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Document 32023D0123

    Decisión (PESC) 2023/123 del Consejo de 17 de enero de 2023 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/97, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva

    ST/15995/2022/INIT

    DO L 16 de 18.1.2023, p. 34–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/123/oj

    18.1.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 16/34


    DECISIÓN (PESC) 2023/123 DEL CONSEJO

    de 17 de enero de 2023

    por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/97, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

    Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 21 de enero de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2019/97 (1), que establecía un período de aplicación de los proyectos de 36 meses, a partir de la fecha de celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3, de dicha Decisión.

    (2)

    Estaba previsto que el período de aplicación finalizara el 4 de febrero de 2022.

    (3)

    El 8 de julio de 2021, la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA), responsable de la ejecución técnica de los proyectos a que se refiere el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2019/97, solicitó una prórroga de 12 meses, sin coste adicional, del período de aplicación. El 19 de noviembre de 2021, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2021/2033 (2) por la que se prorroga el período de aplicación hasta el 4 de febrero de 2023.

    (4)

    El 29 de octubre de 2022, la UNODA solicitó mediante carta una nueva prórroga de 12 meses, sin coste adicional, del período de aplicación, debido a los retos planteados por la ejecución relacionados con la pandemia de COVID-19.

    (5)

    La prórroga del período de aplicación de los proyectos a que se refiere el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2019/97 hasta el 4 de febrero de 2024 no tiene repercusión alguna en materia de recursos financieros.

    (6)

    Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2019/97 en consecuencia.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el artículo 5 de la Decisión (PESC) 2019/97, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

    «2.   La presente Decisión expirará el 4 de febrero de 2024.».

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 17 de enero de 2023.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    E. SVANTESSON


    (1)  Decisión (PESC) 2019/97 del Consejo, de 21 de enero de 2019, en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 19 de 22.1.2019, p. 11).

    (2)  Decisión (PESC) 2021/2033 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/97 en apoyo de la Convención sobre armas bacteriológicas y toxínicas en el marco de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 415 de 22.11.2021, p. 29).


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