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Document 32006R0971
Commission Regulation (EC) No 971/2006 of 29 June 2006 amending Regulation (EC) No 2375/2002 opening and providing for the administration of Community tariff quotas for common wheat of a quality other than high quality from third countries
Reglamento (CE) n o 971/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006 , que modifica el Reglamento (CE) n o 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países
Reglamento (CE) n o 971/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006 , que modifica el Reglamento (CE) n o 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países
DO L 176 de 30.6.2006, p. 51–52
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(BG, RO)
DO L 330M de 9.12.2008, p. 321–322
(MT)
In force
30.6.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 176/51 |
REGLAMENTO (CE) N o 971/2006 DE LA COMISIÓN
de 29 de junio de 2006
que modifica el Reglamento (CE) no 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1), y, en particular, su artículo 12, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América en virtud del artículo XXIV, apartado 6, y del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 (2), aprobado mediante la Decisión 2006/333/CE del Consejo (3), prevé un aumento de las cantidades de trigo blando objeto de contingente arancelario. |
(2) |
El Reglamento (CE) no 2375/2002 de la Comisión (4) ha abierto un contingente arancelario comunitario para el trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta. Conviene aplicar el Acuerdo aprobado mediante la Decisión 2006/333/CE mediante el aumento en 6 787 toneladas de las cantidades cubiertas por el subcontingente III para los terceros países, excepto Canadá y los Estados Unidos. |
(3) |
En aras de la claridad, conviene precisar que las solicitudes de certificados de importación deben presentarse a más tardar los lunes, lo que no significa que no se puedan presentar antes. |
(4) |
En consecuencia, procede modificar el Reglamento (CE) no 2375/2002. |
(5) |
Puesto que el Acuerdo aprobado mediante la Decisión 2006/333/CE dispone que se aplique a partir del 1 de julio de 2006, conviene prever la entrada en vigor del presente Reglamento el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
(6) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 2375/2002 queda modificado como sigue:
1) |
En el artículo 2, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1. Se abrirá un contingente arancelario de 2 988 387 toneladas de trigo blando del código 1001 90 99 de todas las calidades excepto de calidad alta.». |
2) |
El artículo 3 queda modificado como sigue:
|
3) |
El artículo 5 queda modificado como sigue:
|
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 2006.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 2006.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 270 de 21.10.2003, p. 78. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1154/2005 de la Comisión (DO L 187 de 19.7.2005, p. 11).
(2) DO L 124 de 11.5.2006, p. 15.
(3) DO L 124 de 11.5.2006, p. 13.
(4) DO L 358 de 31.12.2002, p. 88. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 491/2006 (DO L 89 de 28.3.2006, p. 3).