hecho en Luxemburgo, el 19 de junio de 2006.

    Por el Consejo

    El Presidente

    J. PRÖLL


    (1)  DO L 277 de 21.10.2005, p. 1.

    (2)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.


    ANEXO

    Importe total de los créditos de compromiso para el período 2007-2013, desglose anual de los mismos e importe mínimo destinado a regiones subvencionables por el objetivo de convergencia y su desglose anual (1)

    Millones de EUR

    Precios de 2004 (2)

    2007

    2008

    2009

    2010

    2011

    2012

    2013

    Total

    Importe total UE-25, más Bulgaria y Rumanía

    10 710

    10 447

    10 185

    9 955

    9 717

    9 483

    9 253

    69 750

    Importe mínimo para las regiones subvencionables por el objetivo de convergencia

    27 699


    (1)  Antes de modulación obligatoria y otras transferencias de gastos de mercado y pagos directos de la política agrícola común al desarrollo rural.

    (2)  Los importes reseñados se han redondeado en millones, mientras que la programación se redondeará en euros.


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